Con el fin de dar a conocer cuantas disposiciones publique el Ministerio de la Gobernación relacionadas con el Cuerpo de Seguridad, así como las dimanantes de la Inspección General del mismo y, en general, aquellas otras de procedentes de otros Departamentos ministeriales cuyo conocimiento pueda ser necesario o simplemente interesar al personal del Cuerpo, con fecha 17 de noviembre de 1938 (Gaceta de la República del 21 siguiente), una Orden del Ministerio de la Gobernación frentepopulista dispone la creación del Boletín Oficial del Cuerpo de Seguridad (Grupo uniformado).
La Orden establece lo siguiente:
1º. Se crea en la Inspección General del Cuerpo del Seguridad (Grupo Uniformado) el Boletín Oficial de la misma que publicará cuantas disposiciones se determinan en el preámbulo de esta Orden, pudiendo dedicar una Sección a la difusión de temas profesionales, tanto en relación con la función específica del Cuerpo como por lo que respecta a la actuación esencialmente militar que las circunstancias lo imponen.
2º. La suscripción al Boletín será obligatoria pata todas las Jefaturas, Inspecciones y Unidades del Cuerpo en general.
3º. Su publicación será semanal y dará principio a primeros de diciembre próximo, radicando en la Inspección General sus órganos de dirección, administración y tirada del mismo, cesando de publicarse en igual fecha el actual Boletín del Cuerpo.
4º. El Inspector Generad dictará cuantas disposiciones crea necesarias para la ejecución de la presente Orden.
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