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martes, 26 de abril de 2016

Distintivo de la Secretaría de Estado de Seguridad

Tendrán derecho al uso de este distintivo los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y demás funcionarios destinados en la estructura y funciones de los órganos de la Secretaría de Estado de Seguridad, así como cualquier otro personal al servicio de los mismos.

El derecho al uso del distintivo de permanencia, se adquirirá cuando se haya estado destinado o prestando servicios durante dos años consecutivos.

Distintivo de la Secretaría de Estado de Seguridad

2 comentarios:

  1. Desconocía la existencia de este distintivo,por lo que leo deduzco que cualquier funcionario o laboral que preste servicio en dichos órganos(CNP,Guardia Civil,SGIP...)de esta Secretaria podría solicitarlo.¿Es así?
    Enhorabuena por la pagina,muy completa,un saludo desde las Afortunadas.

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  2. Desconocía la existencia de este distintivo,por lo que leo deduzco que cualquier funcionario o laboral que preste servicio en dichos órganos(CNP,Guardia Civil,SGIP...)de esta Secretaria podría solicitarlo.¿Es así?
    Enhorabuena por la pagina,muy completa,un saludo desde las Afortunadas.

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