martes, 12 de febrero de 2019

Distintivo de Armamento y Tiro (2019)

Nuestro compañero Adrián Barroso Vega, nos remite el texto de la Resolución de la Dirección General de la Policía de 10 de enero de 2019 por la que se crean los distintivos de función y permanencia de Especialista de Armamento y Tiro de la Policía Nacional. 


Que reproducimos íntegramente: 

Distintivo de Especialista de Armamento y Tiro

PRIMERO.- Distintivo de Función. 

1. Al objeto de distinguir la función llevada a cabo por el personal del Servicio de Armamento y Equipamiento Policial así como por los que desarrollen su labor como Especialista de Armamento y Tiro se crea el distintivo de función, cuyo diseño y características serán los que se determinan en el Anexo de esta Resolución. 

2. El distintivo de función quedará reservado al personal del Servicio de Armamento y Equipamiento Policial así como a los que desarrollen su labor como Especialista de Armamento y Tiro, pudiendo ser ostentado únicamente durante el tiempo en que presten servicio en el mismo y desarrollen dicha labor. 

3. El derecho a usar el distintivo de función no precisará autorización previa. 

1. DISTINTIVO DE FUNCIÓN 

Distintivo de función (col. Simón J. Iglesias Andrés)

1.1. Descripción 

El diseño corresponde con un escudo español, figura resultante de recortar un rectángulo, de proporciones cinco es a seis, por un semicírculo inscrito entre los dos lados mayores y uno de los menores. 

En campo de gules, sobre el abismo, en el corazón, fusiles cruzados sable con el interior en plata. 

Bordura de sable, bordada de plata, en el centro del jefe, en plata la denominación "ARMAMENTO", en la misma bordura a diestra y siniestra desde el jefe a la punta, en plata la leyenda "ESPECIALISTA DE ARMAMENTO Y TIRO" 

1.2. Modalidad de brazo 

Dimensiones (col. Simón J. Iglesias Andrés)

Para su uso en la uniformidad de trabajo y prendas especificas de la especialidad. La base del distintivo será de fieltro azul marino. El escudo irá completamente inyectado en P.V.C. 

Medidas: 

• Anchura: 65 mm. 
• Altura: 78 mm. 
• Parte: 10 mm. 

Base del distintivo: 

• Anchura: 71 mm. 
• Altura: 84 mm. 

1.3. Modalidad de pecho 

Para su uso en uniformidad de gala y representación. 

Sobre base metálica, esmaltado, con la figura superpuesta. El reverso liso con sistema de sujeción. 

• Anchura: 25 mm. 
• Altura: 30 mm. 

2. DISTINTIVO DE PERMANENCIA 


Distintivo de permanencia (col. Simón J. Iglesias Andrés)

SEGUNDO.- Distintivo de Permanencia. 

1. Se crea el Distintivo de Permanencia correspondiente a la especialidad de armamento y tiro de la Policía Nacional, cuyo diseño y características serán los que se determinan en el Anexo de la presente Resolución. 

2. EI personal al que se hace referencia en el apartado anterior, adquirirá el derecho al uso del distintivo de permanencia cuando haya prestado servicio, en funciones de esta especialidad, durante tres años consecutivos. 

Juego completo de distintivos (col. Simón J. Iglesias Andrés)

3. Su derecho de uso nace no solo del transcurso de los años en la función, sino también del hecho de no estar ya desempeñándola, no siendo admisible portar simultáneamente el distintivo de permanencia con el de función. 

4. La autorización para ostentar el distintivo de permanencia se otorgará mediante Resolución de la Dirección General de la Policía, a propuesta de la Jefatura de la División de Personal. 

5. Anualmente se publicará, en la Orden General de la Dirección General de la Policía, la relación nominal del personal a quien se le haya concedido autorización para el uso de dicho distintivo. 

Distintivo de pecho no reglamentario (col. Simón J. Iglesias Andrés)

TERCERA.- Entrada en vigor. 

La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en la Orden General de la Dirección General de la Policía.

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