martes, 31 de mayo de 2016

Real Orden Civil de la Beneficencia

Una de las condecoraciones que durante su periodo de vigencia más veces recibieron los hombres integrantes de los Cuerpos Policiales fue la Cruz de Beneficencia con la que se premiaron relevantes servicios en materia de auxilio humanitario.


La Real Orden Civil de la Beneficencia había sido creada por Real Decreto de 17 de mayo de 1856, reinando S.M. doña Isabel II; junto a esta Orden coexistía la llamada Cruz de Epidemias, establecida por Real Orden de 17 de marzo de 1829, ambas destinadas a premiar servicios eminentemente humanitarios.

El 29 julio de 1910, un Real Decreto, fusionaba ambas condecoraciones en una sola bajo la denominación Real Orden Civil de la Beneficencia, destinada a premiar los méritos sobresalientes contraídos por la ejecución de actos heroicos, los servicios eminentes a la salud o a la tranquilidad pública.

Tras la fusión de ambas Ordenes la primera persona en recibir la de la Beneficencia fue S.M. la Reina Dña. Victoria Eugenia de Battemberg que fue condecorada el 26 de agosto del citado 1910 " en recompensa a sus iniciativas y actos de caridad en la organización de socorros para los combatientes del Ejército de operaciones en África y sus familias".

Real Orden Civil de la Beneficencia

Esta Orden se establecía en las siguientes categorías: Gran Cruz y Cruces de 1ª, 2ª y 3ª Clase. En cuanto a los distintivos se fijan morado y negro para servicios relacionados con la salud pública siempre que el premiado hubiese puesto su vida en grave riesgo o morado y blanco para los restantes casos; negro y blanco para actos benéficos con riesgo personal, mientras que las destinadas a premiar servicios de caridad y otros usarán distintivo blanco.

Para poder hacerse acreedor al ingreso en la Orden de la Beneficencia con distintivo morado y negro habrán de darse alguna de las circunstancias siguientes: haber aparecido enfermedad contagiosa en alguna localidad y que se haya puesto en grave riesgo la vida del propuesto; haber estado prestando servicio, sin recompensa alguna, en cualquier lugar donde se haya producido una grave enfermedad contagiosa y mortífera o la cooperación prestada, con riesgo personal, para evitar que la enfermedad cause estragos.

Para recibir la condecoración con distintivo morado y blanco se hace necesario acreditar ser inventor o autor de medios o métodos para la prevención o curación de cualquier enfermedad epidémica y mortífera; el prestar constantes servicios médicos o de asistencia a enfermos pobres; el sostenimiento de clínicas, dispensarios o establecimientos análogos sin percibir retribución alguna o por haber prestado relevantes servicios por el bien de la salud pública.

Serán recompensados con el ingreso en la Orden con distintivo negro y blanco aquellos que durante una calamidad hayan salvado o intentado salvar vidas humanas, la fortuna o la honra de las personas, con grave riesgo personal; los que por repetidos actos de abnegación, virtud o caridad hayan realizado actos beneficiosos para otros; los que por cualquier motivo hayan realizado un acto que merezca la calificación de heroico y los que excediéndose en el cumplimiento de su deber hayan puesto su vida en riesgo para asegurar la paz y tranquilidad de sus conciudadanos.

Para ser recompensado con la Orden con distintivo blanco será necesario haberse distinguido por la práctica de la caridad por medio de entidades creadas para ayudar a los demás; realizar trabajos de los que se deriven resultados beneficiosos para la humanidad y contribuir de modo relevante al mantenimiento de la moralidad y buenas costumbres.

Durante los años abordados en el presente trabajo fueron varios los individuos del Cuerpo que se hicieron acreedores a ingresar en la Real Orden Civil de la Beneficencia, unas veces por salvar alguna persona de perecer en un incendio, otras por evitar la pérdida de una vida humana con ocasión de una riada o en otras situaciones de riesgo manifiesto. En algunos casos, los Guardias, fueron recompensados a título póstumo. 

La concesión de esta recompensa traía aparejado el tratamiento de don para quien la poseyese.

Por R. D. de 4 de octubre de 1929 (Gaceta del 6) se otorga, en su categoría de Gran Cruz con distintivo negro y blanco, al Instituto de la Guardia Civil "por los innumerables actos y servicios abnegados, humanitarios y heroicos que los individuos pertenecientes al mismo han realizado con motivo de incendios, inundaciones y salvamento de náufragos", de ahí el título de Benemérita.

Se mantuvo vigente, como Orden Civil, hasta el 17 de abril del 1989.




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