Páginas

miércoles, 21 de abril de 2021

Ley de 22 de diciembre de 1953 por la que se modifican las plantillas del Cuerpo General de Policía

El Boletín Oficial del Estado, de fecha 24 de diciembre de 1953, publica la Ley de 22 de diciembre de 1953 por la que se modifican las plantillas del Cuerpo General de Policía.

El texto de la disposición señala:

Articulo primero.—A partir de primero de enero de mil novecientos cincuenta y cuatro, las denominaciones, plantillas y haberes del Cuerpo General de Policía serán las que siguen:

100 Comisarios Principales, a 27.300 pesetas.
150 Comisarios de 1ª clase, a 24.500 pesetas.
500 Comisarios de 2ª clase, a 22.500 pesetas.
640 Inspectores-Jefes, a 20.000 pesetas.
800 Inspectores de 1ª clase, a 18.000 pesetas.
2.060 Inspectores de 2ª clase, a 16.800 pesetas.
2.000 Inspectores de 3ª clase, a 13.000 pesetas.
450 Subinspectores de 1ª clase, a 11.760 pesetas.
608 Subinspectores de 2ª clase, a 10.080 pesetas. .

Total: 7.208 efectivos.

Artículo segundo.- Se establece la amortización en el Cuerpo General de Policía de mil ciento sesenta y ocho plazas, la cual será llevada a efecto desde primero de enero próximo en la forma que a continuación se expresa:

Durante diez años quedarán amortizadas cuatro vacantes anuales de Comisarios Principales, cinco de Comisarios de primera, diecisiete de Comisarios de segunda, cuatro de Inspectores Jefes y ochenta y seis de Inspectores de segunda clase, y con ocasión de las primeras vacantes, ocho de Subinspectores de segunda clase.

Las amortizaciones en todas las categorías y clases serán efectuadas en las primeras vacantes que se produzcan cada año. Las demás vacantes que resulten serán cubiertas conforme a las normas actualmente en vigor.

Artículo tercero.- Al final de la amortización, las plantillas del Cuerpo General de Policía quedarán integradas del modo siguiente:

Escala de mando

60 Comisarios Principales.
100 Comisarlos de 1ª clase.
380 Comisarios de 2ª clase.

Total escala: 540 efectivos.

Escala de ejecución

600 inspectores Jefes.
800 Inspectores de 1ª clase.
1.200 Inspectores de 2ª clase.
2.000 Inspectores de 3ª clase.
450 Subinspectores de 1ª clase.
600 Subinspectores de 2ª clase.

Total escala: 5.650 efectivos.

Total: 6.190 efectivos.

Artículo cuarto.- Se autoriza al Ministro de la Gobernación para dictar las instrucciones que puedan ser necesarias al cumplimiento, desarrollo e interpretación de esta Ley.

Dada en el Palacio de El Pardo a veintidós de diciembre de mil novecientos cincuenta y tres.

No hay comentarios:

Publicar un comentario