Con fecha 23 de diciembre de 1873 (Gaceta de la misma fecha), una Orden del Gobierno de la I República, organiza el Cuerpo de Policía Gubernativa y Judicial de la provincia de Sevilla, en virtud de lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto de 22 de octubre anterior.
La Orden, señala que el citado Cuerpo queda organizado de la siguiente forma:
Un Delegado superior, Jefe de Negociado de 2ª clase, con un sueldo anual de 5.000 pts.
Un Secretario, Oficial de Administración de 2ª clase, con un sueldo de 3.000 pts.
Cuatro Oficiales de Administración de 4ª clase, con un sueldo de 2.000 pts.
Cuatro Escribientes Aspirantes, dos de 1ª clase, con un sueldo de 1.250 pts., y dos de 2ª con el de 1.000 pts. anuales.
Cincuenta agentes para el servicio de inspección y vigilancia, ejercida en la forma que determina el Reglamento, con un sueldo de 1.000 pts. anuales los Cabos de 4ª; de 875 pts. los de 4ª clase y 750 pts., los de 5ª.
Ciento setenta Guardias de Seguridad Pública con la organización y disciplina establecida en el Reglamento. Los que tengan la consideración de Cabos de 4ª, percibirán un sueldo de 1.000 pts., anuales; 875 pts. los de 4ª clase y 750 pts. los de 5ª.
Cuatro Ordenanzas, con un sueldo de 750 pts. anuales.
La jefatura de la Guardia de Seguridad y Vigilancia la ostentará un Capitán Delegado, un Teniente y un Alférez, que percibirán los mismos emolumentos que en el Ejército.
La Orden señala también que los servicios se prestarán de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento.
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