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jueves, 4 de agosto de 2016

Creación de los empleos de Subteniente y Sargento 1º en el Cuerpo de la Policía Armada (1960)

Una Orden del Mº de la Gobernación de 21 de septiembre de 1960 crea, en consonancia con lo dispuesto en la Ley 46/1960 de 21 de julio anterior (BOE del 23 de julio) por la que se crean nuevos empleos en las categorías de Suboficiales del Ejército, los empleos de Subteniente y Sargento 1º.

La citada Ley dispone que, en lo sucesivo, las Armas de Infantería, Artillería, Caballería e Ingenieros y los Cuerpos de Intendencia, Sanidad, Farmacia y Veterinaria, la categoría de Suboficial estará integrada por los empleos de Sargento, Sargento 1º, Brigada y Subteniente, asignándole, a cada uno de ellos, las correspondientes divisas y los devengos a percibir.

Igualmente, en su 14º señala que lo dispuesto será igualmente de aplicación para la Guardia Civil y Policía Armada.

Por su parte, la Orden de 21 de septiembre (BOE del 8 de octubre), dispone el ascenso, con urgencia a los nuevo empleos de Subteniente y Sargento 1º, de los Brigadas y Sargentos que reúnan los requisitos exigidos, manteniendo el destino actual de los afectados.

Divisas de Subteniente y Sargento 1º (gorra, guerrera y capote)

La Orden dispone como misiones de los empleos de la Escala las siguientes:

Subtenientes: ejercerán los mandos tácticos que actualmente señalan las plantillas vigentes, así como el mando accidental de la Sección o Unidad similar, consecuencia de la natural sucesión de mandos reglamentaria dentro del Cuerpo.

Brigadas: desempeñarán los mando tácticos, administrativos y burocráticos que se fijan en las plantillas, así como los servicios de armas y económicos que correspondan a su empleo de acuerdo con los dispuesto en las disposiciones dictadas.

Sargentos 1º: desempeñarán, con preferencia, los destinos burocráticos que las plantillas señalan para los Sargentos, así como los servicios de armas y económicos de estos de acuerdo con la normativa vigente.

Sargentos: ejercerán el mando de Unidades tácticas que determinan las disposiciones y plantillas vigentes.

La citada Orden establece, igualmente, los devengos a percibir en los nuevos empleos.

Subteniente: 

Sueldo: 16.150 pts. anuales.
Gratificación de mando: 9.600 pts. anuales
Gratificación de destino: 5.400 pts. anuales

Sargentos 1º:

Sueldo: 15.150 pts. anuales.
Gratificación de mando: 7.200 pts. anuales
Gratificación de destino: 4.500 pts. anuales

La gratificación de vestuario para todos los empleos de Suboficial del Cuerpo se fija en 3.600 pts. anuales.

Divisas de Subteniente y Sargento 1º (hombrera y galleta)

La Orden contempla también las nuevas divisas de ambos empleos que describe de la siguiente forma.

Subteniente: una estrella de cinco puntas en oro, formada por el contorno aparente del pentágono inscrito en una circunferencia de 2,5 cm. de diámetro, incluido ribete rojo de 2 mm. que lo contornee.

Sargento 1º: el galón de Sargento actualmente reglamentario en oro, adicionado con un ángulo formado con el galón de Cabo 1º, con las siguientes disposiciones:

Gorra de plato: un triángulo confeccionado con el actual galón de Sargento, con un eje sobre el vértice de simetría del frente de la gorra. Los vértices irán situados, uno, en el borde superior del cinturón, y los otros dos, en el superior del soutache de modo que queden perfectamente visibles las tres trencillas del galón.

Guerrera: el borde interior del galón de Sargento se colocará un centímetro por encima de la sangría y terminará a 9 cm. por debajo del codo. Se le adicionará un ángulo de 75 grados confeccionado con galón de Cabo 1º. Los dos vértices que limitan los bordes del galón sobre la bisectriz del ángulo de la bocamanga. Los lados desiguales, con longitudes de 3,5 y 5 cm., y el mayor de ellos dirigido a la sangría (estas medidas se entienden referidas a una manga de 55 cm. Para las distintas mangas se variarán las medidas de forma que se conserven la proporcionalidad y armonía de las dadas).

Hombreras: cuando deban llevarse las divisas sobre la hombrera se situarán a un centímetro a partir del borde del hombro, con el galón de Sargento, dispuesto normalmente al eje longitudinal de la hombrera, y unido a él un ángulo confeccionado con el galón de Cabo 1º, con los vértices sobre el citado eje una amplitud de 70 grados, y lado iguales, con una longitud de 5 cm. contados sobre el borde exterior del ángulo.

Capote: la misma disposición que en la guerrera, con los vértices del ángulo sobre la normal a la bocamanga en su punto medio.

Galleta de pecho para la colocación en las camisas reglamentarias: sobre un rectángulo gris de 12 por 6 cm. y a un centímetro del lado menos exterior, se colocarán las divisas en la misma forma y disposición que las de las hombreras, dejando 3,5 cm. entre el vértice externo del ángulo y el lado opuesto al primero.

Referencia: BOE nº 242 de 8 de octubre de 1960.

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