miércoles, 2 de abril de 2025

El sistema premial en la Policía Nacional. Revisión necesaria (II)

Del boletín "Emblema" de abril, tomamos este artículo de nuestro gran amigo y compañero el Comisario (H) Angel José Alcázar Sempere.

En el diario digital “La Razón” de 17 de febrero de este año se dice que el Ministerio de Interior lleva más de un año bloqueando la reforma de la polémica ley de concesión de medallas de la Policía Nacional. Igualmente se dice que existe un borrador “metido en un cajón”.

Por otra parte, la Confederación Española de Policía (CEP) denuncia que la ley del año 64 es un despropósito porque sigue amparando un sistema de recompensas que no está presidido por la transparencia y la objetividad. También dice ese sindicato policial: “décadas dando oxígeno a una ley moribunda que todos los policías sabemos que hay que cambiar”.

Desde luego, está claro que la norma ha quedado obsoleta y se debería haber actualizado hace muchos años. Cualquier observador se preguntaría si después de más de sesenta años esta norma cumple adecuadamente con el objetivo de reconocer con justicia, suficiencia y amplitud las conductas, servicios o actuaciones meritorias que los miembros de la Policía Nacional realizan en el siempre complicado escenario de la Seguridad Pública.

En el boletín del mes anterior, dije lo deseable que sería recuperar el Galón de Mérito instaurado en noviembre de 1930 en el Cuerpo de Seguridad. También hablé de las felicitaciones públicas y la conveniencia de reducirlas a solo dos tipos.

Por orden de importancia en la introducción de modificaciones, en segundo lugar y después de recuperar el Galón de Mérito sería eliminar la concesión de cualquier tipo de condecoración policial a personal ajeno a la Policía Nacional.

Una vez llegados a este entendimiento, sería conveniente crear un reconocimiento exclusivo para personal ajeno al Cuerpo con la finalidad de reconocer a personas que por sus actuaciones meritorias se consideren merecedoras del mismo. Creo que lo más razonable sería que este reconocimiento no llevase aparejada cantidad económica alguna.

En tercer lugar, se debería crear una condecoración al Valor Policial. Mi opinión es que no se deberían premiar conductas puntuales y valerosas con las medallas del llamado Mérito Policial. Creo que el mérito policial debería estar referido a servicios prolongados en el tiempo y/o complejos, con resultados brillantes, excepcionales o de gran trascendencia y que supongan fatiga en su ejecución.

La medalla al Valor Policial debería concederse en casos en los que en un momento puntual haya estado en peligro la vida o la integridad personal de un agente de la Policía Nacional y su acción haya ido más allá del cumplimiento del deber. Esta circunstancia de coraje excepcional y valentía debería quedar holgadamente acreditada mediante un expediente riguroso elaborado al efecto en la División de Personal. Esta condecoración llevaría aneja una cantidad económica significativa y por una sola vez, dada la importancia de lo que ha estado en juego como hemos dicho anteriormente. Desde mi punto de vista, nada tiene que ver el mérito policial con el valor policial.

Pongamos un ejemplo: Policía franco de servicio que se tira a las vías del metro para salvar la vida de una persona que ha caído a las mismas.

Recordemos que hace algunos años este tipo de actuaciones se dieron con cierta frecuencia. Para su concesión sería indiferente, en principio, que se estuviera de servicio o no. Desde luego, el ir uniformado y por lo tanto de servicio, es circunstancia que obliga muchísimo más que si se está franco de servicio.

Cabría la posibilidad de otorgar dicha condecoración solo a los agentes que se encuentran de servicio, dejando a Protección Civil y otras organizaciones o instituciones de carácter estatal, espacio para que los mismos otorguen lo que pudiera corresponder por norma. Para ello, habría que instar las modificaciones pertinentes con antelación (a la par que se elabora la nueva norma de carácter policial) con algunos organismos pertenecientes a las estas estructuras del Estado, creyendo que en lo que pudiera referirse al Ministerio del Interior, no debería suponer obstáculo. De cualquier modo, este punto requiere un análisis más profundo.

Como curiosidad, comentaré que el mismo sindicato policial al que me referí en el artículo anterior, también envió un escrito al director general de la Policía (con fecha de enero de 2023) solicitando que se contemplasen para la condecoración a la Dedicación al Servicio Policial, a aquellos funcionarios que alcanzasen los 40 años de servicio efectivo. Es algo muy lógico y razonable, además de justo, pues más dedicación habrá tenido el que lleve cuarenta años que el que lleve treinta y cinco, Perogrullo dixit.

Actualmente se viene premiando a los funcionarios que lleven 20, 25, 30 y 35 años de servicio. Dicho reconocimiento viene regulado por la Orden INTERIOR N.º 1409/2011 de 10 de mayo, y fue objeto de ligera modificación por la Orden INTERIOR N.º 1805/2012 de 20 de julio.

Por último y como resumen a los dos artículos referidos a la necesidad de actualizar el Sistema Premial en la Policía Nacional, se trataría- como mínimo- de realizar las siguientes actuaciones:

Primera. - Recuperar el Galón de Mérito; medalla privativa y exclusiva de la Policía española.

Segunda. - Simplificar la concesión de las felicitaciones Públicas, reduciéndolas a dos tipos.

Tercera. - Eliminar la concesión de cualquier tipo de condecoración policial a personal ajeno a la Policía Nacional.

Cuarta. - Crear un reconocimiento exclusivo para personal ajeno al Cuerpo de la Policía Nacional, lo cual se deriva del punto anterior.

Quinta. - Crear una condecoración específica al Valor Policial.

Estoy absolutamente convencido de que algún día, la Dirección General de la Policía pondrá en orden este necesario y deseado asunto.

Angel J. Alcázar Sempere.

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