El Reglamento de Uniformidad para el Ejército de Tierra de 1943, de aplicación también en determinados aspectos en el Cuerpo de la Policía Armada y Tráfico dado su carácter militar, prevenía los días anuales en que la fuerza observaría uniformidad de gala.
Estas fechas se dividían en dos. De un lado las Fiestas Nacionales:
1 de abril; 19 de abril; 2 de mayo; 18 de julio; 1 de octubre y 20 de noviembre.
Y de otro las de carácter religioso:
1 de enero; 6 de enero; Corpus Christi; Jueves y Viernes Santo; 25 de julio; 8 de diciembre y 25 de diciembre
A estos hay que añadir el día de celebración del Patrón o Patrona de cada una de las Armas y Cuerpos que, en el caso de la Policía Armada, era el 1º de marzo, festividad del Santo Angel de la Guarda.
Esta uniformidad de gala admitía dos modalidades, "en formación" y "en paseo".
La gala en formación para Jefes y Oficiales incluía las siguientes prendas:
Gorra o casco de guerra (si se ordena); guerrera cerrada para gala; pantalón "breeche"; bota de montar; espuelas plateadas para gala (las plazas montadas); bandolera dorada; ceñidor dorado; sable con fiador y tirante de gala; guantes blancos de cabritilla o gamuza y capote si se ordena en cuyo caso la bandolera se colocará sobre él. El ceñidor siempre sobre la guerrera.
La gala en paseo para Jefes y Oficiales comprendía gorra; guerrera cerrada para gala; pantalón "breeche"; bota de montar; espuelas plateadas para gala (las plazas montadas); Banda o Cordón; ; ceñidor dorado; sable con fiador y tirante de gala; guantes blancos de cabritilla o gamuza; Bastón de Mando quien tuviese reglamentado su uso; capote (a voluntad) e impermeable (a voluntad).
La uniformidad de gala se utilizará durante todo el día.
Igualmente este uniforme se vestirá en aquellos actos de gala a los que asista el Jefe del Estado y cuando así lo determine la superioridad.
Las Guardias militares que entren de servicio en día prevenido como de gala usarán esa modalidad hasta el relevo del día siguiente.
No hay comentarios:
Publicar un comentario