sábado, 7 de mayo de 2016

La uniformidad del Cuerpo de Seguridad (1908-1931). Reglamento de Vestuario de 1925

La Gaceta de Madrid en su número 218, de fecha 6 de agosto de 1925, publicó un nuevo Reglamento de Uniformidad, con su Cartilla correspondiente, para el personal del Cuerpo de Seguridad, aprobado el 29 de julio anterior, que recoge algunas modificaciones interesantes con relación a los vigentes hasta esa fecha.



Este nuevo Reglamento establece, en primer lugar, una reorganización de las diferentes Oficinas de Vestuario distribuidas por toda España, asignándoles a cada una de ellas la correspondiente demarcación territorial que agrupa, en la mayoría de los casos, a las Provincias limítrofes; esta nueva distribución territorial presenta alguna variación de poca relevancia respecto a la establecida en 1920 y siguientes. Igualmente fija la estructura orgánica de cada una de estas Oficinas adscribiendo el personal, con sus empleos correspondientes, que pasa destinado a este servicio.

Las referidas Oficinas, al igual que en el Reglamento de 1920, se establecen, bajo la dependencia directa del Jefe del Cuerpo en cada Provincia; también como en el Reglamento anterior se fijan unas cabeceras territoriales para gestionar todo lo relativo a uniformidad en provincias limítrofes. Su distribución queda de la siguiente forma:

Oficina de Madrid: Avila, Badajoz, Burgos, Cáceres, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara, Jaén, León, Palencia, Salamanca, Segovia, Toledo y Zamora.

Oficina de Barcelona: Tarragona, Lérida, Gerona, Logroño, Baleares, Navarra, Guipúzcoa y Teruel.

Oficina de Sevilla; Almería, Cádiz, Córdoba, Huelva y Canarias.

Oficina de Valencia: Castellón de la Plana.

Oficina de Vizcaya; Oviedo, Santander y Alava

Oficina de La Coruña: Lugo, Orense y Pontevedra.

Oficina de Zaragoza: Huesca y Soria.

Oficina de Alicante: Albacete.

Por su parte, exclusivamente su ámbito provincial Murcia, Málaga, Granada y Valladolid.

Es fácil comprobar que las variaciones observadas no son relevantes con relación a la distribución dada en 1920 pero si indican que el despliegue alcanza la totalidad de las provincias.

Por otra parte, esta reorganización, que no difiere de la estipulada en el Reglamento de 1920, establece el organigrama de cada una de estas Oficinas, fijando para Madrid y Barcelona un Jefe (1) como responsable de las mismas, teniendo a sus órdenes al Capitán cajero y a un Subalterno; un Capitán para las de Sevilla y Valencia, auxiliado por un Subalterno, y un Subalterno (2) para las restantes, igualmente asigna el personal de Clases y Guardias que fuese necesario dejándolo a criterio del Mando. 

El Reglamento contempla también, al igual que el anterior, el funcionamiento de las correspondientes Juntas Económicas encargadas de todo lo referente a la adquisición, mediante concurso, de las diferentes prendas, así como de la totalidad de asuntos relacionados con la gestión de la uniformidad.

Los artículos siguientes hacen referencia a la forma de adquisición de las distintas prendas por parte de las Clases y Guardias; la relación de estos con los contratistas, así como a los depósitos de garantía que corresponden a cada individuo del Cuerpo para responder de los abonos pendientes caso de baja definitiva en el Cuerpo y a las liquidaciones anuales que resulten una vez descontadas las adquisiciones efectuadas a cargo de la cuenta de vestuario que se nutrirá de los Presupuestos del Estado, de los descuentos hechos a cada individuo del Cuerpo y de las donaciones particulares que pudiesen originarse.

En cuanto a los descuentos, cada individuo constituirá su fondo de garantía con 5 pts., descontándole seguidamente 10 pts., si el débito no llega a 100 pts., y de 20 pts. si rebasa esta cantidad.

