Del boletín "Emblema" de junio, tomamos este trabajo de nuestro gran amigo y compañero el Comisario Pral. Félix Alvarez Saavedra.
Cataluña fue uno de los territorios en los que la Administración pública se vio más influenciada tanto por el desarrollo legislativo de la II República como por la evolución de la Guerra Civil. A nosotros nos interesa en estos momentos lo acontecido en la parte policial, más concretamente, lo referido a los pasaportes.
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1929. Gobierno de la Provincia |
En este artículo hablaremos de la secuencia normativa referente a lo que ocurrió tanto en cuanto a competencias policiales como a las relativas a la expedición de pasaportes en Cataluña entre 1932 y 1939. Es una historia interesante, hasta cierto punto compleja, principalmente a causa de la deslealtad del gobierno de la Generalidad para con el de la República en distintos momentos, en lo concerniente al respeto de las competencias de cada uno de ellos.
Empezamos nuestro relato en el final del verano de 1932, cuando el Estatuto de Cataluña entra en vigor, el 15 de septiembre, señalando que correspondían a la Generalidad todos los servicios de policía y orden interior de Cataluña, mientras que era competencia del Estado Central todo lo referente a Fronteras, Emigración, Extranjería y Régimen de Extradición y Expulsión. De hecho, por Decreto de 15 de noviembre de 1933, fueron traspasados a la autonomía todos los servicios de Orden Público de Cataluña, que se mantuvieron bajo su mando hasta que el 24 de noviembre de 1934 se restituyeron al gobierno central todas las cuestiones de Orden Público.
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1931. Gobierno Civil |
Tras la aprobación del Estatuto de Cataluña se creó una Delegación Especial del Gobierno de la República en Cataluña, competente para “asumir la dirección en Cataluña de los servicios de Vigilancia de Extranjeros, Pasaportes, Fronteras y Puertos, que por su carácter nacional se ha reservado para sí [el Estado], sin ser cedidos a la Región autónoma”. Datos detalladísimos sobre esa Delegación figuran en un informe fechado en Barcelona el 30 de junio de 1934, firmado por el Delegado Especial y elevado al Ministro de la Gobernación.
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1933. Gobierno General de Cataluña |
Nuevamente, por Decreto de la Presidencia del Consejo de Ministros de 2 de junio de 1936 se restablecieron las disposiciones referentes a la adaptación de servicios de policía y orden interior de Cataluña, así como la Comissaria General d'Ordre Públic. Unos meses después se creaba la Junta de Seguretat Interior y se incorporaron a la Conselleria de Governació los servicios de policía que anteriormente habían dependido de la Delegación Especial del Estado en Cataluña.
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1934. Delegación Especial del Gobierno de la República |
Posteriormente, por Decreto de la Presidencia del Consejo de Ministros de 2 de junio de 1936, se restablecieron competencias de la Generalidad, y se produjo la adaptación de servicios de policía y orden interior, que por Decreto de 17 de octubre de 1936 fueron reorganizados.
Aquí hemos de hacer un inciso para decir que la gestión de los pasaportes y las fronteras en Cataluña, fundamentalmente entre el 21 de julio y principios de octubre de 1936, sufrieron un colapso total, cuestión que merecerá un futuro artículo en este Boletín, debido a la gravedad de lo sucedido.
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1935. Jefatura Superior de Policía |
El 27 de septiembre de 1936 el Consejo de la Generalidad de Cataluña (primer gobierno de la Generalidad en el que participaron los anarquistas) creó una Junta de Seguridad Interior para gestionar el orden público.
La Junta era formalmente un órgano de la Generalidad, y por tanto supeditado a su gobierno, que asumía la supervisión del orden público en Cataluña. La componían los delegados de las Patrullas de Control, de la Guardia Nacional Republicana (Guardia Civil), de los partidos y de los sindicatos. Trabajó a partir del 5 de octubre, y como ayudantes técnicos asistían el comisario general de orden público, el director de administración local y el jefe de servicios centrales del departamento de seguridad.
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1936. Delegación General de Orden Público |
El 31 de enero de 1937, la Generalidad redactó unas nuevas normas sobre fronteras y expedición y control de pasaportes que, de alguna manera, pretendían a normalizar la situación en el nordeste español. El 15 de febrero tuvo lugar la última reunión de la Junta de Seguridad, siendo disuelta el 5 de junio, y rápidamente reemplazada por una nueva junta de orden público.
