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martes, 26 de abril de 2016

Vino nuevo en ánforas viejas (más de 100 años de la historia de las Unidades de Intervención Policial)

Hoy en día es habitual y frecuente ver patrullando por las calles de nuestras ciudades o prestando servicio en los grandes acontecimientos de masas a efectivos de las Unidades de Intervención Policial (U. I.Ps.) del Cuerpo Nacional de Policía.


Dispositivos de la envergadura de la Conferencia de Paz de Oriente Medio; la Olimpiada de Barcelona 92; la cumbre Iberoamericana; las cumbres europeas; las visitas del Papa o la boda de SAR el Príncipe de Asturias, han servido para que la imagen, cada vez más cotidiana, de estos hombres y mujeres de la Policía Española se proyecten a la sociedad nacional.


Bien podemos asegurar que cualquier acontecimiento que se celebre en nuestro territorio y sea capaz de concitar la presencia de un importante número de personas tiene, como exponente de su seguridad, a efectivos de las U.I.Ps.

Intervención callejera del Cuerpo de Seguridad (prensa de la época)

Todo ello sin contar, como es lógico, con los servicios policiales de carácter ordinario que prestan cada día: prevención de delincuencia; operaciones antiterroristas; operativos antidroga; patrullaje por las ciudades; mantenimiento y restablecimiento del orden público y un largo etcétera, que las convierten ya en Unidades insustituibles.

Las Unidades de Intervención Policial nacen, como tal, en diciembre de 1989, sin embargo hasta llegar a esta fecha hay una larga historia de Unidades policiales dedicadas, con carácter preferente, al mantenimiento del orden público y la seguridad ciudadana, así como a garantizar el orden en grandes concentraciones de masas, interviniendo inclusive en trágicos momentos de nuestra historia reciente en que sonaron los tambores de guerra; en resumen, una larga historia que comienza desde el momento que se siente la necesidad de dotar a los Cuerpos policiales con un instrumento eficaz y útil capaz de prevenir las alteraciones del orden y, en su caso, restablecerlo.

La Sección Especial del Cuerpo de Seguridad

Empecemos, pues, por el que consideramos, a nuestro juicio, el embrión de este tipo de Unidades. 

Pese a que muchas voces autorizadas sitúan su antecedente más remoto en la llamada Sección de Gimnasia del Cuerpo de Seguridad, creemos que hay un antecedente algo más lejano en el tiempo y por él será por el que iniciemos la andadura.

Tras la promulgación de la Ley de Policía Gubernativa de febrero de 1908 que supone, en la práctica, el nacimiento de la moderna Policía Española y a la vista de la panoplia de servicios que se asigna al Cuerpo de Seguridad, surge de inmediato la necesidad de crear una Unidad capaz de afrontar una serie de misiones, muy especialmente en la Capital de España, que exigen lo que podríamos considerar unas aptitudes específicas en el personal que la integra; nace entonces la denominada "Sección Especial" dentro del precitado Cuerpo de Seguridad.

Madrid, como Capital de España, concitaba la presencia del mayor contingente de fuerzas de este Cuerpo al disponer de un total de diez Compañías distribuidas en los diez Distritos policiales en los que se dividía la ciudad; por otra parte, el hecho de ser la sede de la Corte, convertía a la Capital en la urbe española en la que tenía lugar el mayor número de actos de Estado, así como aquellos otros de carácter social a los que concurría un mayor número de público por ser la ciudad con la densidad de población más elevada de España. El análisis de estos factores generó la necesidad de crear la llamada "Sección Especial".

