martes, 9 de octubre de 2018

Academias del Cuerpo de la Policía Armada y de Tráfico (1940)

Una Orden de 17 de octubre de 1940, dispone que comiencen a funcionar en las plantillas las Academias para la preparación de Cabos, Sargentos y Suboficiales, estando las primeras regidas por un Subalterno y las de Sargentos y Suboficiales por un Capitán que será responsable de la instrucción tanto teórica como práctica del personal; igualmente queda obligado a dar una conferencia mensual, sobre temas profesionales, a todos los efectivos de su Unidad. 


En las Secciones aisladas será el responsable de la instrucción el Oficial correspondiente. 

Los Jefes de las Comandancias pronunciarán, mensualmente, una conferencia en sus respectivas cabeceras a las que asistirá el personal que radique en la sede de esta unidad superior; en aquellas Unidades dependientes de su mando y situadas fuera de la localidad donde se ubique la jefatura de la Comandancia, aprovechará para pronunciarla con ocasión de las visitas de inspección que periódicamente debe cursar a estas unidades. 

En las Banderas que tengan todas sus Compañías dentro de la misma localidad, diariamente serán inspeccionadas por el Comandante jefe quien queda obligado a dar, dentro de cada mes, la correspondiente conferencia a toda la plantilla. 

El Comandante jefe es el responsable de la instrucción de todo el personal de la Bandera o Comandancia de su mando, siguiendo las instrucciones recibidas del Jefe de la Circunscripción. 

Las materias que se impartirán en las Academias serán, con carácter exclusivo, las que figuren en los programas anuales. 

Las conferencias impartidas por Jefes y Oficiales deben versar sobre moral, asuntos de servicio y sobre la importancia de la función que tiene asignada el Cuerpo y su forma de llevarla a cabo. 

Por los Jefes de Bandera o Comandancia se estimulará a todo el personal a sus órdenes, especialmente a los Policías, para que pronuncien, ante el resto de la fuerza, conferencias sobre temas de interés general y profesional para lo cual, con anterioridad, remitirán al mando el texto con el contenido de la misma. 

Los Jefes de Circunscripción quedan obligados a remitir a la Inspección General, en la primera decena de cada mes, detalle del estado de instrucción de la fuerza y resumen de las conferencias pronunciadas el mes anterior con referencia a la nota otorgada de cada una de ellas que se hará constar en la Hoja de servicios del interesado, especialmente el perteneciente a Clases y Policías.

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