lunes, 19 de mayo de 2025

Formación de los Regimientos del Ejército de Reserva de Galicia (VI)

Nuestro gran amigo, compañero y colaborador José Luis Calvo Pérez, nos remite la última entrega de este interesante trabajo.

El Fidelísimo Reino de Galicia prosigue en su reiteración e insistencia de cursar las órdenes e instrucciones pertinentes a las provincias y ciudades para que procedan, sin dilación alguna, al alistamiento de soldados para poder llevar a efecto el cumplimiento de la “Instrucción para la organización de una Fuerza Militar de Reserva”, para proceder a la formación de los nueve regimientos previstos que deben constituir la expresada fuerza.

Por otro lado, como más adelante se detalla, resulta imposible que, debido al elevado número de hombres previstos para organizar y completar su fuerza –unos 18.000 efectivos-, se pudiera llevar a efecto tal cumplimiento, como así sucedió, debido principalmente a la carencia de conscriptos, así como el crecido número de desertores, lo que resultó que su establecimiento quedara en suspenso por no disponer, además, de la preceptiva real aprobación de la Junta Suprema Central y Gubernativa del Reino. Aún así, continuaron sucediéndose, durante un mes más, por parte del Reino de Galicia las órdenes sobre alistamientos y dotaciones de armamento.

Así pues, el 24 de diciembre se transmite orden al coronel del Regimiento de Reserva de Mondoñedo para que, según se vayan entregando los conscriptos, así como también los alistados, los dirija a los puntos de Manzanal y El Cebrero en partidas de quinientos hombres.

El 26 de diciembre se oficia al ayuntamiento de Pontevedra para que active el alistamiento de todos los solteros y viudos sin hijos, los cuales deberá entregar al coronel de Regimiento de Reserva de la capital, para que, una vez filiados, los dirija a los puntos señalados. Se oficia al coronel del expresado regimiento para que una vez el ayuntamiento le haya entregado los alistados, los reciba y haga marchar a los puntos de Sanabria y Valdeorras, en partidas de quinientos hombres, sin fusiles. Asimismo, se da orden al subinspector de Artillería para que entregue al coronel del Regimiento de Reserva de Pontevedra trescientos fusiles ingleses con sus correspondientes municiones.

Se da orden al subinspector de Artillería para que entreguen doscientos fusiles ingleses con sus dotaciones de munición al coronel de Regimiento de Reserva de Santiago.

El 28 de diciembre se contesta a la ciudad de Santiago que en el alistamiento ordenado deben estar comprendidos todos los mozos solteros y viudos sin hijos, desde los dieciséis a los cuarenta años y que en el reclutamiento han de ser comprendidos todos, tal como ha determinado el marqués de la Romana.

Se devuelve al coronel del Regimiento de reserva de Orense la relación de cabos propuestos para el citado regimiento, con el objeto de que se exprese la ocupación o destino que mantienen.

Se aprueba el nombramiento de los oficiales propuestos por el coronel del Regimiento de Reserva de Betanzos, los cuales deben dirigirse a los puntos de Manzanal y El Cebrero.

El 29 de diciembre se sigue insistiendo al ayuntamiento de la ciudad de Santiago deben estar comprendidos todos los mozos solteros y viudos sin hijos, desde los dieciséis hasta los cuarenta y cinco años.

Se informa al coronel del Regimiento de Tuy que los conscriptos que se dirijan a Sanabria y Valdeorras deben marchar sin fusiles y que por consiguiente alcanzan para su regimiento los ciento setenta y cinco que subsisten, así como los cuatrocientos treinta y siete procedentes de los fachos, estos sin sus bayonetas. Respecto a los ciento noventa y tres fusiles que se encuentran inutilizados, se envíen a los Reales Almacenes de Artillería.

Se oficia al coronel del Regimiento de Reserva de Pontevedra que los alistados que se le habían entregado, una vez filiados, debe dirigirlos a los puntos que se le habían señalado al efecto. Por la escasa instrucción recibida por los soldados, se hace evidente la carencia de oficiales, absolutamente precisos en estos cuerpos para seguir bajo el pie riguroso de su formación.

El 2 de enero de 1809, como consecuencia de las consultas formuladas relativas al alistamiento por los miembros de la comisión que la Junta Suprema Central les ha confiado, se resuelve responder:

1º. Que en junio del año anterior se ha decretado un alistamiento de cuarenta mil hombres para aumento del ejército.

