domingo, 12 de noviembre de 2017

Primera convocatoria de vacantes para las Unidades de Vanguardia y Asalto (1932)

Tras la publicación de la Ley de 30 de enero de 1932 por la que se crean las Secciones de Vanguardia y Asalto del Cuerpo de Seguridad, una Orden Circular del Ministerio de la Gobernación, fechada el 8 de febrero siguiente (Gaceta del 9), hace pública la convocatoria de 2.500 plazas de Guardias Primeros para ampliar las referidas Secciones.

En la convocatoria se establece que podrán concursar para la adjudicación de estas vacantes, los siguientes:

a) Los actuales Guardias de segunda clase del Cuerpo de Seguridad y los aspirantes aprobados, que se encuentran en expectación de destino.

b) Los licenciados de la Guardia Civil, Carabineros, Ejército y Marina, mayores de veintidós años, que no excedan de treinta y seis el día en que termine el plazo para la presentación de instancias y tengan la estatura mínima de 1,700.

La convocatoria continúa indicando el modo de presentación de peticiones, plazos, documentos a presentar, así como relaciona las causas por las que no se podrá concurrir a este concurso.

Más adelante, y antes de referir la composición del Tribunal examinador, la Orden establece que los solicitantes que reúnan condiciones para ser Guardias del Cuerpo de Seguridad se someterán a un examen de lectura manuscrita e impresa, de escritura al dictado, adición, sustracción, multiplicación y división de números enteros, rudimentos del sistema métrico decimal y ligeros conocimientos de las obligaciones del soldado, consignadas en las Ordenanzas militares.

Igualmente se señala que el mismo día del examen, y antes de éste, el Teniente Vocal-Secretario presenciará la talla de cada uno de los citados a examen, y los que resultasen tener la exigida, serán reconocidos acto seguido por dos Médicos de la Policía Gubernativa, quienes certificarán, bajo su más estrecha responsabilidad, que el reconocido no padece enfermedad ni defecto físico alguno para prestar el servicio peculiar del Cuerpo. Una vez reconocidos, los que resulten aptos se someterán a las siguientes pruebas de resistencia física:

a) Carrera de 60 metros lisos,

b) Trepa por la cuerda vertical.

e) Carrera de 150 metros, con 10 vallas de 0,70 metros de altura.

Las dos primeras pruebas se consideran obligatorias, y la tercera, voluntaria.

Los aprobados cubrirán las vacantes con sujeción a las siguientes preferencias:

a) Individuos procedentes del Instituto de la Guardia civil.

b) Huérfanos, hijos y hermanos de Clases e individuos del Cuerpo.

c) Sargentos con títulos de monitores de cultura física.

d) Individuos que hayan servido en el Cuerpo de Carabineros.

e) Cabos y soldados.

Igualmente, en cada uno de estos grupos, se da preferencia a los solteros frente a los casados.

Los aprobados ingresarán como alumnos en un curso de un mes con disfrute de haber. Terminado el curso serán clasificados y su admisión provisional se elevará a definitiva respecto de los que hayan demostrado suficiencia. Los excluidos en este curso quedarán fuera del Cuerpo sin derecho alguno.

El curso consistirá en clases de Cultura general, especial del Cuerpo y Cultura física, según programa que se redactará con este objeto.

También se señala que el orden de calificación dará derecho a los aspirantes aprobados a la elección del lugar en que deban prestar servicio entre aquellos en que hayan de establecerse las Secciones de Vanguardia que se creen. 

Posteriormente, una Circular del Ministerio de la Gobernación de fecha 15 de marzo de ese mismo año, Gaceta del 17 siguiente, modifica en alguna medida la Orden anterior, rebajando la edad de los concursantes y subsanando alguna clara incongruencia que aparecía en la anterior. En esta nueva se señala que:

a) Los individuos en servicio activo de la Guardia civil, mayores de veintidós años y menores de veintinueve, que tengan la estatura mínima de 1,70. metros.

b) Los actuales Guardias del Cuerpo de Seguridad y los aspirantes aprobados que se encuentren en expectación de destino y reúnan las condiciones de edad y talla fijadas en el apartado anterior.

c) Los licenciados de la Guardia Civil, Carabineros, Ejército y Marina, mayores de veintidós años que no excedan de veintinueve el día en que termine el plazo para la presentación de instancias y tengan la estatura mínima de 1,700.

En cuanto al examen de conocimientos, similar al que figura en la Orden anterior, en esta se indica que quedarán exceptuados de este examen los individuos en servicio activo de la Guardia civil, los actuales Guardias del Cuerpo de Seguridad y los aspirantes aprobados para ingreso en el mismo que se encuentren en expectación de destino.

Con respecto a las pruebas físicas, las mismas que en la Orden anterior, las tres son de carácter obligatorio. 

Se modifican también las preferencias para la adjudicación de vacantes que queda de ls siguiente forma:

a) Los Guardias del Cuerpo de Seguridad.

b) Individuos en servicio activo del Instituto de la Guardia civil.

c) Los aspirantes aprobados actualmente para ingreso en el Cuerpo de Seguridad que se hallan en expectación de destino.

d) Huérfanos, hijos y hermanos de clases e individuos del Cuerpo de Seguridad.

e) Individuos licenciados del Instituto de la Guardia civil.

f) Sargentos con título de monitor de Cultura física.

g) Individuos que hayan servido en el Cuerpo de Carabineros.

h) Cabos y soldados.

i) Excedentes de cupo, aunque no hubiesen recibido la instrucción militar por no haber sido llamados y que estén en posesión de la licencia absoluta o ilimitada.


Igualmente se señala que los Guardias del Cuerpo de Seguridad que no resulten aptos continuarán en la situación en la que se encontraban, al igual que los Aspirantes aprobados en expectación de destino seguirán figurando como tales en las listas respectivas.

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