El artículo 24º fija en 50 pts., anuales la cantidad que se asignará a cada individuo de Clases y Guardias en concepto de auxilio de vestuario.

Finalmente, el articulado de este Reglamento, hace alusión a la forma de efectuar los pedidos, que se realizarán del 1 al 5 de cada mes, así como a los concursos para la contratación de las diferentes prendas de uniformidad.

En este sentido alude a que el reconocimiento de las prendas, antes de ser entregadas al usuario, lo efectuarán Oficiales del Cuerpo en cada una de las Oficinas respectivas, comprobando que las prendas se ajustan al tallaje de los solicitantes y caso de no ser así se devolverán al contratista para la subsanación de las deficiencias observadas. 

Con relación a las provincias dependientes de cada una de las Oficinas, toda la tramitación, incluso las devoluciones se verificarán por medio de estas para que gestionen la reparación de los defectos observados.

Se autoriza, igualmente, a cada individuo del Cuerpo a realizar la confección de las prendas por cuenta propia en cuyo caso al recibirlas se las presentará a su Capitán para comprobar que se ajustan a los tipos reglamentarios. Por su parte, aquellos que opten por adquirirlas por medio de las Oficinas respectivas se les consignará el precio de coste sin incremento alguno.

Una disposición final deroga el Reglamento de 2 de agosto de 1920 que también hemos analizando y muy especialmente en su parte relativa a la descripción de la uniformidad a la que hace referencia la Circular de septiembre del citado año.

No hay que olvidar, como hemos visto, que en 1922 ya se dictaron normas para la modificación de algunos elementos de la uniformidad tales como el capote, el uniforme estival y las polainas, dando un plazo de entrada en vigor de uno o dos años, según los casos, si bien en el caso del uniforme de verano ya había sido modificado en 1924. 

En cuanto a la Cartilla de vestuario que acompaña a este nuevo Reglamento no es otra cosa que la relación pormenorizada de cada una de las prendas que componen los distintos uniformes reglamentarios y la forma de usar estos en los casos que corresponden. Como viene siendo norma se hace alusión en muchas de las prendas a su similitud con la de uso en el Ejército y de manera más concreta con las reglamentadas para el Arma de Infantería. 

Esta Cartilla de Uniformidad, adjunta al Reglamento y de su misma fecha, describe el uniforme de la siguiente manera:

Jefes y Oficiales:

Prendas cubrecabezas:

Ros: El reglamentario en el Ejército, fieltro color gris claro con galón de plata y escudo de metal blanco.

Plumero, bombillo y madroño: Estos complementos del Ros se establecen como idénticos a los usados por el Arma de Infantería, si bien el bombillo es de metal blanco.

Gorra de invierno: De idéntica forma y dimensiones que la reglamentaria en el Ejército, llamada de plato, llevando en el frente y debajo de la Corona Real las iniciales del Cuerpo entrelazadas y una rama de laurel en cada lado. El plato será de paño azul tina oscuro y la parte cilíndrica será de color grana. Visera negra, Vivos blancos de pelo de cabra. 

Gorra de verano: Igual en forma y dimensiones a la de invierno, con la única diferencia que el plato será de igual estambre que el traje.

Gorro: De igual paño que la guerrera de invierno, guarnecido de sutache de plata.

Guerreras:

Invierno: De paño azul tina oscuro, de igual corte y confección que la usada en el Arma de Infantería. El cuello de paño grana, llevando bordadas en plata y a 5 cm. de los corchetes las iniciales del Cuerpo entrelazadas. Las bocamangas serán del mismo paño azul que la guerrera, sobreponiéndolo en su parte media un tresillo grana de los llamados “a la granadera”, de 5 cm. de ancho por 9 cm. de alto, cuyos bordes superiores, así como las vueltas de las bocamangas y picos de los tresillos, irán guarnecidos con sutache de plata; dichos tresillos llevarán también tres botones pequeños que se colocarán en forma vertical, excepto los Coroneles y Comandantes que suprimirán el botón del centro para colocar en su lugar una estrella de ocho puntas.

