jueves, 20 de junio de 2019

Agentes Judiciales

Nuestro buen amigo y colaborador, Simón Javier Iglesias Andrés, nos remite estos interesantes datos del Cuerpo de Agentes Judiciales, acompañándolos de algunas fotografías de piezas de su valiosa colección.

AGENTES JUDICIALES

Orden de justicia de 8 de febrero de 1943 (“ B.O.E.” nº 45). 

Placa de Agente de la Justicia Municipal (col. Simón J. Iglesias Andrés)

DENOMINACIÓN. 

1º - El Cuerpo de Alguaciles de las Audiencias y Juzgados de Primera Instancia e Instrucción se denominaran en lo sucesivo “Cuerpo de Agentes Judiciales”. 

SUELDOS

2º - El haber anual que han de percibir estos funcionarios es la siguiente: 

Agentes Judiciales de las Audiencias Territoriales de Madrid y Barcelona, 5.500 pesetas. 

Idem de las demás Audiencias Territoriales, Audiencias Provinciales y Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de Madrid Barcelona, 5.500 ptas. 

Idem de los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción de término y ascenso, 4.500 pesetas. 

Idem de los Idem de entrada 4.000 pesetas. 

Placa de Agente Judicial, época de Franco (col. Simón J. Iglesias Andrés)

PLANTILLA

3º - La plantilla de cada Audiencia y Juzgado de Primera Instancia e Instrucción e la que se detalla a continuación: 

Audiencias Territoriales de Madrid y Barcelona, nueve en cada una. 

En las demás Audiencias Territoriales cuatro. 

Audiencia Provinciales, tres o dos. 

Juzgado de Primera Instancia r Instrucción de Madrid, Barcelona, Bilbao, Sevilla y Valencia, dos. 

En los restantes Juzgados, uno. 

Según el Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Cuerpos Oficiales, Auxiliares y Agentes al servicio de la Administración de Justicia. 

Los Agentes constituyen un Cuerpo Nacional al servicio de la Administración de Justicia, adscritos orgánicamente al Ministerio de Justicia e Interior. Dependerá de este Ministerio o de las Comunidades Autónomas, en los términos establecidos en este Reglamento. 

Placa de Agente Judicial, época actual (col. Simón J. Iglesias Andrés)

Son funcionarios de carrera que desempeñan sus funciones en el Consejo general del Poder Judicial, en el Tribunal Constitucional, en los Juzgados y Tribunales, Fiscalías, Registros Civiles Únicos, Registro Civil Central y en los Órganos y Servicios de la Administración de Justicia. 

Tienen carácter de Agentes de Autoridad cuando actúen como Policía Judicial, y lo harán bajo la dependencia del Juez, Tribunal o Jefe del Organismo en las diligencias a las que asistan personalmente los titulares de los órganos y en todas las demás en que sea precisa su intervención cooperando con los demás funcionarios en la práctica de las diligencia judiciales dentro de sus respectivas funciones.

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