2º. Que la Instrucción formada para la organización del Cuerpo de Reserva, que debería constar de dieciocho mil hombres y de las bases y reglas establecidas para su formación, prevenía que entrasen en este cuerpo los conscriptos que faltasen del cupo de cada provincia con el objeto de evitar la deserción, los extravíos y fraudes que se apreciaba en su remisión al ejército de operaciones, que se encontraba a más de sesenta leguas de Galicia. Aunque el Cuerpo de Reserva fue creado por el Reino de Galicia cuando éste desempeñaba las funciones de su soberanía y, por lo tanto, había nombrado a los coroneles y sargentos mayores que deberían constituir las planas mayores de los nueve regimientos que se pretendían crear, como también a algunos capitanes, ayudantes y subalternos, pero una vez instalada la Junta Suprema Central y Gubernativa del Reino el proyecto lo ha suspendido, dando cuenta a S. M. del estado en que se encontraba su establecimiento para su real aprobación, sin que hasta el momento hubiese resolución alguna al respecto, quedando por esta razón Galicia sin facultad para proceder a completarlo, limitándose tras los desgraciados acontecimientos a cursar solamente órdenes para que se reuniesen inmediatamente en las capitales los conscriptos que faltaban para que, de la mejor manera posible, se les instruyese militarmente y aún así ha tenido que vencer las dificultades que ofrecían las oficinas de la hacienda pública para el abono del prest del soldado, sobre todo por no contar con la real aprobación de la Junta Suprema Central.

Por su parte, el marqués de la Romana creyendo que el Cuerpo de Reserva estaba ya organizado, ha solicitado que este Cuerpo, junto con los cuatro mil efectivos de tropa de los regimientos de línea, marchase inmediatamente a cubrir los puntos de Manzanal y El Cebrero y que los nuevamente alistados se destinasen a Puebla de Sanabria.

El coronel del Regimiento de Reserva de Tuy, en escrito remitido al Reino de Galicia, expresa que el capitán de la compañía fija de Artillería de Vigo ha admitido en la misma a los conscriptos fugados que en relación adjunta expresa, por lo que se resuelve trasladar orden al subinspector de Artillería para que disponga que el citado capitán reintegre al citado regimiento a estos soldados advirtiéndole de que si desertan él será responsable de su abandono, previéndole, además, que no admita en lo sucesivo en su compañía semejantes reemplazos.

Se traslada orden al coronel del Regimiento de Reserva de Santiago para que disponga que D. Sebastián García Campos, profesor de la Real Universidad, se presente inmediatamente a disposición del Reino.

El 4 de enero se transmite orden a los coroneles de los regimientos de reserva para que, hasta nueva orden, suspendan el envío de más alistados a los puntos que estaban señalados y que éstos permanezcan en sus respectivas capitales, en donde recibirán la instrucción necesaria.

Por orden del marqués de la Romana, general en jefe del Ejército, se previene a los coroneles de los regimientos de reserva de Orense y Monterrey que hagan permanecer en la capital a los alistados para sus respectivos cuerpos.

El Reino, enterado de la propuesta de sargentos segundos, cabos primeros y cabos segundos realizada por el coronel del Regimiento de Reserva de Santiago el 30 de diciembre último, se acuerda trasladarle respuesta en el sentido de que se sirva para su instrucción de los conscriptos, de los que hubiese nombrado con anterioridad, así como de los Inválidos que ha ordenado agregar a cada regimiento de reserva de aquellos que han obtenido su retiro a partir de año 1806.

Se traslada orden al subinspector de Artillería para que entregue al coronel del regimiento de Reserva de Mondoñedo doscientos ochenta y nueve fusiles de calibre inglés, con sus correspondientes dotaciones, para reemplazo de los que han salido para el Ejército. Asimismo, se informa al expresado coronel que el Reino aprueba los medios de que se ha servido para enviar a los puntos de Manzanal y El Cebrero a los soldados del cuerpo de su mando, previniéndole, además, que suspenda hasta nueva orden la salida de más soldados y que a estos se les de la correspondiente instrucción por parte de los cabos y algún sargento segundo, cuyos nombramientos, así como el de seis tambores, aprueba el Reino, valiéndose igualmente para dicha instrucción de los soldados inválidos que están bajo sus órdenes.

Se contesta al Gobernador de Orense que los conscriptos procedentes de la provincia de Tuy se dispongan a las órdenes del marqués de Valladares para que reciban la instrucción conveniente. Respecto a los regimientos de reserva de Orense y Monterrey, en este día se les envía la orden correspondiente.

El día 5 de enero de 1809 cesan los registros de las actas de las sesiones de la Junta del Reino de Galicia, motivo por el cual, al carecer del correspondiente soporte documental, se ignoran las circunstancias y demás vicisitudes que, a partir de esta fecha, concurrieron en la formación de los nueve regimientos del Cuerpo de Reserva de Galicia. Se conoce, esto sí, que al quedar establecida la Junta Suprema Central y Gubernativa del Reino, la organización de los expresados regimientos quedó en suspenso.

FUENTE DE ELABORACIÓN:

AHN. Junta de Galicia. Actas de las sesiones de la Junta del Reino de Galicia, constituida por los diputados de las siete ciudades. Signatura: ESTADO, 76, A.

José Luis Calvo Pérez.

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