Nueva entrega de la "Crónica negra de La Coruña", original de nuestra buena amiga y colaboradora Mª Jesús Herrero García.
Un taxista coruñés fue brutalmente asesinado en la noche del 27 de marzo de 1963. El cadáver del taxista apareció flotando cerca del camino del Castillo de San Antón. La víctima era Antonio Verdura López, de 32 años de edad, casado, que vivía en calidad de realquilado con el propietario del taxi, en la calle de Eugenio Carré Aldao 23 bajo, situada en la zona de la avenida de los Mallos.
| El autor del homicidio en la Audiencia Provincial | 
El trágico suceso, por sus espeluznantes circunstancias, conmovió hondamente a los coruñeses. Y singularmente, como es natural, a los compañeros del infortunado Antonio Verdura.
La noticia de que un taxista había sido asesinado comenzó a correr minutos después de que su cadáver fuese hallado en las inmediaciones del Parrote. Fue entre diez y media y once de la mañana. El cuerpo del infortunado taxista apareció tendido boca arriba. Sus labios estaban apretados; su cabeza presentaba unas contusiones sobre la misma base del cráneo y enrollado al cuello tenía un sogal como los que se utilizan para atar paquetes, con un fuerte nudo hacia la nuca.
El cadáver estaba sobre la arena de la playa del Parróte, a la altura de los cañones que existen en la muralla del mismo nombre, enfrente de la Casa de la Cultura. Las ropas estaban totalmente empapadas de agua y en sus bolsillos fueron halladas una moneda de 50 pesetas y otra de 5. En la muñeca llevaba un reloj de pulsera, parado en las once y diez.
| El Comisario Pral. Mariano Cabrero, Jefe Superior de Policía de Galicia | 
La marea estaba entonces bajando y sobre la playa se encontraban bastantes hombres, mujeres y niños dedicados a la pesca de moluscos. Unos chiquillos fueron los primeros en ver el cadáver. Rápidamente corrió la voz de alarma y en la Jefatura Superior de Policía se recibió una notificación de Capitanía General dando cuenta del macabro hallazgo. Se avisó entonces al Juzgado de Instrucción número 2, de guardia, y a los pocos momentos se personaron en el lugar del Parrote el juez Don Santiago Pérez Ardá; el oficial Don Lino Paricio, y funcionarios de la Brigada de Investigación Criminal. Tras la práctica de las primeras diligencias, el cadáver fue trasladado en una ambulancia al depósito del cementerio, en donde le fue practicada la autopsia.
Antonio Verdura, que era un hombre de buenas costumbres y muy querido y estimado por sus compañeros, tenía la costumbre de ir a su casa al terminar el servicio, lo que solía hacer entre diez y media y once de la noche. No lo hizo, y aun cuando en ello no había, en principio, nada anormal, hizo que su esposa se intranquilizase. Más tarde, quizá, pensó en que su esposo hubiese salido fuera de la ciudad, no enterándose de la trágica muerte de su marido hasta la mañana siguiente.
El propietario del taxi, Don Juan Sánchez Aller, de 33 años, en cuyo domicilio vivía la víctima con su esposa, a los que tenía en gran estima, se extrañó también de que Antonio no fuese a cenar, y más aún al ver que transcurrían las horas y que no se presentaba en el piso. Pasó toda la noche, y de Antonio no hubo noticia alguna. En su hogar la angustia iba en aumento y el señor Sánchez Aller tuvo la evidencia de alguna desgracia, cuando alrededor de las nueve de la mañana vio el coche, matrícula C-21.845, un «Seat-1.400» de color negro, nuevo todavía, que se encontraba abandonado en la Avenida de Primo de Rivera, próxima a la escalinata de Linares Rivas. Se sorprendió entonces y se asustó luego al comprobar que el vehículo tenía manchas de sangre en su interior. Alarmado, se presentó sin pérdida de tiempo en la Inspección de Guardia de la Policía para formular la denuncia. Estando en la Inspección de Guardia, llegó la noticia de que el cadáver de un hombre había sido hallado en el Parrote y el señor Sánchez Aller tuvo la certeza de que se trataba de su empleado. Desgraciadamente así fue, y el propio dueño del «Seat» lo comprobó por sí mismo. El coche no presentaba daño alguno, solamente en su interior, y sobre el respaldo del asiento del conductor había manchas de sangre, así como sobre el tapizado del asiento posterior, en donde también se encontró un botón de la chaqueta de la víctima. Antonio Verdura estaba ese día de servicio en la parada de Cuatro Caminos.
| La acusación | 
El autor del bárbaro hecho fue detenido en Muros por funcionarios de la Brigada de Investigación Criminal de La Coruña. Se trata de José Ramón Santiago Fernández, de 19 años, marinero de profesión, natural de Muros y con domicilio accidentalmente en nuestra capital, en una pensión sita en la carretera de la Granja, llamada el «New-Bar-Café». Este individuo, como se había supuesto, era el que fue visto conduciendo el coche de la víctima después del asesinato.
