En su artículo 61º, el Reglamento Orgánico de la Policía Gubernativa, de 17 de julio de 1975, recoge las prerrogativas y honores que le corresponden a los Jefes Superiores de Policía.
Fijando los siguientes:
a) Tratamiento de ilustrísimo.
b) Uso del uniforme e insignias de su categoría y cargo.
c) Uso de guion o banderín en los vehículos asignados a su servicio personal.
d) Honores correspondientes a los Jefes de Circunscripción de las Fuerzas de la Policía Armada, a rendir por las mismas.
e) Derecho preferente a requisa de pasaje de cualquier clase para las líneas de transporte regular, dentro de sus provincias y hasta Madrid, conforme a las normas vigentes.
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