domingo, 5 de noviembre de 2023

Sección de la Guardia Civil Veterana de Manila (1872-1898)

Nuestro buen amigo, compañero y colaborador José Luis Calvo Pérez, nos remite este interesante trabajo.

Con independencia de la Guardia Civil creada en Filipinas por Real Orden de 24 de marzo de de 1868 –a la cual más adelante dedicaremos otro esbozo-, el Gobierno Superior civil en el año 1871 sienta las bases para la reforma de la Policía de Manila, con la constitución de un nuevo cuerpo denominado “Sección de la Guardia Civil Veterana de Manila”, organizada militarmente y con reglamento propio, en cuyo instituto se refundirán las fuerzas destinadas en la capital para la conservación del orden público y observancia de los reglamentos de policía y vigilancia. Así pues, mediante Real Orden de 2 de abril de 1872 se crea el cuerpo propuesto, el cual deberá empezar a prestar servicio en la capital a partir del 1º de julio de este mismo año.

Capitán graduado de Comandante, Jefe de la GCV


Comandante Jefe de la GCV con su Ordenanza

Por Superior Decreto de 11 de junio de 1872 es aprobado con carácter interino el Reglamento para la Guardia Civil Veterana de Manila, en cuyo preámbulo se expresa que, reconocida la ineficacia del Cuerpo de Vigilancia Pública de esta capital, así como la de organizar este servicio con una fuerza reglamentada militarmente, por lo que el Gobierno Superior Civil en uso de la atribución que el Gobierno Supremo le ha concedido por Real Orden núm. 361, de 6 de abril anterior, de acuerdo con la Capitanía General resuelve:

Chapa de ceñidor de Oficial de Infantería (R.O. de 18 de agosto de 1877)


Chapa de ceñidor de Tropa

1º. A finales de junio queda suprimido el Cuerpo de Vigilancia Pública de Manila, compuesto de un comisario, diez celadores y veinte vigilantes, que se declaran cesantes por reforma.

2º. En la misma fecha queda también suprimido el Tercio de Policía civil de Manila.


Modelos de botón de la GCV

3º. Para la conservación del orden público y observancia de los reglamentos de policía y vigilancia de esta capital y arrabales, se crea la Sección de Guardia Civil Veterana, que comenzará a funcionar el 1º de julio. Este Cuerpo dependerá de la Capitanía General y Subinspección del Ejército en todo lo concerniente a organización, disciplina y personal y del Gobierno Civil y del Corregimiento respecto a su servicio, acuartelamiento y percibo de haberes, bajo la alta inspección del Gobierno Superior Civil.

4º. La Sección de la Guardia Civil Veterana se compondrá de un capitán, seis tenientes, seis alféreces, tres sargentos 1ºs, nueve sargentos 2ºs, doce cabos 1ºs, setenta y dos guardias de 1ª clase y doscientos cincuenta de 2ª del Arma de Infantería y un sargento 2º, un cabo 1º y 12 guardias de Caballería.

Capitán de la GCV con capacete modelo 1871 y con las nuevas divisas de empleo establecidas por R.D. de 25 de septiembre de 1884 (acuarela de Cusachs)

5º. La Sección de la Guardia Civil Veterana para el servicio de su instituto, se fraccionara en seis subdivisiones, cada una de las cuales se compondrá de un teniente, un alférez, dos sargentos, dos cabos 1ºs y el número de guardias que requiera el distrito en el que han de prestar el servicio.

6º. Los oficiales y tropa se regirán por las disposiciones del reglamento formado por la Capitanía General, que al efecto se aprueba interinamente.

7º. Los individuos de la Guardia Civil Veterana obtendrán las mismas recompensas, preeminencias y ventajas que los del Tercio de la Guardia Civil.


8º. Los oficiales de la GCV pertenecerán al Ejército.

9º. El alistamiento de los guardias deberá ser voluntario, siendo preferidos los que causen baja en los Tercios de la Guardia Civil; los que de estos Tercios una vez extinguido el tiempo de su empeño quieran pasar por reenganche a la GCV; los cumplidos del Ejército con buenas notas en sus licencias y, a falta de los anteriores, se reemplazarán las bajas con individuos de la Guardia Civil. Asimismo, podrán ser admitidos los individuos del Tercio de Policía civil que mejores condiciones reúnan.

Guardia indígena con el modelo de capacete establecido en la Cartilla de uniformidad de 1887

10º. A todos los que ingresen en la GCV se les acumulará el tiempo que hubieran servido en otros institutos para optar a premios, retiros y demás derechos pasivos.

11º. El Comandante de la GCV tendrá a su cargo la oficina de Vigilancia Pública Central y los comandantes de las subdivisiones las de las Celadurías de su distrito.

Por Real Orden de 20 de febrero de 1874 se dispone que el mando de la Guardia Civil Veterana fuese ejercido por un Comandante.