El Reglamento del Cuerpo de Seguridad promulgado en abril de 1908 determina la creación de esta Unidad que, con dependencia directa del Jefe de Cuerpo, quedará a las órdenes del Capitán Ayudante; el Reglamento establece una composición variable, oscilando en función de las necesidades del servicio, compuesta, con carácter fijo, por un Sargento y un Cabo, así como por los Guardias primeros y segundos que se establezca, eligiéndolos de entre los más altos, de mejor constitución física, mayor aire marcial y más vigorosos de todas las Compañías, lo que ya de por sí indica lo que se pretende con esta Unidad que no es otra cosa que crear una especie de "Compañía de Granaderos o de Preferencia", de tanta tradición en el estamento militar, al menos durante los siglos XVIII y XIX, que encuadradas en los Regimientos de Línea se nutrían con el personal más aguerrido y con mejor preparación física de todo el Cuerpo y eran empleadas en la vanguardia, en los puestos de mayor riesgo.

El mismo Reglamento determina las funciones de la Sección Especial señalando que será la encargada de formar los Piquetes en las procesiones de Viernes Santo, Dos de Mayo y Corpus Cristi y en todos aquellos actos que por su importancia lo requiera; operando igualmente en motines y alteraciones del orden, acudiendo a los puntos donde su presencia se considere necesaria y siendo también la destinada de prestar servicio en los teatros principales y en las corridas de toros por ser estos espectáculos los que concitaban la presencia de un mayor número de público.

En cualquier caso, como veremos más adelante, la entidad de fuerza de esta Sección variaba en función del servicio a prestar. Con relación a lo exiguo que se nos antoja la plantilla fija de un Sargento y un Cabo dispuesta en el Reglamento, creemos que esta se vería aumentada en relación con el personal que en cada caso se adscribiera a la Sección. Todo ello nos lleva al convencimiento que la denominación de esta Unidad no se corresponde en absoluto con la entidad de las homónimas del Ejército de Tierra, obedeciendo más bien al nombre específico con que se designó a la Unidad fuese de la entidad de fuerza que fuese.

Por todo ello, cada vez que las circunstancias así lo aconsejaban, dada la magnitud del acontecimiento, además de disponer de la Sección Especial, caso de no ser esta suficiente se optaba por detraer fuerzas del servicio ordinario para poder atender con cierta holgura el normal desarrollo del acto en cuestión, garantizando el orden público en la mejor medida posible.

Hay que tener en cuenta que en una ciudad como Madrid era habitual que se celebrasen actos de Estado o de la Corona con la presencia de las más altas Magistraturas de la Nación, con S.M. el Rey a la cabeza, lo que obligaba a retirar el servicio ordinario de las calles de los Distritos en más ocasiones de las deseadas. 

Sin embargo este sistema de detraer fuerzas de las Compañías de los Distritos no sólo para crear la Sección Especial, sino también para atender cualquier servicio que provocase una gran concentración de público, no resultó tan eficaz como era de esperar, al menos no tan popular como sería deseable; una prueba de ello la encontramos algo menos de dos años después, con motivo del regreso a Madrid de las fuerzas expedicionarias participantes en la victoriosa Campaña de Melilla de 1909, tras los tristes sucesos del Barranco del Lobo con motivo de las operaciones en el Gurugú, llevadas a cabo de julio de ese año, donde jugó un papel destacado la Brigada de Cazadores de Madrid que, al frente del General Pintos Ledesma, sufrió importantes pérdidas en esta acción en la que finalmente se contabilizaron algo más de 650 bajas, entre muertos y heridos, entre ellas la del propio General.

Concluida la campaña, con éxito para nuestras armas, el sábado 22 de enero de 1910 tuvo lugar la entrada triunfal de estas fuerzas desfilando por las principales calles de la Capital de España, entre muestras de júbilo por parte de las miles de personas que acudieron a recibirles.

