Nuestro gran amigo y compañero el Comisario Pral. Iñigo Echauri Osinaga, nos remite información sobre el nuevo distintivo de la Brigada Móvil - Policía del Transporte.
RESOLUCIÓN DE 3 DE JUNIO DE 2024, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA, POR LA QUE SE REGULAN LOS DISTINTIVOS DE FUNCIÓN Y PERMANENCIA DEL PERSONAL DE LA POLICÍA NACIONAL EN LA BRIGADA MÓVIL-POLICÍA EN EL TRANSPORTE
La Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional, establece en su artículo 23 que los miembros de la Policía Nacional, con carácter general, actuarán de uniforme sobre el que portarán, además de las divisas de su categoría y el emblema o la placa emblema, aquellos distintivos que se establezcan reglamentariamente.
La Orden INT/430/2014, de 10 de marzo, por la que se regula la uniformidad en el Cuerpo Nacional de Policía, faculta al Director General de la Policía para dictar cuantas disposiciones requiera la aplicación de lo dispuesto en la misma, así como a establecer los distintivos de aquellos servicios y unidades que, en razón de su función, lo precisen.
La Orden INT/859/2023, de 21 de julio, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los servicios centrales y territoriales de la Dirección General de la Policía, atribuye a la Brigada Móvil-Policía en el Transporte como Unidad Especializada, "las competencias propias de la Policía Nacional en los medios de transporte colectivo de viajeros" bajo la coordinación, supervisión y control de la Jefatura de Unidades Especiales.
La labor de la Brigada Móvil-Policía en el Transporte engloba el control selectivo de viajeros e inspecciones en rutas terrestres, ferroviarias y marítimas en buques nacionales, la vigilancia general de las instalaciones de los medios de transporte, la cooperación con los servicios de seguridad privada así como la colaboración y apoyo a los distintos servicios operativos de Policía Nacional en los medios de transporte público de viajeros, especialmente, la protección de grupos de viajeros con ocasión de grandes eventos. Todas estas actuaciones específicas, unidas a la flexibilidad horaria y la dedicación, aconsejan que sus integrantes ostenten en sus uniformes un distintivo propio que les identifique como tales ante la ciudadanía y, por otra parte, distinga y reconozca el tiempo de permanencia en esta brigada cuando usen el uniforme reglamentario.
En virtud de lo dispuesto anteriormente, una vez atendidas las exigencias procedimentales previstas en la Resolución de la Dirección General de la Policía, de 7 de diciembre de 2020, por la que se regula la Comisión Técnica de Uniformidad y Equipamiento de la Policía Nacional, y, por lo tanto, habiendo recabado informe de esta Comisión y oída la Comisión de Personal y Proyectos normativos del Consejo de Policía, RESUELVO:
PRIMERO.- Distintivo de Función.
1. Se crea el distintivo de función para la Brigada Móvil - Policía en el Transporte, cuyo diseño y características serán los que se determina en el ANEXO de la presente resolución.
2. El distintivo de función quedará reservado a los funcionarios de la Brigada Móvil-Policía en el Transporte, pudiendo ser ostentado únicamente durante el tiempo en que presten servicio en la mencionada Brigada.
3. El derecho a usar el distintivo de función no precisará autorización previa.
SEGUNDO.- Distintivo de Permanencia.
1. Se crea el distintivo de permanencia en Brigada Móvil - Policía en el Transporte, cuyo diseño y características serán los que se determinan en el ANEXO de la presente resolución.
2. El personal al que se hace referencia en el apartado anterior, adquirirá el derecho al uso del distintivo de permanencia cuando haya estado destinado o prestado servicio en Brigada Móvil - Policía en el Transporte durante tres años consecutivos.
3. El distintivo de permanencia no se podrá ostentar simultáneamente con el distintivo de función. En caso de tener derecho a ambos, solo se ostentará el de función.
4. La acreditación de los años de antigüedad en el destino se realizará adosando, en la parte inferior de los distintivos, una barra azur (azul) fileteada de oro por cada dos años y una barra de gules (rojo) fileteada de oro por cada cinco años. La suma total de los años resultará de la combinación de ambos tipos de barras, conforme a lo establecido en el anexo X de la Orden INT/430/2014, de 10 de marzo, por la que se regula la uniformidad en el Cuerpo Nacional de Policía.