Las especiales y un tanto anómalas circunstancias que concurrieron en un crimen, motivaron que acerca del mismo se hiciesen infinidad de hipótesis y comentarios.
José Ramón Santiago, se subió al coche y le dijo al chófer que lo llevase a su domicilio, es decir, a la carretera de la Granja. Pero cuando el coche circulaba a la altura de la iglesia de los Redentoristas, José Ramón se volvió atrás y le dijo que lo llevase al muelle del Este. Parece que en ese momento, alrededor de las diez de la noche o un poco antes, el presunto asesino decidió atracar al taxista y eligió uno de los lugares que él sabía poco frecuentados: las inmediaciones de la «Pebsa».
El taxista dio entonces la vuelta con el coche y entró en la zona portuaria. Al llegar a la factoría bacaladera, José Ramón le preguntó al taxista cuánto era la carrera y éste le contestó que 32 pesetas. El criminal no esperó más. Le echo al cuello el sogal que llevaba en el bolsillo —lo había encontrado ese mismo día en el muelle- y lo atrajo hacia él. Antonio Verdura, ante la imprevista agresión, se cree que trató de defenderse, pues José Ramón presentaba unos arañazos en el lado izquierdo de la cara, a la altura del ojo, lo que hace suponer que mientras con su mano izquierda trataba de deshacerse del sogal que el otro le había echado al cuello, con la derecha intentó librarse del criminal, sin resultado, desgraciadamente. José Ramón, que era un muchacho fuerte y de recia constitución, apretó más la cuerda y así lo lanzo al asiento posterior, en el que él viajaba. Ya en el suelo del coche, apretó más la cuerda y al ver que su víctima estaba sin sentido, lo despojó de la cartera, tomó 810 pesetas que el taxista llevaba en ella y la arrojó al mar.
El coche estaba parado muy cerca del morro del muelle y permaneció encendido durante los pocos minutos que duró la trágica escena.
Luego que .el criminal advirtió que el taxista estaba sin sentido, le ató la cuerda al cuello, con un nudo de marinero y no corredizo, se apeó del coche, cogió a Antonio Verdura por los pies y lo sacó fuera del taxi. Fue entonces cuando el infortunado taxista recibió los golpes en la cabeza, los cuales, unido al estrangulamiento, le produjeron la muerte, que se consumó al ser arrojado el cuerpo al agua, lo que se hizo en las inmediaciones de la «Pebsa», siendo luego el mar quien arrastró el cuerpo, hasta el Parróte, lugar en que fue hallado en la mañana siguiente.
En principio negó su participación en los hechos, hasta que luego, acosado a preguntas, acabó por confesarlo todo. Se dice que estaba muy impresionado; porque había oído decir en comentarios sobre el crimen, que el autor iba a ser entregado a los taxistas.
Pero vamos a los móviles que le llevaron a cometer el crimen:
En primer lugar diremos que José Ramón, que cumpliría los 20 años en el mes de diciembre, era analfabeto. Únicamente dibuja su firma. En La Coruña había muchos pescadores y marineros que lo conocían, y a los datos facilitados por algunos de ellos se debió su localización, así como, naturalmente, a la ímproba labor de la Policía coruñesa, que había logrado en menos de 72 horas descubrir al asesino, que para mayores dificultades no contaba con antecedentes delictivos.
José Ramón Santiago era marinero; efectivamente, se comprobó que había estado enrolado en el pesquero coruñés «Riazor», al que dejó de pertenecer el día 19, porque tenía que presentarse para hacer el servicio militar.
En el «Riazor» parece que estuvo durante cinco años y aunque su conducta era un tanto irregular, se achacaba más a su falta de educación que a otra cosa.
Para llegar a centrar las sospechas sobre José Ramón, hubo que vencer innumerables dificultades. La colaboración de los taxistas, poniendo a disposición de la Policía sus respectivos vehículos, fue interesantísima, así como marineros y mujeres de Muros.