Teniente de la GCV con uniforme de 1878 (se destaca que el monograma que aparece sobre la bolsa de pienso, no responde al modelo de la Guardia Civil Veterana)

Referente al uniforme que debería usar este cuerpo, en un principio, no se había dispuesto nada al respecto, por lo que todo quedaría supeditado al vestuario que marque la Cartilla de Uniformidad para el Ejército de Filipinas que se redacte al efecto. Con este objeto, el Capitán General encarga a una Junta de Jefes la redacción de la preceptiva Cartilla de Uniformidad, que es publicada en 1887, por lo que el vestuario de la Sección de la Guardia Civil Veterana queda establecido de forma muy similar al de las prendas de los Tercios, pero con las diferencias siguientes:

Capacete: En un principio se usó el modelo establecido para el Ejército por el reglamento de 25 de agosto de 1871 con cimera, de cartón fieltro charolado de negro, con funda de lienzo blanco, escarapela nacional al costado izquierdo con el monograma GCV, de metal blanco y sobrepuestas las divisas del empleo, formadas con galón de plata alrededor del casco y tocando la visera. En caso de lluvia, se usara sin funda blanca, estampando en su frente, las letras GCV, con corona real encima, siendo sustituido más tarde por el modelo de estilo inglés establecido por la Cartilla de Uniformidad aprobada en 1887. Este capacete presenta visera y cogotera más prolongada que el anterior, suprimiéndose la cimera. Los oficiales llevaban el emblema sobre chapa metálica rodeada de laureles al frente.


Emblema estampado, por sistema de estarcido, sobre la funda de hule del capacete modelo 1871

Oficiales: Levita de paño azul tina, con cuello vuelto a la marinera de paño grana, abrochada con siete botones de metal blanco con el monograma GCV. Hombreras de cordón de plata. Tres sardinetas de galón de plata doble con el centro negro, colocadas horizontalmente y cosidas sobre paño grana, la primera entre el 1º y 2º botón, la segunda entre el 3º y 4º la tercera entre el 5º y 6º. En la bocamanga, también de paño grana, tres sardinetas del mismo galón hasta la altura de las divisas. Divisas de plata y cordones de hilo de plata iguales a los que usan los tercios de la Guardia Civil, con cabete de plata o metal blanco. Pantalón azul con franja encarnada y para gala pantalón blanco.

Chapa frontal para el capacete mod. 1878 (por debajo de la corona real lleva la escarapela nacional, viéndose esta salir por encima de la corona solo la mitad superior)

Tropa: levita igual que los oficiales, pero con sardinetas de galón encarnado en el centro y de algodón o estambre blanco en la bocamanga. Botón blanco con el monograma GCV. Pantalón los mismos que visten los oficiales.

Cinturón: Para oficiales igual que el de infantería, de charol negro, con chapa circular dorada y en el centro escudo sobrepuesto de metal blanco y para la tropa de cuero negro, con chapa rectangular de metal blanco con el monograma GCV.

Oficiales de la GCV con el nuevo uniforme

En 1897 se realizaron cambios sustanciales en la uniformidad anterior, consistentes, entre otras pequeñas reformas, en la supresión de las sardinetas horizontales que figuraban en el frente y bocamangas de la levitas de oficiales y tropa, siendo sustituidas por otras de galón, en forma de sardinera terminada en punta, con un botón en el remate, de plata para los oficiales y de algodón para la tropa, colocadas sobre el cuello de la expresada prenda. Estos uniformes fueron estrenados el 24 de octubre de 1897, festividad de San Rafael, patrón de la Guardia Civil Veterana de Manila, durante la gran parada militar celebrada en el Campo de Bagumbayan.

Escudo de Lealtad de la Guardia Civil Veterana


El 20 de octubre de 1897 el Gobernador General de Filipinas, de acuerdo con el Capitán General y el Jefe del Ejército de la Isla, dictó el Decreto siguiente:

Escudo de Lealtad (dibujo del autor)


1º. Se crea con destino a los individuos de la Guardia Civil Veterana de tropa indígena un distintivo que se denominará “Escudo de Lealtad”, para recompensar los servicios especiales y conducta ejemplar de dicho Instituto.

2º. El escudo será bordado en seda de los colores nacionales y llevará como lema en la parte superior “Guardia Civil Veterana” y en la inferior “Lealtad”.

3º. Tendrán derecho a dicho distintivo, así los que se hallen en filas en el día de la fecha como los que habiendo prestado servicios durante el tiempo que sufrió alteración el orden público hayan sido baja por causa del servicio y seguido observando una conducta intachable.

Por Real Orden de 29 de enero de 1898 (1) se aprueba la creación del distintivo propuesto para la Guardia Civil Veterana de Filipinas por sus servicios y lealtad con que ha procedido durante la pasada insurrección del archipiélago.

La insignia fue costeada por suscripción e impuesta a todos sus miembros durante la parada militar celebrada en el Campo de Bagumbayan el día 24 de octubre de 1897, es decir, tres meses antes de su aprobación definitiva.

Como colofón a todo lo anterior, se inserta lo que, en píe de página, expresa el Padre Agustino D.Teófilo Aparicio sobre la GCV (2).

“La Guardia Civil Veterana de Filipinas se distinguió siempre por su amor a España, a la que sirvió con fidelidad heroica en los días tristes de la revolución. Su eficaz intervención en los sucesos de Cavite del año 1872, en la revolución del 1 de mayo del 88 y, finalmente, la actividad desplegada en el descubrimiento y batida de los secuaces del Katipunan, no dejan lugar a duda, mereciendo que se la recuerde con admiración y cariño por todos los buenos españoles”.

Notas:

1. Colección Legislativa del Ejército num. 31.

2. APARICIO, Teófilo: “Informe sobre el estado de las Islas Filipinas, por el Ilmo. Sr. D. Fr. Casimiro Herrero, obispo de Nueva Cáceres”. Archivo Agustiniano, volumen LII , núm. 1, de enero-abril de 1958, pág. 273.

José Luis Calvo Pérez.

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