sábado, 4 de noviembre de 2023

Episodios Policiales. Dicebamus hesterna die

Del boletín "Emblema" de noviembre, tomamos este interesante artículo de nuestro buen amigo, compañero y colaborador, Silvestre Barquero Baños.

Así es amigos, como decíamos ayer o mejor dicho como andaba nuestra tan querida Policía, esa., que tanto defenestran los enemigos de la Patria. Y, es que en los próximos meses y años se irán cumpliendo onomásticas sin cesar, acontecimientos, hechos, notas, reseñas etc, mas o menos importantes pero todas acumulables a la historia de la Policía Gubernativa.

Este Octubre se cumplen cien años de algunas de esas mejoras que engrandecen nuestro colectivo., fue sin duda una mejora salarial, tan necesaria como solicitada voz en grito. El Ministro de la Gobernación, a la sazón el Sr. D. Francisco Bergamín Garcia - de quien D. Jose Ortega Gasset escribiría en el diario “El Sol”- [ En el Gabinete hay dos hombres infinitamente inteligentes e infinitamente temibles: uno es el Sr. Bergamín. ] presento a Cortes un proyecto de mejoras para los colectivos policiales, que al Sr Ministro del ramo elevo el Sr Director general de Seguridad Sr. Torres Almunia. Resumo el texto que sobre el asunto la Direccion general distribuiría entre la prensa interesada en este asunto, que tampoco fue mucha, por cierto.

“Se han solicitado créditos para elevar los haberes del Cuerpo de Vigilancia, que quedará constituido por 25 Comisarios de primera a 10.000 pesetas; 60 de segunda a 9.000; 120 de tercera, a 8.000; 200 Inspectores de primera a 7.000; 280 de segunda a 6.000; 350 Agentes de primera a 5.000; 450 de segunda a 4.000 y 390 Aspirantes a 3.500, asignándose a los Vigilantes de primera, 3.000 pesetas y a los de según-da 2.500, rebajándose el numero de la plantilla.

Igualmente se han solicitado créditos para aumentar las gratificaciones y haberes en Seguridad que quedarían en la siguiente forma:

Capitanes: 4.500 pesetas; Tenientes 3.500; Sargentos primeros 3.750; Sargentos segundos 3.500; Cabos 3.250; Guardias 3.000, y Aspirantes a 2.500 y además se otorga pabellón o su equivalencia en las capitales donde se considera indispensable y cierta cantidad para armamento y vestuario.

Igualmente se llevara a la practica y se ha asignado cierta cantidad para el proyecto del Sr. Torres Almunia de crear los Suboficiales.

El Sr. Director general de Seguridad Torres Almunia, recibiendo novedades del Inspector general Sr. Rodenas

Como es costumbre, del proyecto presentado al Ministro, y lo que este presento a Cortes, y lo que finalmente el Gabinete aprobó, media una distancia. El resultado que finalmente vería la luz en la Gaceta mediante Real Decreto seria el siguiente:

“A propuesta del Ministro de Hacienda, de acuerdo con Mi Consejo de Ministros, vengo a decretar lo siguiente:

Articulo 1º. Se conceden al vigente presupuesto de gastos de la Sección sexta – Ministerio de la Gober-nación – los siguientes suplementos de crédito; 910.625 pesetas al capitulo 10, articulo 2º, Cuerpo de Vigilancia , nuevo concepto – Para gratificaciones del personal del mismo Cuerpo -, con arreglo al siguien-te detalle: 3.000 pesetas anuales a los Comisarios generales, que se denominarán además Inspectores generales del servicio; 500 a los Comisarios de primera clase; 1.500 a los Comisarios de segunda y tercera; 1.000 a los Inspectores de primera, segunda y tercera clase y a los Agentes; 500 a los Aspirantes y Vigilantes de segunda clase y 1.000 a los Vigilantes de segunda. 2.350.000 pesetas al capitulo 10, articulo 4º, para aumento de gratificación a los individuos del Cuerpo de Seguridad con sujeción al detalle que sigue: 1.000 pesetas anuales a los Jefes y Oficiales; 750 a los Sargentos y 1.000 a los Cabos y Guardias. 50.000 pesetas al capítulo 15, artículo 2º. – Para adquisición y recomposición de armamento y correajes del Cuerpo de Seguridad en toda España -.

Articulo 2º. Se conceden 177.000 pesetas a la sección trece del actual presupuesto – Acción en Marrue-cos – del Ministerio de la Gobernación.

Articulo 3º. Asimismo se concederán capítulos adicionales de la Sección sexta del presupuesto corriente – Ministerio de la Gobernación – dos créditos extraordinarios uno de 550.000 pesetas para la adquisición de 22.000 revólveres o pistolas para la Guardia Civil y otro de 220.000 pesetas destinado a la – Habilitación de pabellones para alojar a los Guardias de Seguridad -.

