jueves, 2 de junio de 2016

Distintivo de permanencia en las Vascongadas (1980)

En 1980 se crea, para el personal de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, el distintivo de permanencia en el País Vasco.

La creación de este distintivo se produce con motivo del cese del General de División, José Antonio Sáez de Santamaría, Inspector General de la Policía Nacional, como Delegado Especial del Gobierno para la seguridad en las Provincias Vascongadas y su objetivo es distinguir al personal del Cuartel General de aquella Delegación, así como a las Unidades Operativas bajo su mando pertenecientes a los Cuerpos Superior de Policía, Policía Nacional y Guardia Civil que prestaban servicio, en aquellos años tan trágicos y sangrientos, tanto en las provincias de Alava, Guipuzcoa y Vizcaya, haciéndose extensiva posteriormente a Navarra.

La regulación de las normas de concesión del distintivo aparecieron publicadas en la Orden Extraordinaria nº 42 bis de la Inspección General de la Policía Nacional, de fecha 16 de noviembre de 1980.

Distintivo de permanencia en Vascongadas (Museo Policial de La Coruña)

Se concede el derecho a su concesión a Generales, Jefes, Oficiales, Suboficiales, Cabos y Policías, así como al personal de todos los empleos pertenecientes a los otros dos Cuerpos citados que lo soliciten por escrito elevado a la Autoridad referida.

El distintivo de metal, de dimensiones iguales al resto de los de emblemas de especialización vigentes en la Policía Nacional, estará constituido por el Aguila de San Juan, en oro, y sobre ella, con fondo sinople, el escudo de la Guardia Civil en oro, colocando sobre él un óvalo en plata con las iniciales "CSP", en alusión a los tres Cuerpos policiales.

Sujetada por las patas del Aguila una cinta con los colores nacionales con la leyenda "Provincias Vascongadas". En la corona del Aguila figurará otra leyenda que dice "Delegación Especial del Gobierno".

Sobre la cola del Aguila irá colocado el rombo que distingue a los Generales de División del Ejército.

La Orden dispone, igualmente, que el emblema se portará en el uniforme en las mismas condiciones que el de permanencia en el Cuerpo.

(Información facilitada por Simón Javier Iglesias Andrés) 


3 comentarios:

  1. Todo está conforme a la Orden citada, teniendo en cuenta que lo que antecede está redactado -naturalmente- de forma impersonal, y la Orden, está en primera persona, dictada por el GD Sáez de Santamaría.

    En el dibujo que se inserta en la Orden, el "fondo" del distintivo, parece como rosado; pero me inclino a pensar en que debe ser oscuro como el que arriba se reproduce, o que -siendo rosado en su origen-, por el efecto del tiempo se ha tornado más oscuro.

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  2. Parece que conoces esa Orden extraordinaria de primera mano. Si la tienes, te agradecería que me la enviaras a mi correo profesional: gonzalez.delgado@dgp.mir.es
    Muchas gracias

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  3. Como continuación a mi intervención anterior, sería deseable que si alguien dispone de la Orden en que se hace extensiva posteriormente a Navarra, lo haga saber.
    O la fecha de tal extensión.

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