Como venía siendo habitual, cada vez que tenía lugar en Madrid un acontecimiento de esta envergadura, se planteó de nuevo la posibilidad de retirar la práctica totalidad del servicio de los diferentes Distritos para centrar todos los esfuerzos en la atención al acontecimiento que se iba a desarrollar, aun a sabiendas que tal medida provocaría gran disgusto entre la ciudadanía al quedar la distintas demarcaciones a merced de los delincuentes que campaban a sus anchas. Por ello, en aquella ocasión, el Jefe Superior de Policía de Madrid, el General Méndez Alanis, ordenó una redistribución de los efectivos manteniendo en sus Distritos al servicio ordinario y empleando los francos de servicio, un tercio del total, para atender el de carácter extraordinario.

Esta medida resultó del agrado de la mayoría de los ciudadanos que vieron que su seguridad no quedaba al albur de una eventualidad puntal, como había sucedido en anteriores ocasiones; pese a todo, alguno de los periódicos de Madrid propuso, en sus columnas, la necesidad de crear una Brigada Central de Seguridad que, ajena a las Compañías adscritas a los Distritos, fuese destinada, prioritariamente, a atender espectáculos, mítines, concentraciones de masas o alteraciones del orden, empleándola en rondas y patrullaje de refuerzo por los Distritos cuando no concurriese ninguna de las circunstancias citadas; un proyecto que tardó muchos años en hacerse realidad, manteniéndose, entre tanto, como única Unidad de reserva, sin que lo fuese en sentido estricto, la Sección Especial con una composición variable como hemos indicado.

Una prueba de que esta Sección, con el mismo sistema de extracción de sus componentes, siguió operativa a los largo de los años del reinado del S.M. el Rey D. Alfonso XIII, la tenemos en mayo de 1923 con motivo de la visita que SS.MM. los Reyes cursaron a Valencia; en aquella ocasión se desplazaron desde Madrid dos Secciones de Caballería al mando de un Oficial, así como una Compañía de infantería integrada por 90 Guardias de la Sección Especial.

Suponemos que de acuerdo con las necesidades operativas y dada la entidad de esta Unidad de refuerzo, así variaría también el número de Sargentos y Cabos, incrementándolos en proporción al número de Guardias destacados a Valencia.

Aunque no tenemos constancia, es fácil deducir que durante la Dictadura del General Primo de Rivera se convirtiese en práctica frecuente el envío de fuerzas de la Sección Especial con motivo de los desplazamientos de la Real Familia fuera de Madrid ya que este personal estaba acostumbrado a dar cobertura al Rey en los actos celebrados en la Corte; en cualquier caso, este tipo de servicios se convertirán en una constante hasta nuestros días destinando para ello a diferentes Unidades policiales de carácter especial, quedando regulado, como veremos, por el Reglamento de la Policía Gubernativa de 1930. 

Con relación a este Reglamento, su Capítulo II, que se encarga de definir los servicios a prestar por el Cuerpo de Seguridad, establece que existirá en Madrid una Sección Especial encargada de prestar servicio cerca de la familia Real en los distintos sitios a los que acuda siempre que salga de Palacio. Esta unidad se compondrá de un Suboficial o un Sargento; dos Cabos y el número de Guardias, todos ellos elegidos y sin nota desfavorable, que el Jefe disponga, quedando a las órdenes del Capitán Ayudante quien les transmitirá las precisas para la distribución de los servicios.

Como se advierte, la filosofía con la que se creó la Sección Especial en 1908 cambia radicalmente en este nuevo Reglamento, dejando como función primordial y única la de servir de escolta a la familia Real, indicando que le acompañará en todos los desplazamientos que realice fuera de Palacio. Esto significa que tanto en Madrid como fuera de la Capital, efectivos de esta Unidad acompañarán a S.M. el Rey y a su familia.

La redacción del Reglamento parece indicar que si bien el Suboficial o Sargento y los Cabos están adscritos permanentemente a la Unidad, no así los Guardias que serán elegidos, en número que aconseje cada servicio, entre los de la guarnición de Madrid, con lo cual sí se mantendría el sistema de selección heredado de 1908, no suponiendo, en ningún caso, un incremento de fuerza presenta en la Capital. 

