sábado, 7 de mayo de 2016

La uniformidad del Cuerpo de Seguridad (1908-1931). El Cuerpo de Seguridad en el Protectorado de Marruecos

La instauración del Cuerpo de Seguridad en aquel territorio, sin vinculación alguna con el de la Península, obedece a una disposición dictada por el Jalifa, con fecha 13 de Rayeb de 1348 (1), mediante la cual se organiza la Policía del Protectorado. 



En cuanto a los Oficiales y Clases del Cuerpo de Seguridad procederán de cualquier Arma o Cuerpo del Ejército, incluida la Guardia Civil, siendo mérito preferente haber estado destinado, durante dos años, en Intervenciones militares y hablar árabe.

Los siguientes apartados se refieren a todo lo concerniente al Cuerpo de Vigilancia que omitimos por salirse del marco de este trabajo.

Los requisitos para ingreso en el Cuerpo de Seguridad son los siguientes:

1º.- Ser español o súbdito marroquí originario de la Zona del Protectorado español.

2º.- Edad mínima de 23 y máxima de 35 años, acreditando haber cumplido el Servicio Militar, sin nota desfavorable, teniendo preferencia aquellos que hayan servido en Unidades en Marruecos y los indígenas que acrediten dos años de servicio en Fuerzas Jalifianas o de Regulares.

3º.- Observar buena conducta y no tener antecedentes penales.

4º.- Estatura mínima de 1,67 m.

5º.- Demostrar aptitud física mediante el correspondiente certificado médico.

6º.- Superar un examen de ingreso.

7º.- Constituye mérito para los indígenas el conocimiento del idioma español y para los españoles el árabe.

Una disposición transitoria establece que el personal existente en la Policía Urbana a fecha de publicación del Decreto podrá integrarse en el Cuerpo de Seguridad.

Un nuevo Decreto fechado el 24 de Xaaban de 1348 (2), fija las plantillas y uniformidad del Cuerpo de Seguridad en la Zona que habrá de quedar establecido en el plazo de dos meses.

Plantilla de Oficiales y Clases (europeos) con expresión de sus sueldos anuales:

2 Tenientes, con 4.000 pts. de sueldo y 4.000 de gratificación.

5 Sargentos, con 2.500 pts. de sueldo y 2.500 de gratificación.

11 Cabos, con 2.000 pts. de sueldo y 2.000 de gratificación.

Plantilla de Guardias (europeos e indígenas, en la proporción que se establezca) con expresión de sus sueldos anuales:

20 Guardias a 3.500 pts. de sueldo.

30 Guardias a 3.000 pts.

84 Guardias a 2.500 pts.

2 Ordenanzas, a 2.500 pst. de sueldo.

En cuanto a su distribución por el Protectorado se hará en función de las necesidades, atendiendo tanto el servicio central de la Delegación General, como los servicios locales y la Brigada Móvil, encargada de atender el ferrocarril, puertos, fronteras y líneas de automóviles.

Con relación al presupuesto general de gastos ordinarios se fija una cantidad de 65.000 pts., distribuidas de la siguiente forma:

Vestuario y equipos: 31.441 pts.

Material de oficina y gabinete: 24.000 pts.

Entretenimiento de material móvil: 6.000 pts.

Gratificaciones a peritos: 3.559 pts.

Uniformidad:

Guerrera: De igual forma que la usada por el Ejército, con cuello de marinera bajo, vuelto, de algodón color gris verdoso, con botones de forma esférica plateados, sin ningún reborde. En el cuello llevará sobre un óvalo de color verde fuerte, rodeado de hilo de plata, una estrella de igual color de seis puntas, formada por dos triángulos que se cruzan, en cuyo interior, y también en plata, irán las letras “SP” (3); debajo de estos emblemas llevará el número del usuario.

La guerrera de referencia es la reglamentada por R.O. de 31 de julio de 1926 por la que se establece el llamado "uniforme único" para el Ejército, desapareciendo los uniformes de paño salvo para las guarniciones de Madrid, Barcelona y Sevilla que los conservan para casos de gala especial.

Con fecha 16 de diciembre de ese mismo año, otra Real Orden describe los correspondientes a Generales, Jefes y Oficiales.

En cuanto a la guerrera, este Reglamento de 1926 la describe como de cuello blanco, sin corbata; lleva un bolsillo en la parte inferior de cada delantero y manga con bocamanga vuelta de 50 mm.

