sábado, 7 de mayo de 2016

La uniformidad del Cuerpo de Seguridad (1908-1931). Modificaciones de 1926-1930

1926.- Una Real Orden Circular de 16 de diciembre, establece que, los Generales, Jefes y Oficiales del Ejército, coloquen las divisas de empleo en el frente del cinturón de la gorra.



Esta Real Orden Circular define la gorra de la siguiente forma:

“De la misma forma que la actual, declarada reglamentaria por Real Orden Circular de 10 de octubre de 1908, pero de igual paño y color que el del uniforme; la visera también de la misma tela que la gorra, sin ribete y de forma ligeramente curva, de 50 mm. de anchura en su parte central. El cinturón tendrá 60 mm. de altura. En la parte anterior, y en el espacio comprendido entre la unión del plato y del casco con el cinturón, irá colocado el emblema de cada Arma o Cuerpo. Las insignias correspondientes a cada empleo han de ir, precisamente, en la parte central del cinturón, debajo del emblema, en línea horizontal, siendo las estrellas de Oficiales de seis puntas y 12 mm. de diámetro, y las de los Jefes de ocho puntas y 20 mm. de diámetro. El barboquejo será de cuero color avellana, con hebilla que permita bajarlo y ajustarlo por debajo de la barbilla”. 

1927.- Modificación en la colocación de las divisas de empleo.

Con fecha 4 de junio de 1927, la el Boletín Oficial de la Dirección General de Seguridad, recoge una disposición del Centro directivo por la que se establece el cambio de las divisas de empleo en las gorras de Jefes y Oficiales, en los siguientes términos:

“En analogía lo dispuesto en el Reglamento de uniformidad para Generales, Jefes, Oficiales y asimilados del Ejército, aprobado por R.O.C. de 16 de diciembre de 1926, apéndice nº 13, he tenido a bien disponer que en las gorras actualmente reglamentarias para los Jefes y Oficiales de Seguridad, el emblema del Cuerpo y las insignias correspondientes a cada empleo han de ir colocadas precisamente en la forma que se describe en dicho Reglamento.

Pueden continuar usando las actuales gorras durante un año, transcurrido el cual, deberá estar hecha la reforma anterior”.

Esta Real Orden Circular define la gorra de igual forma que la reglamentaria en Ejército desde diciembre del año anterior, colocando el emblema del Cuerpo de Seguridad en lugar del correspondiente al Arma o Cuerpo del Ejército; las estrellas serán de plata. 

Para el personal del Ejército ya en 1925, R.O. de 22 de julio, se dispuso la colocación de las divisas de empleo en los cinturones de las gorras.

1930.- R.O de 3 de noviembre.

Una Real Orden fechada el 3 de noviembre de 1930 (C.L. nº 363), suprime definitivamente como prenda de cabeza en el uniforme del Ejército el ros, que ya había sido sustituido por la gorra de plato en algunas guarniciones a excepción de las de Madrid, Barcelona y Sevilla donde se seguía utilizando el denominado uniforme de paño con esta prenda como cubrecabeza.

Suponemos que esta medida afectaría, en los meses siguientes al Cuerpo de Seguridad si bien, como veremos, en el Reglamento Orgánico de Policía Gubernativa del 25 de este mes de noviembre sigue apareciendo el ros como prenda de cabeza.

Todavía, durante los primeros meses tras la implantación de la República se siguió utilizando en el Ejército el ros al que se le sustituyó la simbología monárquica por la republicana. 

José Eugenio Fernández Barallobre,
(La uniformidad del Cuerpo de Seguridad (1908-1931).




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