La Sección de Gimnasia del Cuerpo de Seguridad

Pero si el Reglamento de 1930 disponía del mantenimiento de la Sección Especial, encomendándole de manera expresa la seguridad de SS.MM. los Reyes, el nombramiento del General Emilio Mola Vidal a la cabeza de la Dirección General de Seguridad trajo como consecuencia la creación de otra Unidad, dentro del Cuerpo de Seguridad, acorde con las necesidades del momento y que ponía las bases para otras unidades que se irían creando poco a poco.

La Sección de Gimnasia 1930 (Revista Serga)

Fue sin duda la situación nacional, plagada de desórdenes y algaradas callejeras en las vísperas de proclamación de la II República, la que obligó, al General Mola a crear dentro del Cuerpo de Seguridad, en el contexto de la guarnición de Madrid, la denominada Sección de Gimnasia.

Aquella Sección, integrada inicialmente por 25 Guardias al mando de un Oficial, pretendía ser la punta de lanza para la represión de los desordenes públicos empleando unos medios menos lesivos que los utilizados hasta entonces. De esta suerte, apareció lo que se convertiría, con el paso del tiempo, en un elemento consustancial a las Unidades policiales uniformadas: “la defensa” o “porra” que, junto con el empleo de los gases lacrimógenos, reemplazarían, al menos hasta que la situación se tornase en crítica, a machetes, sables y pistolas que constituían los elementos de represión de disturbios por excelencia hasta entonces.

Llama la atención que estos medios, que sin duda dulcificaban de alguna manera los empleados hasta ese momento en materia de mantenimiento del orden público y que significaban toda una novedad en nuestra Patria, eran ya utilizados con amplia difusión en otras Policías del mundo, especialmente las de nuestro entorno.

Lo cierto es que aquella Sección de Gimnasia se gestó como embrión de otras fuerzas de mayor entidad pero el advenimiento de la II República, con los cambios que operó en toda la sociedad española y como no en su Policía, echó al traste, al menos en parte, aquel proyecto al ser cesado Emilio Mola como Director General.

El “bautismo de fuego” de la Sección de Gimnasia tuvo lugar en la tarde/noche del 24 de Marzo de 1931; aquella tarde, un Pelotón de esta Sección, armado con sus defensas reglamentarias, tuvo que emplearse a fondo para reprimir unos graves desordenes que se produjeron en la madrileña calle de Atocha y de los que fueron protagonistas los estudiantes de la vecina Facultad de Medicina de San Carlos que irrumpieron, con toda violencia, contra la fuerza; esa misma noche, la calle de la Montera fue testigo del empleo, por vez primera, de gases lacrimógenos para restablecer el orden y obligar a dispersarse a un nutrido grupo de personas allí concentradas, logrando con éxito el objetivo propuesto.

A partir de esta fecha y muy especialmente en las jornadas previas a la instauración de la II República, la Sección de Gimnasia, participó, activamente, en el restablecimiento del orden público en todos los desordenes de los que fue escenario la Capital de España, manteniendo esta actividad hasta hacerse efectivas las reformas policiales promovidas por el primer Gobierno de la citada II República.

La Sección de Vanguardia y Asalto y las Compañías de Asalto 

Con el advenimiento de la II República en abril de 1931, se crean, en el Cuerpo de Seguridad, las Secciones de Vanguardia y Asalto. La primera de estas Secciones, herederas de la Sección de Gimnasia y sin duda nutrida con una parte de sus componentes, se constituye al poco de proclamarse el régimen republicano. Es el 16 de mayo de 1931 cuando al tomar posesión de la Dirección General de Seguridad Angel Galarza, hace público su proyecto de crear una Sección de Asalto, dentro del Cuerpo de Seguridad, compuesta por 80 individuos, de edad no superior a 30 años, colocando a su frente a un Oficial con el empleo de Capitán, auxiliado por dos Tenientes y cuatro Brigadas; el proyecto se pone en marcha al día siguiente, domingo 17 de mayo.