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1936. El Conseller de Governació |
Entre tanto, el 1 de marzo se habían dictado los Decretos en los que se disponía la disolución de los Cuerpos de la Guardia Nacional Republicana, Seguridad y Asalto, Investigación y Vigilancia y las Patrullas de Control, creándose el Cos de Seguretat Interior, que sería el único encargado de todas las funciones relacionadas con el mantenimiento del orden, la investigación y la vigilancia.
Poco después, el 4 de mayo, el Estado se hizo cargo directamente de todos los servicios de seguridad pública de Cataluña, por lo que la Comissaria General d'Ordre Públic quedó subordinada al Ministerio de la Gobernación desde esa fecha, y fue sustituida por la Delegación Especial de Orden Público y la Jefatura Superior de Policía, creadas por Decreto del 7 de ese mes y subsistiendo este organismo hasta el 13 de septiembre de 1937.
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1937. El Conseller de Seguretat Interior |
Meses antes, una Orden del Ministerio de la Gobernación de 19 de junio de 1937 había señalado que la Delegación de Orden Público dependería directamente de ese Ministerio, asumiendo todas las competencias que la Ley General de Orden Público atribuía al ministro de la Gobernación y a los Gobernadores civiles. Los pasaportes son a partir de esa fecha competencia de esa Delegación.
Algunas disposiciones afectaban a la vigilancia de fronteras y puertos (como el artículo 8 del Estatuto, el Decreto de 1 de marzo de 1937) y de ellas puede observarse que las competencias fueron asumidas casi totalmente por el Estado, que el 3 de julio de 1937 creó la Comisaría General de Fronteras y Puertos, cuyas normas de estructuración y funcionamiento quedaron dictadas por Orden de la Presidencia del Consejo de Ministros de 20 de julio del mismo año.
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1937. Delegación General de Orden Público de Cataluña |
Las funciones principales de la Comisaría eran la coordinación de los servicios que, en relación el mencionado tráfico, tenían las Direcciones Generales de Seguridad y Carabineros, y con carácter exclusivo la investigación y vigilancia de las zonas fronterizas, revisión de pasaportes y estadística de movimiento de viajeros y embarcaciones.
A partir de ese momento se disponía que la vigilancia de fronteras fuera efectuada por el Cos de Seguretat Interior (Secció Internacional y Secció Uniformada móbil). En sus artículos 3º y 4º añadía que todo lo relacionado con expedición de pasaportes, policía de fronteras, emigración, inmigración, extranjería y régimen de extradición, debía estar únicamente a cargo de la Delegación Especial del Estado, siendo los únicos lugares de entrada y salida de frontera: Portbou, La Junquera, Puigcerdá, Les, La Seo de Urgel, aeropuertos y puertos marítimos.
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1938. Dirección General de Seguridad |
Por Decreto de 12 de agosto de 1937 se creó también el Consell de Seguretat de Catalunya, en sustitución de la Junta de Seguretat Interior y se cambió la denominación de Comissaria General d'Ordre Públic por Direcció General de Seguretat de Catalunya, de quien dependerían directamente los Comisarios de Orden Público de las diferentes regiones.
Al haberse establecido el Gobierno de la República en Barcelona desde el 31 de octubre, por Decreto de 13 de noviembre de ese año se disolvió la Delegación de Orden Público de Cataluña, y todas sus funciones fueron asumidas directamente por el Ministro de la Gobernación para evitar la duplicidad de estas.
Si ese fue el íter legislativo, la forma fehaciente de saber quién ejercía realmente en cada momento las competencias sobre pasaportes es mediante el estudio de las firmas de quienes los autorizaban y los sellos húmedos y secos que aparecían en ellos en cada momento.
Desde 1929, momento ciertamente anterior a la entrada en vigor del Estatuto catalán, en 1932, hasta la recuperación total de la gestión por parte del Gobierno de la República en 13 de noviembre de 1937, encontramos en la página 3 de los pasaportes expedidos en Cataluña al menos diez diferentes sellos húmedos y la firma de ocho autoridades distintas. Sirva esa secuencia como ejemplo del dislate vivido en aquellos años respecto de este asunto.
Félix Alvarez Saavedra.
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