Verano: De estambre fino, color kaki verdoso. El cuerpo se compondrá de delantero, costadillo y espalda enteriza. En la espalda llevará dos botones grandes y desde estos al borde inferior dos pliegues de los llamados de “nariz”, que terminarán en una anchura de 33 mm. En los costados tendrá unas aberturas de 20 cm. Abrochará en una sola hilera de siete botones grandes, yendo el primero a 40 mm. del escote y el último 2 mm. más abajo del talle natural. Entre el tercero y cuarto botones llevará dos bolsillos de 15 cm., con cartera de entra y sal, que se abrochará por su parte media con un botón pequeño. Toda la prenda irá guarnecida con un pespunte de canto. Las bocamangas serán del mismo estambre y con las granaderas en idéntica forma que la guerrera de invierno. El cuello será de la misma tela que el traje, vuelto, de 5 cm. de ancho por la parte de atrás y 6 cm. por la de delante llevando en sus puntas el emblema del Cuerpo. Dicho cuello va unido al cuerpo de la guerrera con un pie de 4 mm. por atrás y 1 cm. por delante, cuyo centímetro sirve para coserlo al escote, a fin de que la parte de delante figure sin pie. Las hombreras serán de la misma tela, de 4,50 cm. de ancho por la parte inferior y 3 cm. por la superior, rematadas en ángulo, donde llevará un ojal para abrocharse a un botón de metal, pequeño, reglamentario, que va cosido a 2 cm. del cuello.

Dicha prenda se usará con cuello a la marinera, de hilo blanco, planchado y corbata negra.

Pantalones y calzones:

Pantalón de invierno: Del mismo paño que la guerrera, de forma recta y sin adorno alguno.

Pantalón de verano: Del mismo estambre que la guerrera, de forma recta y sin adorno alguno.

Calzón de invierno: Del mismo paño que la guerrera, amplio en su parte superior, semiceñido por debajo de la rodilla y ajustado a la pantorrilla, abrochándose con tres botones pequeños en los ojales correspondientes.

Calzón de verano: Del mismo estambre que la guerrera e igual amplitud y condiciones que el de invierno.

Prendas de abrigo:

Pelliza: Como la reglamentaria en el Arma de Infantería, con divisas y sutache de plata.

Capota: Igual a la tolerada en el Ejército.

Calzado:

De una pieza, de becerro negro o charol, según los casos. 

Polainas-legguines, de vaquetilla, color negro, modelo inglés.

Otras piezas del Uniforme:

El uniforme, tanto en sus variantes de invierno como de verano, se complementa con una serie de aditamentos que se describen de la siguiente forma:

Hombreras: Como las reglamentarias en el Arma de Infantería, de plata, forradas de igual paño que el traje de invierno en cuya época se usarán.

En cuanto a las de verano han quedado descritas al referirnos a la guerrera del tiempo estival.

Dragonas: Como las reglamentarias del Ejército de metal blanco

Divisas: Como las reglamentarias en el Ejército, de plata. Estas divisas de empleo están confeccionadas en base a estrellas de 6 puntas y 25 mm. de diámetro para Oficiales (3) y de 8 puntas y 30 mm. de diámetro para Jefes (4).

Botones: De metal blanco con el escudo Real en el centro y con las iniciales del Cuerpo. Se trata del mismo que rige desde principios de siglo.

Cinturón de gala: De galón de plata de 55 mm. de ancho - probablemente se trate de un error de transcripción y el ancho sea de 45 mm. -, sobre fondo color gracé, sujeto con chapa de metal blanco, y emblemas del Cuerpo, dorados. En este diseño desaparecen de la chapa las cifras CS con corona real, como venía siendo habitual hasta la fecha, sustituyéndolo por otro similar al utilizado por las Clases y Guardias, consistente en Escudo español en punta, con las armas de Castilla y León, escusón borbónico, corona real y a los lados las cifras CS. De este nuevo diseños existe constancia gráfica. 

