Reproducimos el editorial del boletín "Emblema", correspondiente al mes de julio.
Aunque, hasta entonces, de forma menos frecuente, desde que en 2015 se concediera a la Policía Nacional el derecho al uso de la Bandera Nacional (R.D. 927/2015, de 16 de octubre), la exigencia de realizar formaciones estáticas para la rendición de honores a la Bandera, se hizo más habitual, especialmente desde la entrega a muchas de las Jefaturas Superiores de Policía y a la Escuela Nacional de Policía su correspondiente enseña, de acuerdo con lo previsto en el R.D. de referencia.
Esta nueva situación ha exigido que, en las formaciones estáticas que se establezcan, se adopte la liturgia que corresponde, muy similar a la propia del estamento militar, con unas peculiaridades que establece el propio R.D., en su artículo 3º.
Pese a que el texto refiere, expresamente, que los honores que se tributen a la Enseña Nacional no pueden considerarse honores militares; una obviedad, toda vez que la Policía Nacional no es una Institución de carácter militar. No podemos perder de vista que se trata de la rendición de honores a la Bandera de España, objeto, junto a S.M. el Rey, de los máximos que se pueden tributar en nuestra Patria.
Por ello, parece conveniente hacer una serie de consideraciones que no deberían perderse de vista a la hora de establecer una formación a la que se incorpore la Bandera.
Partamos de la base que ese absurdo eufemismo de “posición de máximo respeto”, que no es otra la de ¡firmes!, de toda la vida, ya conduce a equívocos, ya que parece tratar de relajar, de alguna manera, el objeto que se pretende. Toda vez que, una posición de “máximo respeto” es la de manos atrás y, sin embargo, en este caso se adoptará la de firmes y se efectuará, por quien corresponda, el pertinente saludo de “dedo al botón”.
Superado este primer absurdo que pretende desviar la atención, eludiendo connotaciones de carácter castrenses que, realmente, son las que deben marcar las pautas, por ser esa Institución la encargada de la custodia y honores a la Enseña Nacional, debemos de plantear otras consideraciones.
En primer lugar, el paso de la Bandera ante cualquier Policía uniformado, que no se encuentre prestando servicio de seguridad, exige, además de adoptar la posición de firmes, llevar , como queda dicho, el dedo corazón, de la mano derecha, al botón o lateral derecho de la prenda de cabeza que se use y, además de esto, a su paso frente a nosotros, realizar una inclinación en señal de respeto al máximo símbolo de la Nación.
Evidentemente, si la Bandera discurre frente a una formación, el saludo y la inclinación de cabeza solo corresponde a los jefes de las respectivas Unidades formadas que, como dicho, se mantendrá en firmes. El saludo no cesará hasta que la Bandera no se encuentre en su puesto en formación y deje de sonar el Himno Nacional.
Mención especial merece el hecho, inverso, es decir, discurrir delante de la Bandera cuando esta ocupa su puesto en formación. En este supuesto, quien discurra frente a ella, se encuentre pasando revista o no, deberá detenerse, girarse hacia la Enseña y saludarla como queda descrito.
También resulta muy interesante referirnos, brevemente, al porta Bandera. La Bandera Nacional se porta siempre con la mano derecha, sea o no diestro el porta Enseña. La bandolera cuelga del hombro izquierdo al costado derecho, nunca al revés, como hemos visto alguna vez, poniendo de manifiesto la falta de conocimiento de algo tan elemental.
De igual modo, el porta Bandera, en una formación, no adopta nunca la posición de descanso, debiendo mantener la Enseña en posición vertical y él adoptar una posición rígida.
Otra norma muy importante que debe observar el porta Bandera es que la enseña solo responde al saludo de S.M. el Rey, haciendo una muy ligera inclinación como respuesta al saludo; en los demás casos, la Enseña se mantendrá en posición vertical, siempre.
Las puestas en escena en los actos públicos son de vital importancia y ponen de manifiesto el adiestramiento y la seriedad de una Institución, de un Cuerpo. No debemos caer en el error de trivializar estos asuntos.
Se echa en falta un manual de actos en el que figuren, claramente definidas, todas sus pautas en todos y cada uno de los supuestos, ya que constituyen la imagen que proyecta la Institución que los organiza a la sociedad a la que tiene que servir
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