Días después, concretamente el día 30 del mismo mes, se presentó oficialmente la Unidad en un acto celebrado en la capital de España bajo la presidencia del Director General de Seguridad. En esta presentación la fuerza asistió con el único camión de transporte rápido disponible que había sido adquirido para el Cuerpo de Seguridad y presentado en Madrid en abril de 1922.

Llama la atención que pese a tratarse de una unidad de entidad Compañía, integrada según el organigrama por dos Secciones, siga denominándose, en estos primeros momentos, Sección de Asalto lo que de alguna manera nos indica que esta nueva unidad hereda de alguna manera los principios doctrinales de sus antecesoras. 

El "bautismo de fuego" de la Sección de Vanguardia y Asalto tuvo lugar pocos días más tarde, el 6 de julio, cuando sus efectivos tuvieron que intervenir en una huelga violenta de los empleados de la Compañía Telefónica cuyos actos de fuerza tuvieron por escenario las calles del centro de Madrid.

Cuerpo de Seguridad y Asalto (colección particular)

El Director General encomendó al prestigioso Teniente Coronel de Infantería Muñoz Grandes la organización de estas nuevas Unidades del Cuerpo de Seguridad lo que trajo como lógica consecuencia un cambio completo no sólo en la doctrina sino también en la forma de entender este tipo de unidades de ahí su posterior articulación en entidades de mayor envergadura tipo Compañía y tipo Batallón, denominados Grupos de Asalto, compuestos por tres Compañías de fusiles y una de Especialidades, dotadas estas con armamento colectivo e incluso, a partir de principios de 1936, con los vehículos blindados "Bilbao"; también, para completar la necesaria motorización de estas Compañías y, en consecuencia, de los Grupos recibieron, a lo largo de estos años, furgonetas con capacidad para un Pelotón reforzado y vehículos faetones para el patrullaje ordinario y el transporte por Escuadras, así como camiones lanza-aguas. 

Constituidos los Grupos de Asalto, se procedió a su despliegue por todo el territorio nacional atendiendo conceptos de operatividad; de esta forma se tendió a distribuirlos por las zonas estratégicas de mayor conflictividad potencial, en función de la densidad de población o de una más elevada concentración del tejido industrial. 

En estos años de vigencia de la II República, hasta el estallido de la guerra civil, se crearon un total de dieciséis Grupos cuyas cabeceras quedaron fijadas en Madrid (1º, 2º y 3º); Bilbao (4º); Sevilla (5º); Valencia (6º); Zaragoza (7º); La Coruña (8º); Málaga (9º); Oviedo (10º); Badajoz (11º); Valladolid (12º); Murcia (13º) y Barcelona (14º, 15º y 16º), todos ellos formados por las Compañías correspondientes.

Hay constancia que, con posterioridad, se crearon en Valencia los Grupos 17º y 18º, probablemente con ocasión de hallarse el Gobierno de la República en aquella localidad levantina.

La intervención de estos Grupos resultó vital para la República en unos años de gran convulsión político-social en España, en vísperas de la contienda civil de 1936; sirvan como ejemplos la participación en los sucesos de Casas Viejas en enero de 1933 o en la llamada Revolución de Asturias de octubre de 1934, cuya valerosa intervención le valdría, al Cuerpo de Seguridad y Asalto, la concesión del derecho al uso de la Bandera Nacional, así como en todos los frentes durante la guerra civil distribuidos en los dos bandos contendientes. 

La Policía Armada

Concluida la guerra civil en abril de 1939 se inicia la reconstrucción de España. Una de las medidas adoptadas por el nuevo Régimen es la promulgación de la Ley de 8 de marzo de 1941 por la que se reorganiza la Policía Gubernativa, creando la Policía Armada y de Tráfico que recoge el historial del Cuerpo Seguridad y Asalto, asumiendo sus funciones junto con las del también desaparecido Cuerpo de Vigilantes de Caminos.