5. La autorización para ostentar el distintivo de permanencia se otorgará mediante resolución de la persona titular de la Dirección General de la Policía, a propuesta de la Jefatura de la División de Personal, en conformidad con el procedimiento establecido en la normativa que regula el derecho al uso de los distintivos.
6. Anualmente se publicará, en la Orden General de la Dirección General de la Policía, la relación nominal del personal a quien se le haya concedido autorización para el uso de dicho distintivo.
TERCERO.- Ubicación de los distintivos.
Los distintivos creados en la presente resolución y acorde a las previsiones del artículo 24 de la Orden INT/430/2014, de 10 de marzo, se exhibirán del siguiente modo:
a) El de función, en su modalidad de brazo, se colocará en la manga derecha de la prenda exterior de los uniformes de trabajo, así como en las prendas de abrigo, a similar altura que el distintivo general de brazo de la Policía Nacional situado en la manga izquierda.
b) Los distintivos de función y de permanencia, en su modalidad de pecho se colocarán, exclusivamente, en la tabla central del bolsillo superior izquierdo, de la guerrera de la uniformidad de gala o representación. Nunca se exhibirán en el de gran gala.
CUARTO.- Entrada en vigor. La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en la Orden General de la Dirección General de la Policía.
Madrid a 3 de junio de 2024.
ANEXO
DISTINTIVO DE FUNCIÓN Y PERMANENCIA EN LA BRIGADA MÓVIL-POLICÍA EN EL TRANSPORTE
1. DISTINTIVO DE FUNCIÓN.
1.1. Descripción.
Su morfología se corresponde con el escudo medio punto español, de proporciones seis a cinco, con el campo degradado en rojo y la filiera en negro con delimitación del escudo en dorado. La composición central representa en su zona próxima inferior tres franjas con los colores de la enseña nacional. En la zona inferior se encuentran los cuatro medios de transporte donde se presta de forma habitual el servicio (metro, tren, barco, vías terrestres). Entre las gráficas delimitadas por el reborde dorado, se encuentra en su parte superior el texto "BRIGADA MÓVIL" y en su parte inferior siguiendo el arco de medio punto "POLICÍA EN EL TRANSPORTE", ambos textos con la tipografía Roboto Bold en 22PT de tamaño.
La parte principal del escudo lo ocupan, centrado en el mismo, tres medios de transporte y en la zona inferior el cuarto de ellos.
En la parte central encabezada por el icono buque en vista frontal, destinado al transporte marítimo de viajeros, en color negro.
En el flanco diestro, icono tren alta velocidad con su pantógrafo destinado al transporte colectivo de viajeros y sus equipajes, en color negro, e inclinado levemente al flanco de este generando perspectiva.
En su flanco siniestro, icono autobús, destinado al transporte colectivo de viajeros, en color negro e inclinado levemente al flanco de este generando perspectiva.
En el centro de la punta, icono metro subterráneo destinado al transporte de viajeros en ciudades, en color negro, y recubierto por un arco que representa el túnel por el que transita este medio.
1.2. Modalidad de brazo.
Para su uso en la uniformidad de trabajo. La base del distintivo será de fieltro color negro. El escudo irá completamente inyectado en P.V.C.
Medidas:
Anchura: 65 milímetros.
Altura: 78 milímetros.
Filera: 1/9 del ancho.
Base del distintivo:
Anchura: 71 milímetros.
Altura: 84 milímetros.
Su diseño y proporciones se corresponden con los de la figura adjunta:
1.3. Modalidad de pecho.
Para su uso en uniformidad de gala y representación.
Sobre base metálica, esmaltado, con la figura superpuesta. El reverso liso con sistema de sujeción del distintivo:
Anchura: 25 milímetros.
Altura: 30 milímetros.
1.4. Modelo.
2. DISTINTIVO DE PERMANENCIA.
Para su uso eh uniformidad de gala y representación.
2.1. Descripción.
Idéntica morfología y composición que el distintivo de función, si bien, se añade en la parte exterior del escudo, rodeándolo y saliendo del mismo, un haz de rayos de color dorado.
2.2. Composición.
Sobre base metálica, esmaltado, con la figura superpuesta en una sola pieza. El reverso liso con sistema de sujeción.
2.3. Medidas
Del distintivo:
Anchura: 35 milímetros.
Altura: 40 milímetros.
Del escudo:
Anchura: 25 milímetros.
Altura: 30 milímetros.
2.4. Modelo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario