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miércoles, 18 de octubre de 2017

Festividad del Santo Angel (1931)

La fotografía, extraída del Archivo Municipal de La Coruña, recoge la salida de la iglesia de San Jorge tras la celebración de la Misa en honor al Santo Angel de la Guarda, Patrón de la Policía Gubernativa.


Esta fotografía creemos que corresponde con la festividad celebrada el 1º de marzo de 1931 y en ella se observa al Capitán jefe del Cuerpo de Seguridad en La Coruña, Benjamín Conde González, acompañado de mandos del Cuerpo de Vigilancia y otras Autoridades.

Santo Angel de 1931 (Archivo Municipal de La Coruña)


Este Capitán de Infantería, de la Escala de Reserva Retribuida, accedió al Cuerpo de Seguridad con fecha 18 de agosto de 1930 lo que descarta totalmente que pueda tratarse de otra celebración del Santo Angel que no sea la de 1931 ya que con la proclamación de la II República estas manifestaciones religiosas fueron suprimidas.

La iglesia de San Jorge, situada en las proximidades del Palacio Municipal y ubicada en la plaza donde durante años se alzaron las Casas Consistoriales de La Coruña, era el templo en el que habitualmente se celebraban las funciones religiosas de más relieve de la ciudad. Por otra parte, tanto la Comisaría de Vigilancia como el Cuartel y Prevención del Cuerpo de Seguridad se hallaban en el ámbito de esta Parroquia, razón más que suficiente para utilizar este marco como escenario de la celebración.

Llama la atención la uniformidad que viste el Capitán que no se corresponde con la descrita en el Reglamente Orgánico de la Policía Gubernativa de 1930, último que hace referencia a la uniformidad del Cuerpo de Seguridad en el reinado de D. Alfonso XIII, que solo hace mención a los uniformes de las modalidades de "diario" y "gala", haciendo una clara diferencia entre las situaciones de "estando de servicio" o "no estando de servicio"; incluso tampoco se corresponde con la prevista, en el citado Reglamento, para asistencia a "actos sociales" ya que no se dan las circunstancias a las que se refiere el texto legal.


Creemos que la explicación hay que buscarla en el Reglamento de Vestuario dictado para el Ejército en 1926, que hace referencia a las modalidades de "gala y media gala" con el uniforme kaki y de "gala y media gala" con el uniforme de paño.

Pese a que el llamado "uniforme único" o kaki no fue nunca de aplicación para el Cuerpo de Seguridad, como tampoco lo fue para otros Cuerpos e Institutos del Ejército, si se pudo autorizar, siguiendo los mismos criterios que para el uniforme kaki, a vestir una serie de prendas - gorra en lugar de ros; pelliza en lugar de capota; hombreras en lugar de dragonas; etc.- constituyendo una suerte de uniforme de "media gala" de acuerdo con las pautas dictadas para el uniforme kaki en el Ejército. 

La pregunta que cabría hacerse es si la celebración del Santo Angel, como Patrono de los Cuerpos policiales, conllevaba el uso de la uniformidad de gala; creemos que más bien correspondería el de "media gala", ya que estaban fijados unos días concretos para el uso de la uniformidad de gala, o el previsto para asistencia a "actos sociales", motivo por el cual, al igual que en gala, la fuerza formada, en esta misma fecha, en el exterior de la iglesia de San Jorge y cuya fotografía figura en otra entrada de este blog, lo hace con guantes blancos y los Suboficiales y Sargentos con el casco reglamentario en lugar de la gorra de plato. 

Probablemente esa sea la razón de porqué el Capitán y el Teniente que figura tras él, vistan esta uniformidad que se podría considerar de "media gala" ya que tampoco se trata de la prevista para la asistencia a determinados actos sociales que prevé el Reglamento de 1930 ya citado que habla de la capota como prenda de abrigo y cuando el personal civil vista de etiqueta.

Otra explicación, además de la citada en el sentido de que el uniforme dictado para la celebración del Patrón fuese el de "media gala", es que al coincidir la celebración del Angel de la Guarda de 1931 en domingo, se trasladasen los actos al lunes, día 2, motivo por el cual la uniformidad adoptada fuese diferente a como correspondería si los actos se celebrasen en su fecha.   


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