Algunas de ellas llegaron a apuntar a José Ramón como el asesino, un joven de Muros.
Con pistas ya más concretas, los funcionarios de la B. I. C., tan acertadamente dirigidos por el Comisario Jefe Regional dicha Brigada, Don Carlos Lorenzo Camba, que en todo momento tuvo una clarísima visión de lo que pudiese haber ocurrido, se fue cerrando el cerco sobre el criminal, sobre todo al saberse que podía ser de Muros y joven. Con estos datos y después de muchas horas de vigilia constante, se logró conseguir una fotografía de José Ramón, fotografía que fue reconocida, en primer lugar, por una joven, como la del individuo que conducía el taxi de la víctima. Posteriormente se mostró a otros de los que vieron a José Ramón y entonces hubo la certeza de que era él. Pero existía la duda de que el improvisado conductor del coche no fuese él asesino. Esta duda duró muy poco. Es más, al salir los tres funcionarios de la B. I. C. para Muros, llevaban la convicción de que era el verdadero criminal. Varios datos corroboraban esta suposición. Uno de ellos y de gran valor, era el de que José Ramón tenía que presentarse en la Ayudantía de Marina de Muros en la mañana del miércoles, ya que se iba a incorporar al servicio de la Marina.
A las seis menos cuarto de la tarde del día 31, aproximadamente, José Ramón fue detenido en el ya desaparecido bar de Muros «Miramar». Estaba tranquilo. Antes, los funcionarios se dirigieron a! domicilio familiar, en donde con José Ramón vivía con sus padres y tres hermanos, dos hombres y una mujer, esta última casi ciega. El joven no estaba en casa y se contó entonces con la colaboración de un marinero de la villa, quien lo localizó en el bar en cuestión.
La familia de José Ramón vivía muy modestamente. Un hermano era sargento de la Legión y otra hermana estaba casada en Inglaterra. Parece que las relaciones de José Ramón con su familia no eran muy cordiales. El joven hacía unos ocho meses que no iba por su casa y tampoco mandaba dinero, pese a que durante el tiempo que estuvo embarcado ganaba bastante. Es más, al ser desenrolado del «Riazor» cobró 3.500 pesetas, que muy poco duraron en su poder. Ni parte de este dinero ni del que llevaba el taxista en la cartera conservaba resto alguno. Era derrochador y el dinero lo gastaba con suma facilidad.
Precisamente antes de abandonar la pensión de La Coruña, abonó a la dueña el importe del hospedaje y anteriormente había adquirido varios artículos para su uso personal.
José Ramón, era un tipo fuerte y su estatura  más bien regular. En el momento de su detención tenía la misma ropa que llevaba cuando cometió el crimen, pero sobre ellas no se vió ni una sola gota de sangre. ¿Cómo estaba manchado el taxi? El aseguró que no golpeó al taxista con nada. “Non tiña necesidad” dijo.
«Ha confesado». Pese al sigilo con que se dio la noticia, esas dos palabras salieron en seguida del ámbito policial. Fueron muy pronto del dominio público. Bastaron muy pocos minutos para que en la Inspección de Guardia de la Policía de La Coruña se recibiesen llamadas telefónicas para preguntar si era verdad que el criminal había sido detenido. No había información. Oficialmente no se daba detalle alguno. No obstante, numerosas personas se fueron congregando ante la puerta de la Jefatura Superior, sobre todo taxistas. Existía verdadera ansia de conocer, de tener la certeza de que el asesino estaba ya, convicto y confeso, en poder de los funcionarios.
A las diez y cinco de la noche, aproximadamente, el coche oficial llegó de Muros, José Ramón, sin estar esposado —no lo estuvo en ningún momento—bajó del vehículo entre los funcionarios. Era el autor del crimen, que rápidamente fue introducido en el despacho de la B. I. C. en donde, con absoluta tranquilidad, contó todo lo ocurrido, sin omitir un detalle.
