Una Orden de la Inspección General de febrero de 1970 dispone la sustitución de la prenda de abrigo, capote, usado por Cabos y Guardias por la reglamentaria para Jefes, Oficiales y Suboficiales descrita en la Orden General de la Inspección nº 40, de fecha 20 de septiembre de 1961.
A la prenda descrita en la Orden referida se le aplicarán las modificaciones siguientes:
Delanteros: Encima del bolsillo derecho, y en la línea del talle llevará una abertura de las mismas características que en la que se indica en el lado izquierdo, para que salga el tirante de colgar la pistola.
Mangas: Sobre la manga derecha deberá llevar el escudo con el águila bordada de la misma forma y color que el que actualmente lleva el abrigo que se sustituye.
Plazo de sustitución: Se concede un plazo de dieciocho meses, a partir de la fecha de la Orden, para la sustitución de la referida prenda de abrigo.
Con esta Orden desaparece el incómodo capote usado hasta entonces por las fuerzas de la Policía Armada, siendo sustituido por una prenda mucho más cómoda y funcional.
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