viernes, 15 de abril de 2016

Las Placas-emblema en la Monarquía de Alfonso XIII

La Placa-insignia se ha convertido desde la creación de la Policía moderna en una constante en los Cuerpos policiales españoles, especialmente en aquellos encargados de realizar sus funciones profesionales desde el incógnito que propicia el vestir de paisano. Se trata de un elemento fácilmente identificable y que a la vez sirve para identificar a su portador quien puede mostrarla con facilidad e incluso con discreción.

La Placa-insignia, junto al carné profesional, forman ese tándem de “atributos del cargo” que tantas veces estudiamos en nuestra fase de formación como Policías y que siempre ha constituido el anhelado logro que premia no solo una dura oposición de ingreso, sino también esa fase formativa que deseamos superar lo antes posible para convertirnos, de una vez por todas, en Policías al servicio de España y de sus ciudadanos.

La Placa-insignia no es un invento reciente ni un elemento incorporado en los últimos años, su empleo vino a sustituir al Bastón que, como signo de autoridad, utilizaron los Cuerpos policiales desde sus orígenes como medio de demostración de su carácter de agente de la Autoridad; sin embargo no pretendemos ahora ahondar en sus raíces pero si hacer unos someros comentarios sobre las que utilizó el denominado Cuerpo de Vigilancia, integrante de la Policía Gubernativa, y como tal antecedente de nuestro actual Cuerpo Nacional de Policía.

El Cuerpo de Vigilancia, al igual que su hermano el de Seguridad, tiene sus inicios a finales del siglo XIX si bien su auténtica expansión por todo el territorio nacional comienza a partir de la promulgación de la Ley Orgánica de la Policía Gubernativa en febrero de 1908 y no es hasta doce años más tarde, en 1920, cuando a sus integrantes se les dota de la denominada Placa-insignia.

La Gaceta de Madrid correspondiente al día 17 de noviembre de 1920 recoge una Real Orden del Ministerio de la Gobernación, fechada el 15 anterior, por la que se regula el uso de la Placa-insignia para los componentes del Cuerpo de Vigilancia.

La Real Orden mencionada en una especie de pequeño preámbulo alude a las razones que motivan la adopción de la Placa-insignia como medio identificativo para los funcionarios, argumentando lo siguiente:

“La frecuente intervención del Cuerpo de Vigilancia, no solo en los servicios ordinarios, sino en las contiendas ciudadanas en las que la rapidez con la que se obra impide poder justificar a los funcionarios de un modo inmediato su carácter de Agentes de la Autoridad por no ser posible exhibir en el acto el Carnet de Identidad, precisa el uso de un distintivo exterior que, sin estar a la vista, pueda instantáneamente enseñarse”.

Vemos pues que se trata de buscar un instrumento de identificación lo suficientemente llamativo que sirva para demostrar ante la persona a la que se le muestra el carácter de Agente de la Autoridad de su portador, además de poder hacerlo de forma rápida y discreta. Por otra parte queda clara la intención de diseñar un objeto que pueda ocultarse fácilmente para así preservar el carácter reservado propio de la función policial, al menos en el caso del personal que viste y trabaja de paisano. Finalmente, este pequeño preámbulo, alude a la dificultad que entraña el uso del Carné profesional como medio identificativo en unas condiciones poco favorables e incluso con ocasión de la prestación del servicio ordinario.

CARACTERISTICAS DE LA PLACA-EMBLEMA MODELO 1920:

La Real Orden mencionada refiere seguidamente la descripción heráldica y características de la Placa-insignia que se adopta como reglamentaria sin que por ello quede fuera de vigencia el Carné profesional usado hasta entonces:

Placa-emblema modelo 1920 (Museo Policial de La Coruña)

“Placa de 70 milímetros de diámetro, rafagada en toda su circunferencia; en el centro una cartela esmaltada en verde y surmontada por la Corona Real; en el centro de la cartela y en el sentido vertical un bastón de mando y en cada una de las dos mitades un óvalo; estos dos óvalos llevarán, uno un ojo rafagado y otro el Escudo de España”.

Aparecen en este párrafo algunas palabras del lenguaje heráldico que conviene aclarar para una mejor comprensión del texto. De un lado el concepto de “surmontada” que se usa para definir a una pieza que tiene otra encima; por su parte “rafagada o rafagado” se aplica a la forma que adquiere el contorno de la pieza a la que hace referencia.; en cuanto a la expresión “cartela” designa una pieza en forma de rectángulo, que se pone verticalmente en el escudo; tratándose de una pieza de segundo orden.

