La Real Orden de fecha 30 de agosto de 1887, refiere las normas por la que se ha de regir la indumentaria del personal adscrito al Cuerpo de Vigilancia que, como sabemos, en esta fecha sufrió algunas modificaciones de interés.
Entre otras cosas, la citada Real Orden hace referencia al diseño y la forma de portar la "medalla", se refiere al primer modelo de Placa-insignia, de la que dice tendrá en su anverso las armas de España y en su reverso, un gallo, con la inscripción de "Vigilancia Pública", en la parte superior, y en la inferior la leyenda "Inspección", si se trata de Inspectores, o el número del usuario si corresponde a un Agente.
Real Orden de 30 de agosto de 1887
También, la Orden, hace mención al diseño del Bastón que deberán portar los Inspectores en aquellos actos en los que no interese ocultar su identidad, que describe como de ""caña, con puño dorado, trencilla y bellotas verdes".
En cuanto a los Delegados de Distrito, usarán bastón de caña blanca, con puño dorado y trencillas y bellotas verdes, entretejidas con hilo de plata, de conformidad con lo dispuesto en la Real Orden de 4 de agosto de 1891.
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