Guantes: De piel color avellana, de cabritilla, de ante y de hilo blanco.

Armamento portátil personal:

Sable: El reglamentario en el Ejército con tirante de charol blanco.

Espadín: El reglamentario en el Arma de Infantería, con empuñadura, boquilla y contera de metal blanco.

Pistola: Automática, marca “Astra” y “Star”, de calibre 7,65 mm. 

Cordón de la pistola: Negro, de pelo de cabra, con los ajustadores de plata. 

Fiador de sable de diario: Negro, de pelo de cabra, con bellota y ajustadores de plata.

Fiador de sable de gala: De hilo de plata y seda de color grana, con la bellota y ajustadores de plata.

Plazas montadas:

Cinturón de diario: De charol blanco, de 45 mm. de ancho, con chapa de metal blanco.

Bandolera de diario: De charol blanco. Los adornos y emblema de metal blanco.

Cartera de diario: De charol negro, con adornos lisos y emblema del Cuerpo en metal blanco.

Bandolera de gala: De galón de plata igual al cinturón de gala, con pasador y adornos de metal blanco. El emblema del Cuerpo, dorado. Previene lo mismo que en el caso del cinturón de gala. 

Cartera de gala: De charol negro, con adornos labrados de metal blanco y emblema del Cuerpo dorado.

Forrajera: Como la reglamentaria en las plazas montadas del Ejército, de plata.

Espuelas: De acero, espiga recta y corta, con trabillas de cadena barbada y guardapolvo de charol negro.

Espolines: De acero, forma de cuello de pichón, debiendo llevarse por los Sres. Jefes y plazas montadas siempre que usen pantalón largo de invierno.

Con el pantalón largo de verano no se usarán espuelas ni espolines.

Equipo de diario de los caballos: Montura de cola de pato reglamentaria en el Ejército; cubrecapota, funda de maleta y saco de grupa de cuero negro; cabezada de brida, riendas, falsas riendas y pecho pretal, también de cuero negro, con hebillaje de metal blanco; tahalí, cincha y acciones de estribos, de cuero color avellana. Estribos y bocado, los reglamentarios en el Arma de Caballería.

Equipo de gala de los caballos: Montura de cola de pato reglamentaria en el Ejército. Mantilla de paño azul tina viveada de grana y forro de lona rayada, con refuerzo de badana en sus ángulos y dos latiguillos de charol. Lleva un galón de plata en toda ella, de 5,50 cm. de ancho, y en el vértice de cada ángulo, bordadas en plata, la Corona Real y el emblema del Cuerpo, en tamaño de 10 por 9 cm. Cabezada de brida, riendas, falsas riendas y pecho pretal, de charol negro con hebillaje y adornos de metal blanco. Tahalí, cincha y acciones de estribos de cuero color avellana. Estribos y bocado, los reglamentarios del Arma de Caballería.

Modo de usar los uniformes: 

Otro aspecto interesante en la Cartilla de vestuario es lo referente al modo de usar estos uniformes, es decir el cuándo y cómo debe vestirse cada uno de los uniformes referidos.

En todos los casos, al igual que el anterior, establece dos situaciones diario y gala, estando o no estando de servicio y dos modalidades, invierno y verano.

Invierno:

Diario, estando de servicio: Gorra, guerrera, calzón, polainas-legguines, guantes color avellana, pelliza, sable y pistola

Diario, no estando de servicio: Podrá usarse el espadín, el pantalón largo y la capota, igual a la tolerada en el Ejército, y cuando asistan a actos en que el elemento civil vaya de etiqueta, se llevará guantes blancos.

Gala, estando de servicio: Ros con plumero, guerrera con dragonas, cinturón, pantalón largo con trabillas, sable, guantes blancos y botas de becerro.

En caso de mando de fuerza por retenes, piquetes o alteración del orden, se suprimirá la gala.