Entre las citadas peticiones presentadas a Cortes, figuraba la tan manida y reiterada edad de jubilación. Se llevaba arrastrando este tema desde los tiempos de La Cierva y sin visos de solución. Sin embargo la aprobación de la Ley de Funcionarios civiles del Estado de 22 de Julio de 1.918 determinaba la desigualdad con la Ley de 27 de Febre-ro de 1.908 del Sr. La Cierva, en detraimiento del personal del Cuerpo de Vigilancia. A tal motivo, se publico lo siguiente:

“ Considerando que por Real orden de 10 de Junio ultimo, dictada por este Ministerio, se hizo extensivo a la Policía Gubernativa lo dispuesto en la ley general de bases respecto a excedencias y al lugar que han de ocupar en el Escalafón los funcionarios que se hallaban en situación de excedencia al hacerse la adaptación de la nueva plantilla con motivo de la implantación de la nueva ley.

Su Majestad el Rey (q.D.g), de acuerdo con lo dispuesto por esa Dirección general, ha tenido a bien dis-poner que se estime de aplicación a los funcionarios de la escala técnica del Cuerpo de Vigilancia la base octava de la ley de 22 de Julio de 1.918 por lo que se refiere al limite de la edad para la jubilación forzosa que será la de sesenta y siete años, previo expediente de capacidad que para el ejercicio del cargo debe-rá instruirse todos los años a cada uno de los dichos funcionarios desde que hayan cumplido los sesenta años de edad, y la resolución que recayese se hará constar en el título del interesado.

Recordará el lector que entre unas de las peticiones del Director general de Seguridad D. Torres Almunia estaba la creación de Comisarios generales e Inspectores genera-les del Cuerpo; pues por sendos Reales decretos publicados en la Gaceta ( este mes de octubre se cumplen cien años ) fueron confirmados en este quehacer los Comisa-rios generales D. Álvaro de Juana y D. Luis Mazzantini y Eguía, determinándose en el mismo decreto que dichos Comisarios generales ejerzan funciones de Inspectores generales del personal y de los servicios de Vigilancia en todas las provincias, con la ineludible obligación de inspeccionarlos dos veces, cuando menos, cada año.

Continuando con el proyecto de mejoras salariales y aumento de plantillas presentado por el Ministro de la Gobernación a Cortes, el resultado fue que se atendieron los aumentos de sueldo y se ajustaron las plantillas, quedando de la siguiente manera:

Vigilancia; Inspector general 1; Comisarios de primera 10; Comisarios de segunda 30; Comisarios de tercera 20; Inspectores de primera 30; ídem de segunda 90; Agentes de primera 350; ídem de segunda 450. Suman los aumentos 981.

Se disminuyen: Comisarios generales 2; Secretarios generales 2; Inspectores de ter-cera 280; Agentes 720; Aspirantes 81; Vigilantes de primera 13; ídem de segunda 201; Total 1.299. Se aumenta la plantilla total en 318.

Seguridad; Aumenta en 1.000 pesetas la gratificación de los Jefes y Oficiales aumen-tando la plantilla en dos Subalternos. Se crean 20 Suboficiales con el haber anual de 4.000 pesetas. Se modifica la clase de Sargentos creando la denominación de Sar-gento 1º en numero de 70, y con el haber de 3.750 pesetas y fijando en 120 el número de Sargentos con el haber de 3.500 pesetas. Se aumentan 11 Cabos, con el haber de 3.250 pesetas. Se suprime la clase de aspirantes que venia figurando en plantilla, su-mando su numero a la clase de guardias, señalándose a los de 1º, 3.000 pesetas y 2.500 a los de 2ª. Su aumento es: Subalternos 2; Suboficiales 20; Sargentos de prime-ra 70; Sargentos 120; Cabos 11; Guardias 1º, 3.485. Total 3.485. Se disminuyen los siguientes: Sargentos 193; Guardias primeros; 3.234; Aspirantes 251; Total 3.678. Se aumenta la plantilla en 30.

También se atendió otro tema acuciante y que suponía que no se llegaran a cubrir las vacantes que se producían en las plazas consideradas de importancia por la Dirección general., era este el tema del acceso a la vivienda. Se publico de tal guisa:

Para pabellón de clases y Guardias en Barcelona, Valencia, Zaragoza, Vizcaya y capitales donde se considere indispensable, a razón de 20 pesetas mensuales las clases y 18 pesetas los Guardias, se señalan además 440.000 pesetas, en un calculo de 200 los primeros y 1.810 los segundos.

En síntesis, todo cuanto se proponía por el Ministro de la Gobernación, Sr. Bergamín Garcia fue aprobado y rubricado.
Sobre rubricado, con un sello de la época, en este caso de 15 cts.

Como anécdota centenaria, sello conmemorativo publicado del VII Congreso universal postal celebrado en el Palacio de comunicaciones de Madrid

Silvestre Barquero Baños.



No hay comentarios:

Publicar un comentario