Posteriormente, la Real Orden precitada, se refiere a las características especiales de las que se dota a cada uno de los diferentes modelos de la Placa-insignia en función de la categoría o empleo del titular de la misma.

“Director General; Subdirector; Inspectores generales; Comisarios generales y Secretarios generales, toda la Placa dorada excepto la cartela cuyo fondo será esmalte verde. Comisarios de primera, segunda y tercera, la misma Placa que anteriormente se describe pero los óvalos que van en los lados de la cartela serán de plata. Como distintivo de las tres categorías llevarán debajo de la cartela (figura 1) los Comisarios de primera dos ángulos de 20 milímetros de largo por 3 milímetros de ancho; los Comisarios de segunda un ángulo y ninguno los de tercera. Los ángulos para todas las categorías serán siempre dorados”.

Establece la Real Orden una serie de diferencias muy significativas para diferenciar la Escala Superior del resto de las categorías. En primer lugar, el “estado mayor” del Cuerpo de Vigilancia lo que hoy conocemos por la Junta de Gobierno, utilizarán una Placa íntegramente dorada salvo, como es lógico la cartela central que será esmaltada en verde, un característico color asociado a la Policía Española y hoy definitivamente perdido en nuestra uniformidad, simbología y emblemática; por su parte, los Comisarios como distintivo de su rango llevarán, excepción hecha de los de tercera clase, sendos ángulos también dorados bajo los óvalos que serán en plata en contraposición con los del cuadro directivo que los lleva en oro.

En cuanto al resto de los empleos del Cuerpo, la precitada Real Orden establece lo siguiente:

“Inspectores de primera, segunda y tercera: la Placa que se describe, toda en plata, excepto el bastón, óvalos de la cartela y ángulos que serán de oro (figura 2). El Inspector de primera llevará dos ángulos, uno el Inspector de segunda y ninguno el de tercera. Agentes, Aspirantes y Vigilante: la Placa descrita, toda en plata, excepto el bastón de la cartela y los ángulos que serán en oro (figura 3). Agentes dos barrotes oro, uno los Aspirantes y ninguno los Vigilantes”.

Como fácilmente se puede observar el diseño general de la placa juega con una serie de variantes en sus esmaltes para distinguir las categorías. Por una parte, a la Escala Superior se le asigna una Placa toda dorada estableciendo las variaciones en los óvalos de la cartela central que para unos, cuadro directivo, son dorados y para los otros, Comisarios, de color plata.

Algo similar sucede con Inspectores, Agentes y demás empleos. Para todos se diseña una placa íntegramente plateada variando únicamente los óvalos de la cartela, que serán dorados para todas las categorías de Inspector mientras que Agentes, Aspirantes y Vigilantes llevarán los llevarán en plata aunque no así el bastón que será dorado.

Por otra parte, ya desde los empleos de Comisario se establece el uso de ángulos dorados que en número de dos, uno o ninguno diferencian las tres categorías, al igual que sucede con los Inspectores y con los otros tres empleos de menor relevancia en el Cuerpo.

Seguidamente la Real Orden hace alusión al número que irá grabado en la parte posterior de la Placa y que servirá, además de para llevar el correspondiente registro, para conocer la identidad del funcionario a quien se le entrega. En cualquier caso este número no se corresponde con el número profesional del usuario, tratándose exclusivamente de un número de orden.

Finalmente, la Orden aludida, menciona como y donde debe ir colocada la Placa insignia y lo hace en los siguientes términos:

“Siempre que no sea necesario hacer ostensible dicho signo de Autoridad se llevará la Placa colocada sobre el lado izquierdo del pecho, encima del chaleco y cuando por circunstancias especiales que en Reglamento especial esa Dirección especificará sea necesario llevar permanentemente visible la Placa, se colocará en el lado izquierdo del pecho y sobre la prenda exterior que se use”.

Llama la atención la descripción que hace de la colocación de la Placa, sobre el lado izquierdo del pecho “encima del chaleco”, prenda por otra parte muy usada en la época y que van en consonancia con una norma dictada también por la Dirección General, en estos años, en la que se aludía a la forma digna de vestir de los funcionarios, no solo como signo de distinción, sino también como inequívoco reflejo de la dignidad corporativa. Igualmente, la Real Orden, prevé la posibilidad de llevar la Placa de forma ostensible si bien puntualiza que será en unas circunstancias muy concretas determinadas reglamentariamente ya que lo ordinario será portarla de forma no visible con el fin de que sus usuarios puedan pasar del todo desapercibidos en el ejercicio de su cargo.

