domingo, 14 de diciembre de 2025

Distintivos de la División de Formación y Perfeccionamiento

Del boletín "Emblema" de diciembre, tomamos este artículo de nuestro gran amigo y colaborador Simón Javier Iglesias Andrés.

Este mes, al igual que las últimas veces, os traigo información sobre los nuevos distintivos de función, permanencia y brazo de la división de Formación de Perfeccionamiento, de los que ya he tenido la suerte de conseguir uno de cada para mi colección particular.

Sé que muchos de los coleccionistas agradecéis que os vayamos publicando las Órdenes Generales, Resoluciones, etc. que van saliendo para que cuando consigáis una pieza para vuestra colección, podáis documentarla correctamente. Seguiremos haciéndolo en este boletín en la medida de lo posible.

Como curiosidad, comentaros que el fabricante del distintivo de permanencia que he conseguido, no se ha adaptado a la realidad y ha tenido la equivocación de fabricarlo con el rafagado en dorado, cosa que está equivocado, ya que como podréis leer más adelante, el rafagado del distintivo de permanencia en de color plata. Me quedo con el igualmente, aunque cuando se fabrique uno correctamente, lo adquiriré y lo añadiré a mi colección.

Resolución de 1 de julio de 2025. De la Dirección General de la Policía Por la que se regulan los distintivos de función y permanencia de la División de Formación y Perfeccionamiento.

La Ley Orgánica 9/ 2015 de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional, establece su artículo 23, que el personal integrante de la Policía Nacional, con carácter general, actuará de uniforme sobre el que portará, además de las divisas de su categoría y el emblema o placa emblema, aquellos distintivos que se establezcan reglamentariamente.

El Real Decreto 1484/1987, de 4 de diciembre, sobre normas generales relativas a escalas, categorías, personal facultativo y técnico, uniformes, distintivos y armamento del Cuerpo Nacional de Policía, vino a establecer, entre otros aspectos, el carácter mayoritariamente uniformado del mismo y la necesidad de determinar las divisas y distintivos correspondientes a la escala y a categorías de la Policía Nacional.

La Orden INT/430/2014, de 10 de marzo, por la que se regula la uniformidad en el Cuerpo Nacional de Policía, autoriza a la persona titular de la Dirección General de la Policía para dictar cuántas disposiciones requiere su aplicación, así como establecer los distintivos de aquellos servicios y unidades que lo precisen.

Las especiales circunstancias y características que concurren en el personal destinado a la División de Formación y Perfeccionamiento, cuya labor se proyecta y traduce en un sistema formativo acorde con las necesidades que la función policial demanda como servicio público, sirvieron de base para la creación, por un lado, del distintivo específico de profesorado y determinado personal adscrito a la referida División mediante Resolución de esta Dirección General de 11 de febrero de 1999 y, por otro, del distintivo del personal del Cuerpo Nacional de Policía adscrito al denominado entonces Centro de Formación y de los Inspectores y Policías, alumnos durante el tiempo que ostenten tal condición, mediante Resolución de esta Dirección General de 4 de diciembre de 1996.

El tiempo transcurrido y la experiencia acumulada desde la publicación de tales resoluciones, así como la aparición de nuevos criterios en materia de distintivos tras la aprobación del anteriormente referida Orden INT/ 430 /2014, aconsejaron a la confección de una nueva regulación en la cuestión, a cuyo efecto se publicó la Resolución en este Centro Directivo, el 14 de noviembre del 2014.

No obstante, lo anterior, advertidas en esta resolución disparidades con la normativa de rango superior vigente en la materia, se hace aconsejable la publicación de una nueva en la que se dé estricto cumplimiento de los principios que inspiran dicha normativa, al tiempo que se procede a la derogación tanto la referida Resolución de 14 de noviembre del 2014 como la de 4 de diciembre de 1996 y 11 de febrero de 1999.

Por su parte, y además de complementar estas finalidades, se ha procedido a la implementación del distintivo defunción con la creación de otro de permanencia propio, que identifique y reconozca los servicios prestados por el personal funcionario perteneciente a la Policía Nacional, que hubiese desempeñado determinados puestos de trabajo en la División de Formación y Perfeccionamiento, una vez que haya abandonado ésta.

Paralelamente a lo anterior, razones de seguridad jurídica aconsejan unificar la regulación de ambos distintivos de función y permanencia en un mismo instrumento jurídico, para lo cual se procede, mediante la presente resolución, a la expresa derogación de la ya citada de 11 de febrero de 1999, regulando asimismo su contenido en la resolución que ahora se aprueba.

En virtud de lo expuesto, en uso de las facultades que le atribuye la Orden INT/430/2014, de 10 de marzo, esta Dirección General, oído el Consejo Policía, ha resuelto:

PRIMERO.- Distintivo de función.

Al objeto de distinguir Y reconocer los servicios prestados por el personal de la Policía Nacional que desarrolla sus funciones en la División de Formación y Perfeccionamiento, se regula el distintivo defunción, cuyo diseño y característica serán los que se determinen en el anexo de esta resolución.

Este distintivo podrá ser utilizado por el personal de la Policía Nacional destinado en la División de Formación y Perfeccionamiento durante el tiempo que permanezcan en dicho destino.

El derecho al uso de este distintivo defunción generará, en su caso, derecho a ostentar el distintivo de permanencia en la División de Formación y Perfeccionamiento de acuerdo con lo dispuesto en la presente resolución, para el personal destinado en la misma.

El personal de la Policía Nacional que ocupe puestos de trabajo de delegado/ a de formación dada su dependencia funcional, podrá hacer uso del distintivo en su modalidad de brazo, si bien no generará derecho para el distintivo de permanencia.

