Una Orden de 22 de marzo de 1946 establece que, de acuerdo con lo reglamentado por el Ministerio del Ejército en materia de Uniformidad, vestuario y equipo, de aplicación para el personal del Ejército de Tierra, debe también serlo para el de la Policía Armada por cuanto su organización, consideración de fuerza armada y procedencia de sus cuadros de mando.
Consecuencia de esta Circular, se procede a la adopción de los cartucherines, de uso por el personal militar tras la entrada en vigor del Reglamento de Uniformidad de 1943, que se hacen extensivos a los de igual empleo de la Policía Armada y de Tráfico que deberán usarlos exclusivamente para gala en formación.
Cartucherín de la Policía Armada (Museo Policial de La Coruña) |
Por ello, se dispone, en Orden del 22 de marzo, que los Jefes y Oficiales del Cuerpo, tengan prevenido, con relación a la uniformidad de gala, lo mismo que es de aplicación para los de iguales empleos del Ejército. En tal sentido, establece:
Gala de Jefes y Oficiales:
En formación:
Uniforme reglamentario
Bandolera dorada (1)
Ceñidor dorado
Sable con fiador y tirante de gala
Guantes blancos de cabritilla o gamuza
Capote (si se ordena). En este caso, la bandolera se colocará sobre él y el ceñidor sobre la guerrera.
Hay que señalar que, con anterioridad, ya los habían utilizado los efectivos adscritos a los Escuadrones de Caballería del Cuerpo de Seguridad.
Su uso queda fuera de reglamento en 1973.
1.- Va implícito el uso del cartucherín al formar parte de la bandolera de gala.
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