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miércoles, 4 de octubre de 2017

El primer grave error (1933)

Uno de los graves errores de la II República, que tuvo muchos aunque algunos se obstinen en tratar de presentar aquellos años aciagos como los más pujantes, más dulces y casi únicos de la Historia de España, fue el traspaso de las competencias en materia de policía y orden público a la Generalidad catalana a quien, en otro error clamoroso, se le había otorgado el autogobierno por una Ley de 15 de septiembre de 1932.


En abril de 1931 tras la proclamación de la República consecuencia de unas elecciones municipales que fueron ganadas en toda España de forma abrumadora por los Partidos monárquicos, en Cataluña se proclama la República catalana. Pese a todo, de forma transitoria se establece la Generalidad como órgano provisional del gobierno. 

Tras la promulgación de la Ley de 1932, a la que hemos hechos referencia, un Decreto del Gobierno de la República fechado el 15 de noviembre de 1933 transfiere a la Generalidad de Cataluña los servicios encomendados de los Cuerpos de Investigación y Vigilancia y Seguridad, en virtud de lo dispuesto en el Decreto de 29 de agosto anterior en el que se fijan las etapas para la transferencia de los servicios de Policía y orden público a la Generalidad de Cataluña.

Esta transferencia se realiza en virtud de lo dispuesto en el artículo 8º , del Estatuto en cuyo párrafo segundo se señala: "Corresponden a la Generalidad todos los servicios de policía y orden interior de Cataluña", quedando fuera de este ámbito todos los servicios de seguridad púbica de carácter extrarregional o suprarregional; la policía de fronteras, inmigración, emigración, extranjería y régimen de extradición y expulsión, como señala el párrafo primero de este mismo artículo.

Se crea como órgano superior de la dirección de los servicios policiales en Cataluña la Comisaría General de Orden Público al mismo nivel que la Dirección General de Seguridad.

Dentro de las disposiciones referentes al Cuerpo de Investigación y Vigilancia, el artículo 2º del Decreto de transferencia señala, entre otras cosas, que la organización de los servicios de policía en la región corresponden a la Generalidad y que el personal del Cuerpo destinado en Cataluña podrá optar por permanecer al servicio del Estado o pasar a depender del gobierno catalán. El Decreto continúa desarrollando los detalles relativos a número de efectivos, convocatoria de vacantes entre el personal no destinado en Cataluña, normas de coordinación y relación entre ambas administraciones, etc.

En cuanto al Cuerpo de Seguridad se traspasan, igualmente, todos los servicios que hasta entonces tenía asumidos este Cuerpo en territorio catalán, permitiendo al personal que opte, en el plazo de treinta días, a seguir prestando servicios al Estado o pase a prestarlos a la Generalidad.

Igualmente se permite que soliciten destino en Cataluña, con ocasión de vacante, aquellos Suboficiales, Sargentos, Cabos y Guardias que se encuentren destinados en otras Regiones de España.

La Generalidad tendrá capacidad para cesar, igual que sucedía con el personal del Cuerpo de Vigilancia, a elementos de todos los empleos del Cuerpo de Seguridad que se encuentren a su servicio, reservándose la capacidad de nombrar a los Jefes y Oficiales que considere oportuno.

El personal del Cuerpo de Seguridad al servicio de la Generalidad vestirá la misma uniformidad y utilizará las mismas divisas y distintivos que el resto del personal del Cuerpo si bien la Generalidad podrá disponer la creación de un emblema propio que se añadirá al uniforme.

Finalmente, en el apartado de disposiciones comunes se habla de la mutua colaboración entre el personal destinado a una u otra Administración, puntualizando que cuando el Gobierno de la República intervenga en el mantenimiento del orden público en Cataluña la dirección de los servicios de policía y todas las demás Autoridades encargadas de su ejecución quedarán subordinadas al Ministro de la Gobernación. 

Señalar finalmente que, tras los luctuosos sucesos de octubre de 1934 en que se proclamó la fallida República catalana, con fecha 24 de noviembre siguiente, un Decreto dispone que la dirección de todos los servicios de policía y orden público transferidos a la Generalidad pasan a ser nuevamente asumidos por el Gobierno de la República.

No hemos podido determinar el número total de personal transferido a la Generalidad si bien el número de efectivos del Cuerpo de Seguridad se cifra, según varios autores, en 3.200 hombres que, en octubre de 1934, se pusieron mayoritariamente a las órdenes de la Autoridad militar y por tanto del Gobierno de la República.

Desgraciadamente no supimos captar el mensaje, ni aprender la lección y esta misma historia está al borde repetirse.

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