Se decía que José Ramón pudiera haberse marchado de La Coruña pocas horas después de cometido el crimen; pero no fue así. Lo dijo él mismo. Razón: se había quedado dormido y perdió el coche de linea de ese día. Así esperó hasta el jueves, en que tranquilamente, como hizo todo, abandonó nuestra capital. El jueves por la mañana se presentó en la Ayudantía de Marina de Muros y el día 30 tenía que hacerlo en La Coruña, para salir luego hacia Cádiz, a donde había sido destinado. Parece que la conciencia no lo acusó en ningún momento. Uno de los hechos que más llamaron la atención fue cómo el autor del crimen se paseó en el coche, despreocupadamente, inmediatamente después de asesinar al taxista, dando claras muestras de que no sabía conducir. Parece que justificó este hecho diciendo que cuando era niño vio manipular en Muros unos camiones, y éstos eran sus únicos conocimientos en materia de conducción. Sin embargo, pensó, quizá, que le eran suficientes para poder llevar el coche hasta Muros. No obstante, esto no fue lo que dijo a la Policía. «Quería —manifestó— dejar el taxis en la misma parada de Cuatro Caminos en donde lo había tomado». Esto parece totalmente ilógico y es difícil de creer, aunque lo asegure el criminal.
¿Cómo has cometido semejante barbaridad? —le dijeron—Doume a «toúlada».
La detención del autor del crimen de Antonio Verdura, antes de que hubiesen transcurrido 72 horas del hecho, habla elocuentemente de la eficiencia con que había procedido la Policía coruñesa.
El desentrañamiento del asesinato presentaba enormes dificultades; en gran parte debidas a la anómala actitud del responsable. Por otro lado, las pistas eran muy imprecisas. Cuéntese, por ejemplo, que se hablaba de tres individuos como ocupantes del taxi de Antonio Verdura en su último servicio; se afirmaba que el coche había salido inmediatamente hacia el muelle y se formulaban otras presunciones que ahora se muestran totalmente falsas. Y no, en verdad porque hubiese torcida intención en los testimonios, sino a causa de la necesidad de valorar impresiones esfumadas en el recuerdo o confundidas, inevitablemente, con otras paralelas y coincidentes con las reales. Sobre cuánto de cierto pudo averiguarse trabajó desde el primer momento la Policía. Algunos de los inspectores encargados del servicio no descansaron ni un instante a partir del comienzo de la investigación, hasta que por la mañana del día 30 las pesquitas realizadas, los informes recogidos, los datos facilitados por quienes habían visto en el Muro o en la Avenida de Primo de Rivera al ocupante del taxi de Antonio Verdura, arrojaron la evidencia de quién era el autor. Y hacia Muros salieron tres de los inspectores que trabajaban en el asunto.
La  Sala  Segunda  de  la  Audiencia  Provincial  dictó   sentencia el día 1 de julio de 1964  en  la  causa  seguida  contra José  Ramón  Santiago  Fernández, que  el  día  26  de  marzo  de  1963 dio  muerte  al  taxista  Don  Antonio  Verdura  López,  para  robarle,  en  el  muelle  del  Este,  en  un punto  próximo  a  la  factoría  de la  «PEBSA»,  en  nuestra  ciudad. En  virtud  de  esta  sentencia,  el acusado  es  condenado  a  treinta años  de  reclusión  mayor.
El Ministerio  Fiscal  calificó  los  hechos  como  un  delito  de  robo  con  homicidio, con  las agravantes  de  alevosía,  premeditación,  nocturnidad  y  despoblado y  solicitó  que  se  impusiera  al  procesado  la  pena  de  muerte  y  accesorias  de costas  e  indemnización  civil  a  los  herederos  de  la víctima  de  200.000  pesetas. La  acusación  particular,  ejercida  por  el  Letrado  Señor  Fernández  Mejuto,  calificó  los  hechos del  mismo  modo  que  el  Ministerio  Fiscal  y  con  la  concurrencia de  las  mismas  agravantes  de  alevosía,  premeditación,  nocturnidad y  despoblado. Por cuestión  de principios,  el  acusador  particular no  quiso  pedir  la  pena  de  muerte  y  solicitó  la  de  treinta  años de  reclusión  mayor,  con  las  accesorias,  y  que  se  le  aplicase  la Ley  de  Vagos  y  Maleantes,  para que  no  pudiese  obtener  o  disfrutar  de  los  beneficios  de  los  indultos  ni  de  la  redención  de  penas  por  el  trabajo.  También  solicitó  una  indemnización  de  500 mil  pesetas  a  los  herederos  de Antonio  Verdura.