El advenimiento de la Dictadura del General Primo de Rivera, Capitán General de Cataluña, u otras circunstancias que desconocemos provocaron que esta Placa insignia tuviera una efímera vigencia ya que tan solo fue utilizada durante tres años, es decir hasta 1923, año en que se proclama la Dictadura y en que se prescribe otra como reglamentaria para el Cuerpo de Vigilancia.

Ignoramos por tanto si esta primera Placa del Cuerpo de Vigilancia llegó a ser utilizada por todos sus componentes, popularizándose su uso entre la sociedad de la época, o simplemente fueron las Comisarías de Madrid o de las ciudades más importantes de España o aquellas más próximas a la Villa y Corte las que recibieron para sus Comisarios, Inspectores, Agentes y Vigilantes este moderno medio de identificación que ha llegado hasta nuestro días con diseños más funcionales pero con idéntica función identificativa.

CARACTERISTICAS DE LA PLACA-EMBLEMA MODELO 1923:

El 12 de septiembre de 1923 el General Primo de Rivera proclama, tras un golpe de Estado, la dictadura. Ese mismo año, concretamente el día 20 de diciembre una Real Orden modifica el diseño de la Placa insignia. Tan solo habían transcurrido, como queda dicho, tres años desde la implantación de la anterior ya descrita y de nuevo la Dirección General cambia su aspecto, una constante que ha ido asociada al devenir corporativo a lo largo de los años, al menos hasta la adopción de la actual.

Placa-emblema modelo 1923 (Museo Policial de La Coruña)

Aquel trienio, 1920-1923, resultó especialmente convulso en la historia de España. Hechos como el desmoronamiento de la Comandancia General de Melilla tras el desastre de Annual en 1921 y la fractura de la paz social provocarían, a la postre, el inicio de la decadencia de la Monarquía.

Pero volviendo a la segunda Placa-insignia, la Real Orden citada, que se iniciaba como todas ellas con la frase “S.M. el Rey (q.D.g)…”, aludía de una forma un tanto ambigua a la adopción de la nueva Placa como reglamentaria:

“… declarar obligatorias para los funcionarios de la Policía que se citan a continuación y como signo característico de Autoridad, a más del carnet hoy en uso, las placas siguientes…”

No deja de ser sorprendente que esta Orden no haga mención alguna a la anterior Placa con frases tales como “para sustituir” o “dejando sin efecto el uso de la hasta ahora reglamentaria”, etc. Todo ello hace suponer que su utilización no fue generalizada como sí lo era el carné profesional al que alude expresamente.

Por otra parte continúa en la misma línea de diferenciar la Placa según los empleos, prueba de ello es la utilización del plural al referirse a su adopción como reglamentaria utilizando la expresión “… Placas siguientes”.

En este sentido la Real Orden establece lo siguiente a la hora de hacer la descripción de la nueva Placa-insignia:

“Director General de Seguridad: Placa de seis centímetros de diámetro, ragafado, octogonal dorado; como centro de la Placa, el escudo de España esmaltado, surmontado de una corona e inscrito en un círculo esmaltado en verde, sobre cuyo círculo irá esmaltado el toisón; este círculo verde, a su vez, estará inscrito esmaltado en blanco, que llevará en letras doradas Director General de Seguridad. Todo este círculo orlado del Collar de Carlos III”.

Vista la descripción de la Placa observamos que nos encontramos con un diseño algo más pequeño que el anterior, concretamente un centímetro menos de diámetro lo que la convierte en más manejable y más fácil de ocultar. Vuelve a ser rafagada, igual que la precedente, otra constante que, de una u otra forma se observa en todas las Placas insignia usadas hasta la fecha, salvo en las establecidas en 1931; 1938 y 1973. De igual modo se insiste en el color verde, característico de la Policía Española y que ha estado presente, al menos en los Cuerpos de paisano, hasta 1986.

Aparecen en este nuevo diseño dos variantes importantes que se incorporan al escudo nacional con relación a la anterior. De un lado el Toisón de Oro y de otro el Collar de Carlos III, dos de las Ordenes más importantes de España.