Los Oficiales y Clases llevarán las insignias en la bocamanga; los Oficiales las de su empleo con hilo de plata; los Sargentos dos galones plateados de un centímetro, separados por hilo verde de cinco milímetros, en ángulo recto encima de la bocamanga y con el vértice por debajo de la doblez del codo; los Cabos igual distintivo que los Sargentos, pero galón de estambre verde y separado por negro; los Guardias de 1ª un galón verde de cinco milímetros en ángulo en la manga izquierda a cinco centímetros del hombro.

Pantalón: Forma de calzón para polainas el de los europeos y de forma zaragüelles el de los indígenas.

Polainas y calzado: De cuero color avellana, de forma reglamentaria en el Ejército. 

Prenda de abrigo: Los Oficiales, Clases y Guardias europeos usarán un gabán con hombreras y que les cubra hasta cinco centímetros por encima de las corvas, entallado por la cintura y con fuelle en la espalda, cerrado por delante hasta el cuello con una sola fila de botones, de igual color gris verdoso que el uniforme. El cinturón y correaje se llevará al exterior.

En el lado izquierdo y a la altura del pecho llevará un emblema análogo al del cuello, de cuatro centímetros en su eje vertical y debajo el número. Los Guardias indígenas usarán una chilaba de igual color gris verdoso y con el correaje por debajo de ella; los remates de la chilaba serán negros y a la altura del pecho, en igual forma que los europeos llevarán el emblema y su número.

Se autorizará que en los días de lluvia las Clases y Guardias usen una capa impermeable hasta la altura de la polaina, de color gris verdoso, y de gran amplitud con capucha.

Prenda de cabeza: Para diario los Oficiales gorra de plato, igual a la reglamentaria en el Ejército (4), de color gris verdoso, como el uniforme, con las insignias en el cinturón y el emblema como el descrito para el cuello en el casco. Los vivos y soutaches de seda negra trenzada, el barboquejo de charol blanco y la visera forrada de género de igual color; Clases y Guardias salacof color gris verdoso, como el uniforme, con vivos negros como el emblema, y el número en el frente y el barboquejo de charol blanco.

Los indígenas usarán tarbuch color rojo y en el frente el emblema y el número correspondiente.

Para gala, los Oficiales, Clases y Guardias europeos, usarán salacof de igual forma, blanco, con vivos blancos y chapas con el emblema y número de esmalte; los indígenas tarbuch con xuxa (borla) blanca.

Correaje: Los Oficiales de igual forma al reglamentario para el Ejército, de charol blanco. Clases y Guardias, de igual forma que el del Ejército, con tirantes de charol blanco y las cartucheras sueltas, una para cien cartuchos de carabina y otra para cien de pistola, funda de pistola de charol blanco y cordón verde fuerte para diario y blanco para gala. Los correajes se usarán con tirantes o sin ellos, según disponga el Reglamento de Régimen interior. La chapa del correaje será sobrepuesta y esmaltada con el emblema del Cuerpo; los metales plateados.

Este mismo uniforme será vestido por los Vigilantes europeos e indígenas auxiliares del Cuerpo de Vigilancia que no pertenezcan a la Policía especial; la única diferencia vendrá dada por el hecho de que los Cabos usarán galones dorados, sustituyendo el color verde de los emblemas por otro anaranjado; igualmente usarán la inicial “V”, de Vigilancia, en lugar de la “SP”.

El resto del personal del Cuerpo de Vigilancia utilizará la misma Placa insignia que utiliza la Policía Gubernativa.

En cuanto al armamento reglamentario para el Cuerpo de Seguridad se fija el siguiente:

Carabina marca “Tigre” (5) con cien cartuchos de dotación, para los servicios de mantenimiento del orden público y los de noche; pistola “Astra-300”, de calibre 9 mm, machete o sable o bergajo, en los casos que lo necesiten, para el servicio ordinario. El personal indígena usará gumia, con cordón blanco para gala y verde para diario, en lugar de machete o sable.

1.- 15 de diciembre de 1929 en nuestro calendario.
2.- 25 de marzo de 1930 en el calendario gregoriano.
3.- Seguridad Pública.
4.- Se trata de la descrita de acuerdo con R.O. de 16 de diciembre de 1926.
5.- Se trata de una copia de la carabina Winchester mod. 192 que comenzó a fabricarse a partir de 1919 por la empresa GAC de Eibar. En 1928 se dotó de este armamento a algunas Unidades de la Guardia Civil.

José Eugenio Fernández Barallobre,
(La uniformidad del Cuerpo de Seguridad 1908-1931).

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