La estructura orgánica del nuevo Cuerpo sufre ciertas modificaciones, quedando articulado en Banderas Móviles y Banderas de Guarnición; el mantenimiento del orden público se la asigna a las primeras, mientras que las segundas asumen los servicios de plaza.

En esta primera época, se crean un total de veintiuna Banderas Móviles, desplegadas de la siguiente forma: Madrid (1ª, 2ª y 3ª); Badajoz (4ª); Sevilla (5º y 6ª); Cádiz (7ª); Málaga (8ª); Murcia (9ª); Valencia (10ª y 11ª); Barcelona (12ª, 13ª y 14ª); Zaragoza (15ª); San Sebastián (16ª); Bilbao (17ª), Santander (18ª); Valladolid (19ª); Oviedo (20ª) y La Coruña (21ª).

Cada una de estas Banderas se articula en tres Compañías de fusiles y una de ametralladoras, a las que se dota de ametralladoras, fusiles ametralladores y un pelotón de morteros de 50 mm., al igual que sucedía con las Compañías de Especialidades del Cuerpo de Seguridad y Asalto.

Durante una buena parte de los años de gobierno del General Franco, las Compañías Móviles, trabajaron denodadamente, la mayoría de las veces en condiciones muy penosas, para mantener el orden público y garantizar la observancia de las normas legales que regían el Estado; desde la lucha feroz contra el maquis hasta los primeros años de aparición de los grupos terroristas, los hombres de estas Unidades trabajaron, incansables, para garantizar la seguridad de todos los españoles, pagando, en muchos casos, un alto precio por ello.

Consecuencia del deterioro del orden público en todo el territorio nacional en los últimos años del Gobierno del General Franco, se determina la creación de las Compañías Móviles Motorizadas de la Reserva General, encargándoles, entre otras, la misión del mantenimiento del orden público, así como la seguridad del Jefe del Estado en sus desplazamientos.

Uniforme de las C.R.G. de la Policía Armada (Museo Policial de La Coruña)

Una Orden de la Inspección General de 15 de diciembre de 1969 crea la 1ª Compañía de la Reserva General, fijando su base en Logroño.

A partir de esta fecha, se crean sucesivamente la 2ª en Valladolid (25/06/1970); 3ª León (15/01/1971); 4ª Zaragoza, en la misma fecha que la anterior; 5ª Murcia (05/05/1971); 6ª Mérida (25/03/1973); 7ª Córdoba (05/03/1973); 8ª Toledo (25/06/1973); 9ª La Coruña, misma fecha que la anterior; 10ª Tortosa, misma fecha que las anteriores; 11ª Miranda del Ebro (25/03/1973); 12ª Lérida (15/03/1974); 13ª Linares (05/07/1974) y 14ª Bilbao (25/06/1974).

Estas Compañías quedan estructuradas a pie de tres Secciones y una Plana Mayor de Compañía y sobre ellas ha pesado toda la llamada transición política a la democracia, demostrando, con su esfuerzo y sacrificio permanente, estar a la altura de lo que la Patria les exigió en cada instante, aun a costa de la vida de muchos de sus integrantes.

Como consecuencia de la Ley 6/1976 de 11 de marzo, se modifica la plantilla del Cuerpo de Policía Armada, autorizando un incremento de efectivos para su despliegue por todo el territorio nacional y que habrá de verificarse, en el número que cuantifica el texto legal, entre los años 1976-1979. 

Cuerpo de la Policía Nacional

La Ley 55/1978 de 4 de diciembre, dispone la creación del Cuerpo de la Policía Nacional que viene a asumir las funciones de la Policía Armada, heredando su historial. 