Gala, no estando de servicio: Ros con bombillo, guerrera con hombreras, pantalón largo con trabillas, sable, guantes blancos y botas de charol.

El uniforme de gala se usará desde las nueve hasta la puesta de sol.

Verano:

Diario, estando de servicio: Gorra, guerrera, pantalón largo, guantes color avellana, sable y pistola

Diario, no estando de servicio: En la misma forma que queda prevenido para invierno, con el uniforme de la estación.

Gala, estando y no estando de servicio: En la misma forma que queda prevenido para invierno, con el uniforme de la estación. Creemos que existe un error a la hora de describir esta uniformidad ya que las Dragonas estaban fuera de uso en el uniforme estival.

En caso de mando de fuerza por retenes, piquetes o alteración del orden, se suprimirá la gala.

Presentaciones:

En actos de Corte: Ros con plumero; guerrera con dragonas; ceñidor; pantalón largo con trabillas; sable; guantes blancos de cabritilla y botas de charol. Las plazas montadas, medias botas de charol, bandolera y forrajera.

A persona Real: Ros con bombillo; guerrera con hombreras y cinturón de gala. El resto del uniforme, como el señalado para los actos de Corte.

A Generales, Jefes, Oficiales y Autoridades: Llevará el uniforme de diario de la estación, con sable y guantes color avellana.

Los días señalados para gala no difieren de los que figuran en el Reglamento de 1920.

Observamos que con relación a lo dispuesto en 1920, las Dragonas pasan a usarse en la uniformidad de gala estando de servicio, al igual que en los actos de Corte.

Clases y Guardias:

Invierno:

Capote.- De paño castor azul tina de una fila siete botones grandes, estando el último a la altura de la cintura; llevará dos bolsillos verticales con cartera fija de 18 cm. abierta en la parte media entre la cintura y la axila; espalda con tablón inferior de 15 cm. de pliegue, sujetándose este con dos apuntaduras, una a 5 cm. del cuello y otra en al cintura, con una abertura en cada lado de esta para llevar por fuera la pistola y el machete; desde la cintura, y por la costura del costado, llevará dos carteras lisas de 20 cm. con botón arriba, y sobre el primero de estos un gancho fuerte y plateado para sostener el cinturón. La abertura de la espalda será de 65 cm., abrochando en cinco botones chicos calados. Las mangas anchas, con vuelta de 11 cm. bordeadas en su parte superior con un vivo de paño de color grana. El cuello será del mismo paño que el capote, viveado de grana en forma igual al de la antigua capa, o sea a la marinera, de 11 cm. de ancho, siendo el pie por la parte de detrás de 3,50 mm. y por la delante de 1,50 mm., al que abrocha un corchete. Lleva corbatín de quita y pon con tres botones pequeños a cada lado del cuello para abrocharlo y en el centro el emblema del Cuerpo y las divisas del empleo. Sujeta por debajo del cuello llevará una esclavina de 60 cm., medidos por la costura de la espalda, cuidando su redondez hasta el delantero. Esta medida regirá para los hombres de talla normal, guardando la proporción adecuada para los de tallas extraordinarias. Irá bordeada de un pespunte al canto, llevando en la parte del delantero vistas en forma de embozo de 15 cm. de ancho por su parte inferior de paño de color gracé.

Vemos que se suprimen las bocamangas y cuello granas que figuraban previstas en las modificaciones de 1922, dejando tan solo unos vivos de ese color.

Guerrera.- De paño azul tina oscuro, de forma y dimensiones idéntica a la de los Jefes y Oficiales, suprimiendo las cintas; los bolsillos de pecho, con carteras de 5 cm. de anchas; las bocamangas, del mismo paño azul tina oscuro, de 9 cm. de altura sin borde de sutache; granaderas iguales a las descritas para Jefes y Oficiales; el cuello de paño grana, con las iniciales del Cuerpo y la Corona Real de metal blanco. Para las plazas montadas, los costados irán abiertos.

