martes, 25 de junio de 2019

Los Ambulantes de Correos

Esta vez, nuestro buen amigo y colaborador Simón Javier Iglesias Andrés, nos sorprenda con una nueva entrega de su serie "los otros Agentes de la Autoridad" y, en este caso, lo hace refiriendo al Cuerpo de Ambulantes de Correos con el que, durante algunos años, estuvo vinculado.

Como en otras ocasiones, nos deleita aportándonos algunos valiosos testimonios gráficos de su colección.

AMBULANTES DE CORREOS 

Del Reglamento para el Servicio de Correos de 16 de Septiembre de 1922 (“Gaceta” Nº 264). 

Grabado de un Furgón ambulante de Correos (col. Simón J. Iglesias Andrés)

Distintivo y armas que han de usar los Ambulantes. Auxilio de la pareja de escolta. 

ARTÍCULO 38 – Los empleados de las ambulancias usaran en los actos de servicio el distintivo que determine la Dirección General, y deberán ir provistos de arma corta de fuego para su defensa personal y salvaguardia de la correspondencia a su cargo, sin perjuicio de que en todo momento puedan reclamar la presencia en el coche-correo de la pareja de escolta del tren. 

Los Gobernadores Civiles proveerán de las pertinentes autorizaciones para el uso de armas y de sus correspondientes guías. 

Constituyendo las Oficinas Ambulantes una de las más genuinas representaciones del Cuerpo de Correos, los funcionarios adscritos a las mismas procuraran no realizar acto alguno que pueda redundar en desdoro de un servicio público que debe hallarse rodeado del máximo prestigio. 

Solo los Inspectores de Correos y las Autoridades y sus Agentes, provistos de autorizaciones especiales, pueden penetrar en el coche-correo. 

Oficina ambulante de 1890 (col. Simón J. Iglesias Andrés)

ARTÍCULO 31 – El Jefe de una expedición ambulante no consentirá que persona alguna extraña al servicio penetre en el coche-correo. 

Los empleados de las compañías de ferrocarriles habrán de limitarse a examinar y taladrar los documentos que justifiquen la agregación de los empleados cuando el número de éstos excediera al de los que sirven ordinariamente la expedición, sin penetrar en el coche y sin que en ningún caso pueda serles mostrado el “Vaya”. 

El “Vaya” 

Todos los funcionarios ambulantes y conductores de correspondencia, irán provistos de un “VAYA”, credencial expedida por la autoridad postal competente, que recoge el mando del Jefe de Estación a las autoridades y representaciones oficiales para que presten auxilio a los correos de la Nación y que obliga a estos a la rectitud que el cargo requiere. 

En este documento constaran los nombres de los empleados o agentes que sirvan la expedición, la fecha y la hora de salida y las oficinas en donde deba ser entregada la correspondencia. 

Funcionario de Correos en el reinado de Alfonso XIII (col. Simón J. Iglesias Andrés)

El Jefe o encargado de la expedición consignará en el “VAYA”, todas las incidencias todas las incidencias que se produzcan durante la prestación del servicio, y si la importancia de aquellas lo requiere, podrá consignarles el funcionario que siga en categoría. 

Las Notas se autorizaran se autorizaran con la firma del empleado que las redacte y con sello de la expedición. 

Las incidencias deberán consignarse inmediatamente después de ocurridos los hechos, indicando la fecha, hora y lugar del recorrido en que se extiendan. Si la incidencia fuera de importancia, se parificará por la vía de comunicación más rápida la administración de la que la expedición dependa y a la Dirección General. 

Se exceptuaran de esta regla del “VAYA” los Inspectores de este servicio, el funcionario que excepcionalmente se agregue a la expedición y que en ningún caso ha de exceder de uno, y las autoridades o sus agentes, en los órdenes judicial o gubernativo, provisto de autorización especial, que deberán exhibir al Jefe de la Oficina Ambulante. 

Funcionario de Correos en 1927 (col. Simón J. Iglesias Andrés)

Un caso que se recuerda sobre estos funcionarios con categoría de Agentes de Autoridad fue el tristemente recordado como “EL crimen del Expreso de Andalucía” 

Aquel día 11-04-1924 , unos malhechores asaltaron y robaron el coche-correo, en el que había correspondencia privilegiada, certificados y pliegos de valores para las capitales andaluzas y norte de África, así como despachos precintados del extranjeros llegados de la frontera francesa, vía Hendaya, con destino a Gibraltar y Tánger. En dinero y valores transportaba mucho más de un millón de pesetas en la época de la Dictadura de Primo de Rivera, era una cantidad muy sustanciosa. Pero bueno, esto es otra historia que podréis leer en otro artículo de este blog, escrito por Eugenio Fernández Barallobre. 

Simón Javier Iglesias Andrés.

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