El  abogado  defensor,  Don  Antonio  Reinoso  Marino,  alegó  que tanto  el  homicidio  como  el  robo se  habían  producido  debido  a  circunstancias  puramente  accidentales;  que  no  existían  las  agravantes  que  señalaban  las  acusaciones;  la  alevosía,  porque  a  su  juicio  no  había  empleado  su  defendido  medios,  modos  o  formas  en la  ejecución  del  hecho  que  el  Derecho  requiere  para  que  esa  circunstancia  se  dé;  la  premeditación,  porque  desde  que  lo  pensó hasta  que  lo  ejecutó  había  transcurrido  muy   escaso  tiempo;  la nocturnidad,  porque  el  acusado no  había  buscado  la  noche  apropósito  ni  en  esta  circunstancia había pensado;  ni  despoblado  porque  el  Muelle  del  Este,  en  el  que el  hecho  tuvo  lugar,  es  sitio  iluminado  y  vigilado. Alegó,  asimismo,  que  e!  procesado tenía  una  personalidad  psicopática  de tipo  esquizoide,  unida  a  oligofrenia en  grado  de  debilidad  mental  que  disminuye  su  imputabilidad,  porque  restringe  su  capacidad  de  crítica  de  los actos  propios. Estimó  que,  a  su  juicio,  la  pena que  procedía  imponer  era  la  de  doce años  y  la  indemnización  a  los  herederos  de  la  víctima  en  la  cuantía  que la  Sala  estimase  más  procedente,  y que  no  era  procedente  la  aplicación de  la  Ley  de  Vagos  y  Maleantes. En  la  sentencia,  después  de  considerar  la  Sala  que  en  la  ejecución  de los  hechos  es  de  apreciar  la  agravante  de  alevosía,  número  1  del  artículo 10  del  Código  Penal;  que  no  se  aprecia  premeditación,  ya  que  la  idea  de iniciar  el  hecho  surgió  de  pronto  en el  procesado,  que  realizó  la  acción punible  unos  minutos  después  de  concebirla,  los  que  el  taxi  tardó  en  hacer  un  recorrido  en  el  interior  de La  Coruña,  y  obró  bajo  la  influencia de  esa  idea  súbita,  que  tampoco  aparece  buscada  de  propósito  la  nocturnidad  ni  circunstancia  alguna  del  número  13  del  artículo  10  del  Código Penal  (nocturnidad  y  despoblado),  y sin  apreciar  tampoco  la  atenuante  primera  del  artículo  9  del  Código  Penal  en  relación  con  el  número  primeo  del  artículo  8.*  del  mismo,  ya que  el  procesado  obró  con  discernimiento  suficiente,  y  aunque  tiene una  tendencia  psicopática,  no  puede estimarse  que  padece  psicopatía  o  semilocura  y  que  no  ha  lugar  a  la  aplicación  de  la  Ley  de  Vagos  y  Maleantes  de  4  de  agosto  de  1933,  dictó  el  siguiente  fallo:
«FALLAMOS:  que  debemos  condenar  y  condenamos  al  procesado  José  Ramón  Santiago  Fernández,  como autor  de  un  delito  de  robo  con  homicidio  a  la  pena  de  TREINTA AÑOS  DE  RECLUSION  MAYOR, con  las  accesorias  de  interdicción  civil  e  inhabilitación  absoluta  durante el  tiempo  de  la  condena;  a  las  costas, a  que  como  indemnización  civil  abone  trescientas  mil  pesetas  a  los  herederos  de  Antonio  Verdura.  No  ha lugar  a  aplicar  al  procesado  la  Ley de  4  de  agosto  de  1933.  “Abonamos  a José  Ramón  Santiago  Fernández  todo el  tiempo  que  por  esta  causa  lleva privado  de  libertad”. Como  la  sentencia  no  considera de  aplicación  la  Ley  de  Vagos  y  Maleantes,  a  José  Ramón  Santiago  Fernández  le  alcanzan  los  beneficios  de indulto,  concedidos,  el  primero,  por Decreto  de  24  de  junio  de  1963  con motivo  de  la  exaltación  al  Solio  Pontificio  de  S.  S.  Paulo  VI,  y  que  comprende  una  sexta  parte  de  la  pena  impuesta,  o  sea,  cinco  años,  y  el  según,  otorgado  por  Decreto  de  1 de Abril  de  1964,  con  motivo  de  los  25 Años  de  la  Paz  española,  que  alcanza  también  a  la  sexta  parte,  que  son otros  cinco  años,  y  además  gozará de  los  beneficios  de  reducción  de  penas  por  el  trabajo. Con  esta  sentencia,  si  ninguna  de las  partes  la  recurre,  se  pone  fin  a un acontecimiento  que,  por  las  circunstancias  que  concurrieron,  había  conmovido  la  conciencia  social  en La Coruña.
Mª Jesús Herrero García.
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