Calzón.- Del mismo paño que la guerrera e igual forma que el de los señores Oficiales.

Polainas.- De baquetilla negra, moldeadas para su mejor adaptación a la pierna. Constará de dos cuerpos unidos por una costura y sobre ella, cubriéndola, una tira de cuero de 15 cm., cosida por ambos lados. Abrochará por la parte exterior de la pierna y en la parte de la caña por un fleje de acero que irá adherido a la polaina con un refuerzo de cuero cosido por debajo, cuya extremidad encajará sobre un puente de hierro, y en la parte superior por una correa con su hebilla doble, sujetas ambas por remaches. En la parte inferior llevará un refuerzo de cuero cosido para mayor duración de la polaina. Las dimensiones se sujetarán a la altura y grueso de las piernas.

Casco.- De fieltro, recubierto con tela barnizada con goma laca, con funda de paño azul tina oscuro para invierno y de estambre color igual al traje para verano, sujeta con apuntaduras; cintillo de charol negro con vivos blancos y un pasador fijo de unión que confrontará en la parte de atrás, llevando en la de delante el número del individuo, chapa de metal blanco con el escudo de España y las iniciales del Cuerpo. En su parte superior, un ventilador que irá forrado de igual tela que la funda.

La única variación con relación al descrito en 1920 es el ventilador que pasa a ser forrado de la misma tela que el resto de la prenda.

Hombreras.- De algodón blanco.

Guantes.- Blancos de hilo.

Pistola.- Igual a la de los Jefes y Oficiales.

Cordón de la pistola.- Negro, de pelo de cabra, con fiadores negros.

Calzado.- De becerro negro, enterizas.

Cinturón.- De charol blanco, con punta de vaquetilla color avellana y una hembrilla para sujetar la chapa, la que será de metal blanco con el emblema del Cuerpo.

Verano:

Guerrera.- De estambre fino, color kaki verdoso. El cuerpo se compondrá de delantero, costadillo y espalda enteriza. En la espalda llevará dos botones grandes y desde estos al borde inferior dos pliegues de los llamados de “nariz”, que terminarán en una anchura de 33 mm. En los costados tendrá unas aberturas de 20 cm. Abrochará en una sola hilera de siete botones grandes, yendo el primero a 40 mm. del escote y el último 2 mm. más abajo del talle natural. Entre el tercero y cuarto botones llevará dos bolsillos de 15 cm., con cartera de entra y sal, que se abrochará por su parte media con un botón pequeño. Toda la prenda irá guarnecida con un pespunte de canto. Las vueltas de las mangas serán del mismo estambre y con las granaderas en idéntica forma que la guerrera de invierno. El cuello será de la misma tela que el traje, vuelto, de 5 cm. de ancho por la parte de atrás y 6 cm. por la de delante, llevando en sus puntas el emblema del Cuerpo. Dicho cuello va unido al cuerpo de la guerrera con un pie de 4 mm. por atrás y 1 cm. por delante, cuyo centímetro sirve para coserlo al escote, a fin de que la parte de delante figure sin pie. Las hombreras serán de la misma tela, de 4,50 cm. de ancho por la parte inferior y 3 cm. por la superior, rematadas en ángulo, donde llevan un ojal para abrocharse a un botón de metal pequeño, reglamentario, que va cosido a 2 cm. del cuello.

Dicha prenda se usará con cuello a la marinera de hilo blanco, planchado y corbata negra.

Creemos que en esta descripción hay un error al referirse al emblema del Cuerpo colocado en las puntas del cuello del uniforme de verano, ya que en realidad lo utilizado, y de ello hay abundantes pruebas gráficas, son las cifras CS entrelazadas con corona real, igual que en la guerrera de invierno.

Pantalón de verano.- Será de la misma tela que la guerrera, largo y completamente liso. Igual que consta en las modificaciones de 1922 ya referidas, en este nuevo uniforme se destierra, salvo casos especiales o personal de plazas montadas, el uso de las polainas. 

