El Boletín Oficial del Estado, de fecha 24 de diciembre de 1953, publica la Ley de 22 de diciembre de 1953 por la que se modifican las plantillas del Cuerpo General de Policía.
El texto de la disposición señala:
Articulo  primero.—A  partir  de  primero  de  enero  de  mil  novecientos  cincuenta  y  cuatro,  las  denominaciones,  plantillas  y  haberes  del  Cuerpo  General  de  Policía  serán  las  que  siguen:
100  Comisarios  Principales,  a  27.300  pesetas.
150  Comisarios de  1ª clase,  a  24.500 pesetas.
500  Comisarios  de  2ª clase,  a  22.500  pesetas.
640  Inspectores-Jefes,  a  20.000  pesetas.
800  Inspectores  de  1ª clase,  a  18.000  pesetas.
2.060  Inspectores  de  2ª clase,  a  16.800  pesetas.
2.000  Inspectores de  3ª clase,  a  13.000  pesetas.
450  Subinspectores  de  1ª clase,  a  11.760  pesetas.
608  Subinspectores  de  2ª clase,  a  10.080  pesetas.  .
Total: 7.208 efectivos.
Artículo  segundo.- Se  establece  la  amortización  en  el  Cuerpo  General  de  Policía  de  mil  ciento  sesenta  y  ocho plazas,  la  cual  será  llevada  a  efecto  desde  primero  de  enero  próximo en  la  forma  que  a  continuación  se  expresa:
Durante  diez  años  quedarán  amortizadas  cuatro  vacantes  anuales  de  Comisarios  Principales,  cinco  de  Comisarios  de  primera,  diecisiete  de  Comisarios  de  segunda,  cuatro  de  Inspectores  Jefes  y  ochenta  y  seis  de  Inspectores  de segunda  clase,  y  con  ocasión  de  las  primeras  vacantes,  ocho  de  Subinspectores  de  segunda  clase.
Las  amortizaciones  en  todas  las  categorías  y  clases  serán  efectuadas  en  las  primeras  vacantes  que  se  produzcan  cada  año.  Las  demás  vacantes  que  resulten  serán  cubiertas  conforme  a  las  normas  actualmente  en  vigor.
Artículo  tercero.- Al  final  de la  amortización,  las  plantillas  del  Cuerpo  General  de  Policía  quedarán  integradas  del  modo  siguiente:
Escala  de mando
60  Comisarios  Principales.
100  Comisarlos  de  1ª clase.
380  Comisarios de  2ª clase.
Total escala: 540 efectivos.
Escala  de  ejecución
600  inspectores  Jefes.
800  Inspectores  de  1ª clase.
1.200  Inspectores  de  2ª clase.
2.000  Inspectores  de  3ª clase.
450  Subinspectores  de  1ª clase.
600  Subinspectores  de  2ª clase.
Total escala: 5.650 efectivos.
Total: 6.190 efectivos.
Artículo  cuarto.- Se  autoriza  al  Ministro  de  la  Gobernación  para  dictar las  instrucciones  que  puedan  ser  necesarias  al  cumplimiento,  desarrollo  e  interpretación  de  esta  Ley.
Dada  en  el  Palacio  de  El  Pardo  a  veintidós  de  diciembre  de  mil novecientos cincuenta  y  tres.
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