El derecho a usar los distintivos defunción no precisará autorización previa.

SEGUNDO.- Distintivo de permanencia.

1- Se crea el distintivo de permanencia en la División de Formación y Perfeccionamiento. El diseño y características de éste se determinan en el ANEXO de esta resolución.

2. El personal funcionario de la Policía Nacional que haya desempeñado un puesto de trabajo en la División de Formación y Perfeccionamiento durante un periodo mínimo de 3 años consecutivos, tendrá derecho a ostentar el precitado distintivo de permanencia en la División de Formación y Perfeccionamiento, cuya modalidad será de pecho.

3. El distintivo de permanencia no se podrá ostentar simultáneamente con el distintivo de función. En caso de tener derecho a ambos, solo se ostentará el de función.

4. La autorización para ostentar el distintivo de permanencia se otorgará mediante resolución de la Dirección General de la Policía, a propuesta de la división de personal, conforme al mecanismo establecido la normativa que regula el derecho al uso de los distintivos.

5. Anualmente se publicará, en la Orden General de la Dirección General de la Policía, la relación nominal del personal a quien se le haya concedido autorización para el uso de citado distintivo.

TERCERO.- Lugar de exhibición de los distintivos de función y del distintivo de permanencia.

Los distintivos creados en la presente resolución y acordé a las previsiones del artículo 24 de la Orden INT/ 430 /2014, de 10 de marzo, se exhibirán del siguiente modo:

a. El defunción - modalidad de brazo -. se colocará en la manga derecha de la prenda exterior de los uniformes de trabajo, así como en las prendas de abrigo, asimilar altura que es distintivo general del brazo de la Policía Nacional situado en la manga izquierda.

b. Los distintivos de función y de permanencia, en su modalidad de pecho se colocarán, exclusivamente, en la tabla central del superior izquierdo, de los uniformes de gala o representación. Nunca se exhibirán en el de gran gala.

CUARTO.- Derogación.

A la entrada en vigor de la presente Resolución, quedan derogadas las siguientes disposiciones:

Resolución de 4 de diciembre de 1996, de la Dirección General de la Policía, por la que se crea el distintivo de personal del Cuerpo Nacional de Policía adscrito al Centro de Formación y de los Inspectores y Policías Alumnos durante el tiempo que ostenten tal condición.

Resolución de la Dirección General de la Policía, de 11 de febrero de 1999, por la que se crea el distintivo específico del profesorado y personal determinado del Cuerpo Nacional de Policía adscrito a la División de Formación y Perfeccionamiento.

Resolución de la Dirección General de la Policía, de 14 de noviembre del 2014, por la que se crea el distintivo de permanencia del personal del Cuerpo Nacional de Policía adscrito a la División de Formación y Perfeccionamiento.

QUINTO.- El tiempo durante el que el personal al que se refiere la Resolución de la Dirección General de la Policía, de 11 de febrero de 1999, por la que se crea distintivo específico del profesorado y personal determinado del Cuerpo Nacional de Policía adscrito a la División de Formación y Perfeccionamiento, hubiera hecho uso, por así corresponderle, del distintivo al que la misma se refiere, le será computable a los efectos de generar el derecho a ostentar, en su caso, el distintivo de permanencia adscrito en el Anexo de la presente Resolución.

SEXTO.- La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en la Orden General de la Dirección General de la Policía.

Madrid, a 1 de julio del 2025.

Anexo

A) DISTINTIVO DE FUNCIÓN LA DIVISIÓN DE FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO – MODALIDAD BRAZO.

1- Descripción.

Escudo español redondeado con campo azul y fileteado en dorado, conteniendo su parte superior central, leyenda con las siglas “DFP” en dorado y en el centro alegoría de “MINERVA” orlada con dos ramas de laurel unidas por sus troncos, nervadas y frutadas, todo un dorado.

2- Composición.

PVC Inyectado sobre una base de fieltro o tejido similar con el fondo de color azul marino Su fijación será por termo-fusión, velcro o cosido.

3- Modelo:

 

Modalidad de brazo

B) DISTINTIVO DE FUNCIÓN LA DIVISIÓN DE FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO – MODALIDAD DE PECHO.

4- Descripción.

Escudo español redondeado con campo esmaltado en azul y fileteado en dorado, conteniendo en su parte superior central leyenda con las siglas “DFP” en dorado y en el centro alegoría de “MINERVA” orlada con dos ramas de laurel unidas por sus troncos, nervadas y frutadas, todo en dorado.

5- Composición.

Sobre base metálica esmaltada. Con la alegoría de “MINERVA” superpuesta en una sola pieza y de leyenda de “DFP” incrustada. El reverso liso con sistema de sujeción por imperdible o presillas

6- Modelo.

Función (col. Simón Javier Iglesias Andrés)

C) DISTINTIVO DE PERMANENCIA DE LA DIVISIÓN DE FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO.

1- Descripción.

Escudo español redondeado con campos esmaltado en azul y fileteado en dorado, conteniendo en su parte superior central, leyenda con las siglas de “DFP” en dorado y en el centro alegoría de “MINERVA” orlada con dos ramas de laurel unidas por sus troncos, nervadas y frutadas, todo en dorado.

 En la parte exterior del escudo, redondeándolo y saliendo del mismo, un haz de rayos de esmalte de color plateado.

2- Composición.

Sobre base metálica esmaltada con la alegoría de “MINERVA” superpuesta en una sola pieza y la leyenda de “DFP” incrustada. El reverso liso con sistema de sujeción por imperdible o presillas.

Permanencia (col. Simón Javier Iglesias Andrés)

Simón Javier Iglesias Andrés.

 

 

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