Calzón de verano.- Será de la misma tela que la guerrera e igual forma que el de los señores Oficiales.

Plazas montadas:

Capote.- De paño azul tina con esclavina larga y cuello alto de 15 cm. con emblemas del Cuerpo bordados debajo de la Corona Real en algodón blanco. Los embozos de paño color grana.

Guantes.- Blancos de ante.

Traje de cuadra.- De lienzo rayadillo.

Polainas.- De cuero negro, moldeadas y con trabillas.

Bandolera de diario.- De ante blanco con cartuchera de cuero negro.

Cinturón de diario.- También de ante blanco con chapa de metal del mismo color.

Bandolera de gala.- De charol blanco con cartuchera de charol negro y metales blancos.

Cinturón de gala.- También de charol blanco, con chapa de metal del mismo color.

Sable.- El reglamentario de “Puerto Seguro” con tirante o cordón de ante o charol blanco, según los casos.

Espuelas.- De hierro bruñido, espiga recta y larga, con trabillas de cuero negro.

Equipo de diario de los caballos.- Montura de cola de pato reglamentaria en el Ejército; cubrecapota, funda de maleta y saco de grupa de cuero negro; cabezada de brida, riendas, falsas riendas y pecho pretal, también de cuero negro, con hebillaje de hierro niquelado; tahalí, cincha y acciones de estribos, de cuero color avellana. Estribos y bocado, los reglamentarios en el Arma de Caballería.

Equipo de gala de los caballos.- Montura de cola de pato, reglamentaria en el Ejército. Mantilla de paño azul tina oscuro, viveada de grana y forro de lona rayada, con refuerzo de badana en sus ángulos y dos latiguillos de charol. Lleva un galón de algodón blanco en toda ella, de 5,50 cm. de ancho, y en el vértice de cada ángulo, bordadas en algodón blanco, la Corona Real y el emblema del Cuerpo (5), en tamaño de 14 por 7,5 cm.. Cabezada de brida, riendas, falsas riendas y pecho pretal, de charol negro con hebillaje y adornos de metal blanco. Tahalí, cincha y acciones de estribos de cuero color avellana. Estribos y bocado, los reglamentarios del Arma de Caballería.

1.- Comandante.
2.- Teniente ya que en la plantilla de 1924 no figura Alférez alguno.
3.- Tenientes y Capitanes.
4.- Comandantes, Tenientes Coroneles y Coroneles. 
5.- También en este caso las cifras CS con Corona Real.

José Eugenio Fernández Barallobre,
(La uniformidad del Cuerpo de Seguridad 1908-1931)

2 comentarios:

  1. Como ya comenté en la entrada de la Cartilla de uniformidad de 1920, y ampliando lo dicho por Ud., la “Pistola: Automática, marca “Astra” y “Star”, de calibre 7,65 mm” a la que hace referencia el Reglamento de Vestuario de 1925 debía ser un arma tipo Eibar-Ruby cal. 7,65 mm Browning. Las “Ruby” se produjeron por centenas de miles en todo tipo de talleres y fábricas del País Vasco, durante la Primera Guerra Mundial, para cubrir los enormes pedidos del ejército francés que las necesitaba imperiosamente. Se suele denostar a las Ruby por su pésima calidad, pero entre ellas hubo desde armas pésimas (de hecho parte fueron rechazadas por los inspectores del Ejército Francés) hasta otras de buena calidad, como las originales de Gabilondo y Cía. o las producidas por Unceta (Astra) y Bonifacio Echeverría (Star).
    Entiendo que las establecidas en el reglamento de 1925 debían ser los modelos tipo Ruby producidos por Esperanza y Unceta, la Astra 100 (derivada de la anterior Astra 1915/1916), y por Bonifacio Echeverría, la Star modelo Izarra.
    https://imgur.com/QPDXZjk

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  2. Muchas gracias por tan valiosa aportación. Un saludo

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