La Orden nº 43 de la Dirección General de la Policía, correspondiente al 15 de octubre de 1980, inserta la creación, para todo el personal que hubiese prestado servicios en las Compañías de Reserva General, el correspondiente distintivo de permanencia.
Corresponde al General Inspector de la Policía Nacional la concesión de este distintivo, a través de la 3ª Sección del Estado Mayor y podrá solicitarlo todo aquel que haya prestado servicio durante al menos tres año, de forma continuada o interrumpida, en este tipo de Unidades..
Distintivo de permanencia en las C.R.G. |
El distintivo, estará formado por un escudo español, con borde dorado y fondo blanco de 34 mm. de alto por 29 de ancho. En su interior llevará en el centro en sentido vertical la Bandera nacional y sobre ella el Aguila de San Juan, emblema de la Policía Nacional. Lateralmente la siglas "RG".
Por cada año que supere los tres exigidos se colocará una barra roja, siendo sustituidas, cada cinco, por una dorada.
El distintivo se portará en en lado derecho del uniforme, sobre el bolsillo superior o lugar análogo.
Fuente: Manuel Novo con nuestro agradecimiento.
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