El Toisón de Oro es una orden civil y de caballería fundada en 1429 por el Duque de Borgoña y Conde de Flandes, Felipe III de Borgoña. El gran maestrazgo correspondía al rey de España por bulas de los pontífices Gregorio XIII, de 1574 y de Clemente VIII de 1600. Al casar la heredera de la corona borgoñona, María con el archiduque Maximiliano I de Austria, la orden quedó vinculada a la Casa de Austria, y posteriormente a los Austrias españoles, heredándola la Corona española. Desde Felipe I hasta nuestros días, la totalidad de los Reyes de España, salvo Amadeo de Saboya, fueron Grandes Maestres de la Orden. Cargo que también ocupó D. Juan de Borbón desde 1941 a 1977 fecha en la que el gran maestrazgo recayó en la figura de S.M. Don Juan Carlos I. El Toisón de oro figura en el escudo de Armas tanto de S.M. el Rey como en el de S.A.R. el Príncipe de Asturias.

En cuanto a la Real y Distinguida Orden Española de Carlos III fue establecida por el Rey de España Carlos III, mediante Real Cédula de 19 de septiembre de 1771 con el lema «Virtuti et merito», con la finalidad de condecorar a aquellas personas que se hubiesen destacado especialmente por sus buenas acciones en beneficio de España y la Corona. Desde su creación, es la más distinguida condecoración civil que puede ser otorgada en España. Aunque se encuentra dentro de la categoría de las Ordenes Militares desde su creación, formalmente se convirtió en orden civil en 1847.

La Real Orden continúa con la descripción de las diferentes Placas: “Subdirector General. Placa de seis centímetros de diámetro, rafagado, octogonal dorado; como centro de la placa el escudo de España, surmontado de una corona e inscrito en un círculo esmaltado en verde, que a su vez estará inscrito en un círculo esmaltado en blanco, que llevará en letras doradas la leyenda Subdirector general de Seguridad. Todo este círculo orlado de una palma de oro y una rama de laurel esmaltada en verde”. Una Placa similar a la descrita será la usada por los Jefes Superiores con la única variante de la leyenda en la que figurará Jefe Superior de Policía. Igual sucede con los Comisarios Generales que utilizarán la misma Placa pero con las siguientes variantes: “… el rafagado será de plata en vez de dorado, en el círculo esmaltado en blanco Dirección General de Seguridad, suprimiendo las palmas de la anterior categoría, y en la parte inferior del escudo una chapa dorada formando semicírculo, con las letras esmaltadas en negro: Comisario General. Existe una variante para el Secretario General que llevará esa leyenda en lugar de la anterior con el mismo diseño de Placa.

La Real Orden prosigue aludiendo a las usadas por los Comisarios, Inspectores, Agentes y Vigilantes. En relación con los primeros la define de la siguiente forma: “Igual que la anterior; los que tengan mando llevarán sobre el rafagado y horizontalmente debajo del centro, en letras doradas, la palabra Comisario, fácilmente adaptable a la placa, para que pueda quitarse cuando no ejerza mando directo” (figura 4). En cuanto al resto de los empleos prevé el uso de la misma Placa con la leyenda Dirección General de Seguridad (figura 5).

Como puede deducirse con la atenta lectura de la Orden precitada se vuelve a jugar con los colores oro y plata para diferenciar las categorías aunque se introduce una importante variante en la Placa de los Comisarios que la modifica en función de tener o no mando directo sobre Unidades.

Con relación a la forma de colocarla no existen sustanciales diferencias con respecto a la Orden de 1920, insistiendo que se llevará sobre en el lado izquierdo del pecho sobre el chaleco. También vuelve a referirse a la numeración de las Placas, de forma correlativa, para su fácil registro. Finalmente incide en la obligatoriedad de la devolución de la Placa insignia a la Dirección General con ocasión del cese en el ejercicio de las funciones.

La traza de estas dos Placas tuvo vigencia a lo largo de once años ya que en 1931, con el advenimiento de la II República, el diseño de la insignia policial fue modificado desapareciendo de ella toda la simbología monárquica, sin embargo constituyen un importante retazo de nuestra historia corporativa al ser las dos primeras Placas insignia utilizadas por un Cuerpo, el de Vigilancia, del que somos herederos, además de un elemento consustancial a la función policial que ha llegado con vigencia hasta nuestros días.

BIBLIOGRAFIA:

“Policía Española. Nota e imágenes”. Miguel Camino del Olmo y otros. Madrid 1999
“Historia de la Policía Española”. Julio de Antón. Madrid 2000
Boletín Oficial del Estado. Gaceta de Madrid
Otras fuentes

José Eugenio Fernández Barallobre,
(artículo publicado en la revista "Policía")

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