El Decreto 2038/1975, de 17 de julio (BOE del 3 de septiembre siguiente), aprueba el nuevo Reglamento Orgánico de la Policía Gubernativa. En sus artículos 15º, 16º y 17º y establece la orgánica de la Dirección General de Seguridad que queda como sigue:
Director General de Seguridad.
Director Adjunto.
Secretario General.
Inspector General de la Policía Armada.
Y los siguientes organismos centrales:
Inspección General de Personal y Servicios.
Comisaría General de Orden Público.
Comisaría General de Investigación Criminal.
Comisaría General de Investigación Social.
Comisaría General de Fronteras.
Comisaría General del Documento Nacional de Identidad.
Con dependencia directa del Director General, se encuentran:
Jefatura de Información.
Jefatura de Planificación y Servicios Técnicos.
Asesoría Jurídica.
Intervención Delegada de Hacienda.
Dependientes del Secretario General:
Servicio de Administración y Contabilidad.
Archivo Central.
Dependiente de la Inspección General de Personal y Servicios:
Escuela General de Policía.
Dependientes de la Jefatura de Planificación y Servicios Técnicos:
Servicio de Informática.
Servicio de Transmisiones.
Servicio de Arquitectura y Obras.
Dependientes de la Comisaría General de Investigación Criminal:
Servicio de Interpol.
Gabinete Central de Identificación.
Como Órganos colegiados presididos por el Director General:
La Junta de Seguridad.
La Junta Consultiva e Inspectora de Espectáculos.
Bajo la Presidencia del Secretario general:
La Junta Asesora de Asuntos Económicos
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