De acuerdo con el contenido de la Ley 6/1976 a la que se ha hecho referencia anteriormente, continúan creándose Compañías de Reserva General que ahora reciben el nombre de Unidades de Reserva General, formándose las siguientes:

15ª Madrid (15/03/1979); 16ª Pamplona (15/06/1979); 17ª Ciudad Real (05/01/1980) esta Compañía se traslada a Madrid; 18ª Barcelona (25/08/1980); 19ª Granada, misma fecha que la anterior; 20ª Valencia, misma fecha que las anteriores; 21ª Oviedo (05/03/1981) y 22ª Ciudad Real (25/11/1981).

Como órgano de mando y coordinación de estas Unidades se crea la Agrupación de Unidades de la Reserva General con sede en Madrid. 

También sobre estas Unidades de más tardía creación recayeron los problemas de orden público derivados de los primeros años de la vida democrática española, así como la etapa más sangrienta del terrorismo, sufriendo innumerables bajas en sus filas. 

Las Unidades de Intervención Policial

Con la entrada en vigor de la Ley 2/86, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos se crea el Cuerpo Nacional de Policía, heredero de los extinguidos de Policía Nacional y Superior de Policía; una vez organizado este nuevo Cuerpo, el Real Decreto 1668/89, de 29 de diciembre, crea las denominadas Unidades de Intervención Policial como órganos móviles de seguridad pública; el artículo primero del citado R.D. enumera las funciones generales de las Unidades de Intervención Policial: 
  • Colaboración en la protección de SS. MM. los Reyes de España y altas personalidades nacionales y extranjeras. 
  • Prevención, mantenimiento y restablecimiento, en su caso, de la seguridad ciudadana. 
  • Intervención en grandes concentraciones de masas, reuniones en lugares de tránsito público, manifestaciones y espectáculos públicos. 
  • Actuación y auxilio en caso de graves calamidades o catástrofes públicas. 
  • Actuación en situaciones de alerta policial declarada, bien por la comisión de delitos de carácter terrorista o de delincuencia común y establecimiento de controles y otros dispositivos policiales. 
  • Protección de lugares e instalaciones en los supuestos en que así se determine. 
  • Intervención en motines y situaciones de análoga peligrosidad. 
A lo largo de estos años se han creado las siguientes Unidades de Intervención Policial: JUIP; UCI y I UIP en Madrid; II UIP Barcelona; III UIP Valencia; IV UIP Sevilla; V UIP Granada-Málaga; VI UIP Vascongadas-Navarra; VII UIP Valladolid; VIII UIP La Coruña-Vigo; IX UIP Oviedo; X UIP Canarias y XI UIP Zaragoza; a cada una de estas Unidades se les asigna, de forma prioritaria, un ámbito regional de actuación.

U.I.P. (Dirección General de la Policía)

Desde la creación de las U.I.Ps., que han venido a sustituir a las Unidades de Reserva General de la Policía Nacional, han participado en cuantos acontecimientos de relieve han tenido como escenario España a lo largo de estos años.

Se puede considerar, por tanto, que las U.I.Ps. son herederas del historial de las otras Unidades ya descritas que, en otros momentos de la historia reciente de nuestra Patria, han asumido las competencias en materia de orden público que hoy corresponden a la Policía Nacional y en especial a sus Unidades de Intervención Policial. 

Bibliografía:

Historia y anecdotario de la Policía Española 1833-1931. Antonio Viqueira. Madrid.
Hemeroteca de ABC.
Hemeroteca de la Correspondencia Militar.
La Policía Uniformada en España. Evolución histórica. José Luis Camacho. Madrid.
Manual del Cuerpo de Seguridad. Madrid 1908.
Gaceta. Colección histórica del B.O.E.
B.O.E.
Web de la D.G.P.
El Cuerpo de Seguridad en el reinado de Alfonso XIII (1908-1931). Mismo autor.

José Eugenio Fernández Barallobre,
(artículo publicado en la Revista "Policía")

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