miércoles, 22 de abril de 2026

Teniente del Cuerpo de Seguridad (1925-1927)

La fotografía, tomada de la colección del Área de Publicaciones de la DGP, muestra a un Teniente del Cuerpo de Seguridad, con el uniforme de invierno descrito en la Cartilla de 1925, con calzón y con hombreras.

Sobre el lado derecho del pecho luce el distintivo de permanencia de dos años en Unidades de Policía Indígena que, de acuerdo con lo que señala el gran estudioso Antonio Prieto Barrio, su descripción se ajusta a lo siguiente:

Teniente del Cuerpo de Seguridad

Real orden circular de 26 de noviembre de 1923.

El Rey (q.D.g.) ha tenido a bien disponer que los generales, jefes y oficiales, que hayan servido o sirvan en tropas u organismos de Policía Indígena al servicio de España, ... y cumplido alguna de las condiciones del adjunto cuadro, usen durante su vida militar el distintivo consistente una media luna horizontal y superpuesta a ella una estrella de cinco puntas, símbolo del servicio de información, de 55 milímetros de altura, bordado en oro, que se llevará sobre el lado derecho del pecho.

En la parte inferior, a cinco milímetros de distancia y espaciadas cuatro milímetros, se adicionarán tantas barras en rojo de dos milímetros de espesor y de la anchura del emblema, como años completos se haya permanecido en dichos cuerpos. Por cada cinco años se substituirán otras tantas barras rojas por una bordada en oro, de cinco milímetros de espesor, colocada en el lugar de la primera.

Condiciones para su uso:

1ª. Un año de permanencia y 20 hechos de armas.
2ª. Dos años de permanencia y 10 hechos de armas.
3ª. Tres años de permanencia y cinco hechos de armas.
4ª. Ser herido, quedando inútil o inválido.
5ª. Un año de permanencia y herido en un hecho de de armas.
6ª. Ser herido en dos hechos de armas.
7ª. Tres años de permanencia (Orden de 6 de mayo de 1938).

Para estos efectos se reputarán como hechos de armas aquellos en que haya sufrido bajas la fuerza que mandaba durante la acción el que aspira al distintivo (...)
Modelos:

Periodo 1923-1931, con corona real.

La gorra que luce el Teniente es de la que habla la Cartilla de 1925, antes de las modificaciones operadas en 1927, en las que las divisas se lucen, además de en mangas o bocamangas, según el empleo, en los cinturones de las gorras. 

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