Del boletín "Emblema" de marzo, tomamos este magnífico artículo de nuestro gran amigo y compañero el Comisario (H) Angel Alcázar Sempere.
De lo que no cabe ninguna duda es que el sistema premial en la Policía Nacional ha quedado obsoleto desde hace ya bastante tiempo, precisando, desde mi punto de vista, de una revisión y actualización.
Por decreto de 18 de junio de 1943, el cual recibió fuerza de ley por la de 15 de mayo de 1945, se creó la Medalla al Mérito Policial en las categorías Oro, Plata y Bronce. Posteriormente, la Ley 5/1964, de 29 de abril sobre Condecoraciones Policiales estableció mayor precisión en las causas que pueden originar la concesión de la Medalla de Oro y de Plata al Mérito Policial; además, la Medalla de Bronce es sustituida por la Cruz al Mérito Policial con distintivo rojo o blanco, aquella para premiar los hechos distinguido que impliquen acusado riesgo para quienes lo realicen, y ésta, para premiar a quienes sobresalgan en el cumplimiento de sus deberes o en la realización de trabajos o estudios de carácter profesional; en todo caso, con prestigio para la Corporación o utilidad para el Servicio.
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El Galón de Mérito |
Después de la Cruz al Mérito Policial con distintivo blanco se pasa a un rosario de Felicitaciones Públicas de distinto valor, que por ser tan variado (existen cinco tipos de felicitaciones), distorsionan, en parte, su sentido.
Creo que Felicitación Pública solo debería existir una, o a lo sumo de dos tipos, con unos criterios de concesión bien definidos y que eviten su propuesta “en automático” y en muchos casos su concesión. Desde hace mucho tiempo, se entró en una desenfrenada espiral de propuestas para que el funcionario vaya “convenientemente puntuado”, fundamentalmente en los procesos de ascenso en los que participe. Como nadie quiere perjudicar a los funcionarios que dependen de él y además tener que “oír” a los sindicatos, pues, se suele dar el visto bueno y paso seguido proceder a su tramitación. En la actualidad se abusa de su concesión, eso sí en sus cualidades más bajas. Se vienen concediendo simplemente por hacer lo que se debe y se tiene que hacer. Esto no debería ser así, porque para ello se recibe un sueldo.
Pues bien, una vez reducidas a dos los tipos de felicitaciones públicas a recibir, se debería recuperar la distinción más policial de todas sin ninguna duda: El Galón de Mérito.
Esta recompensa quedó instaurada para el Cuerpo de Seguridad (la Policía Nacional de la actualidad) mediante R.D. de 5 de noviembre de 1930, tratándose de una distinción privativa y exclusiva del citado Cuerpo de Seguridad.
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Sargento del Cuerpo de Seguridad con Galón de Mérito (FPE) |
Es importante señalar que la misma estuvo en vigor a lo largo de 56 años, es decir, durante la II República y la Guerra Civil que produjo aquella, el franquismo, y también en el actual periodo democrático hasta el año 1986 en el que el desarrollo normativo del Cuerpo Nacional de Policía la deja en el limbo jurídico, según expresión empleada por Alberto TABOAS HERMIDA. Se debe significar que hasta la creación del Cuerpo Nacional de Policía fue una de las recompensas más apreciadas por los policías uniformados españoles, y que a pesar de no estar contemplada esta distinción en norma alguna, desde el año de la unificación policial se siguió portando en los nuevos uniformes azules por todos aquellos policías que la tenían concedida con anterioridad, produciéndose con ello una situación comprometida y parcialmente irregular.
Al momento de su creación, la distinción estuvo reservada para suboficiales, sargentos, cabos y guardias del ya citado Cuerpo de Seguridad. Consistía en una trencilla de plata de 20 mm de ancho, que se colocaba en el brazo izquierdo tanto de la guerrera como del capote, a igual distancia del hombro que del codo, en forma de ángulo de 120º, con el vértice hacia arriba y de 6 cm cada lado. Debo decir que nunca he entendido por qué solo se ponen los distintivos de brazo en un solo, y no en ambos, me parece algo poco armónico. Esta curiosa costumbre aún se mantiene viva. Debe ser para ahorrar….
Es muy importante conocer que la no concesión de una condecoración de superior categoría al policía propuesto implicaba la concesión automática del Galón de Mérito. Esto me da pie a dar comentar lo siguiente:
En diciembre de 2022 tuvimos una reunión en la Jefatura Superior de Policía los jefes de plantillas policiales de la región Castilla La Mancha con el director general de la Policía Francisco Pardo Piqueras con el objeto de tratar diversas cuestiones.
En el turno de palabra que concedió a los allí presentes, y a cuento de la no muy lejana celebración del Bicentenario policial, propuse recuperar esta recompensa tan específica. Hice una somera explicación sobre la misma con la finalidad de ir a lo esencial. Creo que el director adjunto, el cual le acompañaba, tomó alguna nota al respecto. Debo decir que planteé al director otras tres cuestiones más, ajenas a la celebración del Bicentenario y sin relación al Galón de Mérito. ¡No todos los días se tiene la ocasión de dirigirse al titular de la Dirección!
Poco tiempo después, concretamente en el mes de enero de 2023, un sindicato policial -el cual tiene una gran representatividad, pero del que no formo parte-, mediante escrito solicitó dos cosas a la Dirección General: Crear la distinción del Galón de Mérito y una comisión en el seno del Consejo de Policía para el estudio de dicha propuesta.
Nunca se volvió a saber nada más del asunto.
Creo, por dos cosas, que resucitar esta distinción policial sería un acierto.
La primera sería dar más empaque, mediante la singularidad corporativa, a una Institución de la que celebramos los 200 años desde su creación (1824), pero la segunda y más importante sería revalorizar la Cruz al Mérito Policial con distintivo blanco, la cual se concede con demasiada “prodigalidad”, y, por lo tanto, la devalúa. Esta cuestión quedaría reconducida porque este Galón de Mérito se concedería a todos aquellos funcionarios policiales que hayan sido propuestos para la citada Cruz, y que finalmente no les fuera concedida por no tener los méritos suficientes a criterio de la Superioridad. Es decir, tendría un carácter sustitutivo y automático, teniendo un baremo inferior a la Cruz Blanca pero superior al de la Felicitación Pública de mayor calidad.
Desde luego, dicha distinción se otorgaría a funcionarios de las cuatro Escalas y siete categorías en las que se estructura la Policía Nacional, y por lo tanto nunca a personal ajeno a la condición de policía.
Pues bien, hasta aquí el esbozo de una parte muy sustantiva de lo que podría constituir una revisión y actualización del sistema premial de la Policía Nacional.
En el próximo Boletín espero, si Dios lo quiere, poder hacer otros comentarios relativos a este obsoleto Sistema Premial.
Angel J. Alcázar Sempere.
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